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Poder Ejecutivo Nacional De Venezuela


Enviado por   •  24 de Junio de 2011  •  1.196 Palabras (5 Páginas)  •  2.174 Visitas

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Poder Ejecutivo Nacional (Venezuela).

La conformación del Poder Ejecutivo Nacional está sustentada en el artículo 225 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Este está representado por el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente o Vicepresidenta de la República, los Ministros o Ministras de Estado y el Procurador o Procuradora de la República. Todos los cargos anteriores, con excepción del procurador, son de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República.

Presidente de la República.

El presidente de la República es el Máximo órgano del poder Ejecutivo y cumple funciones de Jefe de Estado, Jefe de Gobierno, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, primer representante al exterior y jefe de la Administración Pública Nacional.

Es elegido a su cargo por un período de 6 años; aparte, puede ser reelecto de manera continua para periodos adicionales, en elecciones generales, universales, secretas y directas.

• Se requiere ser venezolano por nacimiento, sin otra nacionalidad.

• Ser mayor de 30 años

• Ser de estado seglar

• No haber sido condenado por un juzgado Venezolano.

• Obtener el determinado número de firmas exigidas por el Consejo Nacional Electoral.

Atribuciones

Son atribuciones del presidente de la República:

• Cumplir y hacer cumplir la legislación de Venezuela

• Nombrar y destituir el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, nombrar y destituir los Ministros o Ministras

• Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales

• Dirigir la Fuerza Armada Nacional en su carácter de Comandante en Jefe ejercer la suprema autoridad jerárquica de ella y fijar su contingente

• Declarar los estados de excepción y decretar la restricción de garantías en los casos previstos

• Administrar la Hacienda Pública Nacional

• Nombrar y destituir aquellos funcionarios o aquellas funcionarias cuya designación le atribuyen la legislación

• Convocar y presidir el Consejo de Defensa de la Nación las demás que le señalen la Constitución y la ley. (Artículo 236 C.R.B.V)

Faltas del Presidente

El Presidente deberá abandonar su cargo, si lleva a cabo algunas de las faltas absolutas o alguna falta temporal, por un período máximo del que estipula la ley.

Son faltas absolutas del presidente de la República:

• La muerte

• Su renuncia

• La destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia

• Incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional

• La revocatoria popular de su mandato (Referéndum Revocatorio)

El presidente de la República deberá rendir cuentas ante la Asamblea Nacional una vez al año, así como presentar los resultados de gestión y la contabilidad pública. (Artículo 233 C.R.B.V)

Vicepresidente de la República

Órgano de Estado, nombrado por el presidente del República. Entre sus funciones está la de colaborar con el mismo en actos de importancia para el país, asumir el cargo de presidente de la República en caso de así ser necesario y en casos previstos por la ley. Es además el órgano que preside el Consejo de Estado.

El Cargo de Vicepresidente de la República es de libre nombramiento y remoción por parte del Presidente de la República.

Ministros de Venezuela

Los Ministros o Ministras son órganos directos del Presidente o Presidenta de la República, y reunidos conjuntamente con este o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, integran el Consejo de Ministros.

El Presidente de la República podrá nombrar Ministros de Estado, los y las cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesoraran al Presidente de la República y al Vicepresidente Ejecutivo en los asuntos que les fueren asignados. Los ministros deberán rendir cuenta a la Asamblea Nacional de manera semestral.

Procuraduría General de la República

La Procuraduría General de la

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