JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE (ETAPAS DE UN JUICIO)
Enviado por fperea • 11 de Abril de 2016 • Tarea • 429 Palabras (2 Páginas) • 1.340 Visitas
Hola compañeros buenas tardes
Fui atendido por la Lic. Magdalena Gallardo (asesora junta local de conciliación y arbitraje todo se basa por el art. 527 LFT)
En primera instancia el trabajador debe presentarse ante la junta de conciliación y arbitraje, se acuerda una cita patrón-trabajador para ver si se puede llegar a un acuerdo, si no se llega a un acurdo se procede a presentar la demanda.
- Ante la Procuraduría General de la Defensa del Trabajador (ahí te brindan asesoría gratuita) se presenta la demanda formal, lo más común son los despidos injustificados. Cuando se presenta la demanda la junta de conciliación y arbitraje emite un auto de radicación o sea que se admite la demanda.
- Se requiere al trabajador (art. 873 LFT) para que subsane (en caso del que trabajador quiera cambiar algún párrafo o comentario de la demanda) alguna irregularidad del escrito.
- Señala una audiencia de Ley (día/mes/hora) esta se divide en dos etapas: Etapa 1: audiencia de conciliación (se puede llegar a un acuerdo). Etapa 2: de ofrecimiento y admisión de pruebas que por lo regular son: de confesión, testimonios, inspección ocular, documentos (se solicitan al IMSS, Infonavit, ISSSTE)
- Admisión de pruebas la junta de conciliación y arbitraje determina si admite o desecha ante la Ley las pruebas presentadas por el Patrón – Trabajador.
- Se señala fecha y hora para que tenga verificativo el desahogo de las pruebas admitidas una vez que se encuentran desahogadas las pruebas de cada una de las partes la junta da un término de dos días según reforma de Ley para presentar sus alegatos a tomar en cuenta, una vez que pasa el periodo de alegato una figura jurídica que se llama auxiliar de la junta de conciliación dicta un acuerdo que se llama cierre de instrucción (termina juicio)
- Culmina juicio y se dicta el laudo (resolución, decisión de la junta de conciliación y arbitraje).
- Procedimiento de ejecución del laudo, se requiere al patrón para pagar la condena del laudo, si no paga se procede al embargo de bienes y posteriormente al remate hasta juntar la suma de dinero que tenga que pagar al trabajador.
EXPERINCIA DE MI VISITA A LA JUNTA DE CONCILIACION.
Al llegar me atendió la Lic. Magdalena Gallardo muy amablemente me explico de una forma breve lo que procede en caso de juicio patrón-trabajador, me comento que lo más común son los juicios por despidos injustificados, por lo que en casi todos los casos los gana el trabajador, el tema es muy extenso por lo que solo me pudo atender una hora, le agradecí su tiempo por atenderme y me retire.
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