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Jurado Nacional De Elecciones


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2014  •  1.824 Palabras (8 Páginas)  •  334 Visitas

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Jurado Nacional de Elecciones

El Jurado Nacional de Elecciones es un organismo constitucional autónomo del Estado peruano. Tiene como finalidad fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. En consecuencia es el órgano encargado de proclamar los resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales correspondientes a las autoridades electas. Así mismo tiene como función el dictar resoluciones de carácter general, para reglamentar y normar las disposiciones electorales.

Finalmente, el Jurado revisa en grado de apelación las resoluciones expedidas en primera instancia por los Jurados Electorales Especiales y resuelve en definitiva las controversias sobre materia electoral. También decide en segunda y última instancia sobre los casos de vacancias declaradas por los Concejos Regionales y Municipales.

Es un órgano colegiado, cuyos cinco integrantes son elegidos por distintas entidades del Estado. El presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, y los restante cuatro magistrados son designados por la Junta de Fiscales Supremos, por votación universal de los Abogados de Lima, y por los Decanos de Facultades de Derecho uno de lasuniversidades públicas y otro de las privadas.

Dentro del Jurado Nacional de Elecciones se encuentra el Registro de Organizaciones Políticas, donde se mantienen inscritos lospartidos políticos vigentes. Su sede se encuentra en la ciudad de Lima.

El actual Presidente del Jurado Nacional de Elecciones es Francisco Távara, Vocal y Ex Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú.

Historia

Desde el nacimiento de la época republicana, no existió propiamente un verdadero órgano rector de las elecciones populares. Las normas de entonces señalaban la existencia de juntas o colegios electorales, inclusive se instituyó alguna vez un poder electoral, como órganos ejecutores de los procesos de elecciones. Pero, en la práctica, éstos fueron manejados principalmente por el Ejecutivo o el Legislativo.

No obstante, en esta etapa se dieron diversas normas electorales. Entre ellas, el Reglamento de Elecciones para el Congreso (1822), la Ley de Elecciones Municipales (1824), los Reglamentos de Elecciones de 1839 y 1849, la Ley de Elecciones de 1857 y 1861 y la Ley Orgánica de Elecciones (1892).

El siglo XX no trajo grandes cambios para los órganos electorales ni para el sistema de elecciones. El país afrontó varios procesos electorales con la misma tónica de antes, sin contar con un órgano electoral imparcial, independiente y autónomo, y con un electorado limitado únicamente al varón contribuyente al fisco.

Luego, se dictaron nuevas disposiciones como la Ley de Elecciones (1896), la cual, por primera vez, creó la Junta Electoral Nacional, organismo colegiado de 9 miembros, y las Juntas Electorales Departamentales, así como el Registro Electoral.

Otras leyes de esta etapa son la Ley N° 861 de Elecciones Políticas (1908), la Ley N° 1072 de Elecciones Municipales (1909), la Ley N° 1533 de Elecciones Políticas (1912) y la Ley Electoral (1912).Esta última norma determinó la directa participación de la Corte Suprema en la conducción de las elecciones, como las de 1913 y 1915.

En 1930, el comandante Luis Miguel Sánchez Cerro instauró una Junta de Gobierno Militar, en Lima. Pero los acontecimientos políticos de coyuntura hicieron que renunciara al cargo y posibilitara la instalación de una Junta Nacional de Gobierno presidida por David Samanez Ocampo y Sobrino, quien mediante Decreto Ley 7160, convocó a Elecciones Generales y creó el Jurado Nacional de Elecciones como máximo órgano rector de los procesos electorales, otorgándole una vida institucional autónoma, independiente y de naturaleza colegiada.

El primer Pleno del JNE, instalado el 22 de septiembre de 1931, estuvo presidido por el Dr. Ernesto Araujo Álvarez e integrado por los miembros Max González Olaechea, Leandro Pareja, Ricardo Rivadeneyra, Ernesto Flores, Humberto Garrido Lecca y Nicanor Hurtado. El primer Secretario General fue Eloy B. Espinoza.

La Constitución de 1993 fragmentó el Jurado en tres entes autónomos, separando de él al RENIEC y a la ONPE.

Hasta el año 2005, el JNE organizó, dirigió y fiscalizó treinta y uno (31) procesos electorales de carácter nacional, aparte de elecciones complementarias, consultas populares y revocatorias. Diecisiete (17) de ellos fueron elecciones políticas, que permitieron elegir doce (12) presidentes constitucionales y otros tantos congresos nacionales. Diez (10) fueron comicios municipales, dos elecciones para congreso constituyente, un referéndum y un proceso de elecciones para gobiernos regionales.

El JNE cuenta con el primer museo a nivel mundial de temas electorales denominado Museo Electoral y de la Democracia creado en el año 2005 durante la presidencia deEnrique Javier Mendoza Ramírez siendo su primer director Miguel Arturo Seminario Ojeda bajo la curaduría del museólogo Juan Augusto Fernández en su edificio principal ubicado en Lima.

Funciones

Actualmente el Jurado tiene las siguiente funciones:

• Fiscaliza la legalidad del ejercicio del sufragio, de los procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares, garantizando así el respeto a la voluntad ciudadana, lo que en su momento le permite certificar los resultados electorales y otorgar las credenciales correspondientes al Presidente de la República, congresistas y autoridades regionales y locales.

TITULO IV

DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO

CAPITULO XIII

DEL SISTEMA ELECTORAL

Artículo 176º

El sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa.

Tiene por funciones básicas el planeamiento, la organización y la ejecución de los procesos electorales o de referéndum u otras consultas populares; el mantenimiento y la custodia de un registro único de identificación de las personas; y el registro de los actos que modifican el estado civil.

Artículo 177º

El

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