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Enviado por yalmaracoral • 8 de Junio de 2015 • 482 Palabras (2 Páginas) • 164 Visitas
De lo anteriormente planteado y como es sabido por todos en la legislación actual no se contempla el contrato a prueba, pero en la realidad dichos contratos son muy socorridos y utilizados por el patrón y por lo tanto son objeto de abuso para los trabajadores.
Desarrollo
A partir de La Reforma a la Ley Federal del Trabajo, el artículo 35 señala que las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado pueden estar sujetas a prueba o a capacitación inicial. Asimismo, mantiene el principio de que a falta de estipulación expresa del tipo de relación de trabajo, ésta se entenderá por tiempo indeterminado.
La legislación establece que las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de 180 días, puede establecerse un periodo a prueba, el cual no puede exceder de 30 días. La finalidad es verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo encomendado.
El periodo de prueba puede extenderse hasta 180 días, cuando se trate de trabajadores para puestos directivos, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa, establecimiento de carácter general o para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas.
Si al término del periodo de prueba el trabajador no acredita los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar sus labores, a juicio del patrón, de la opinión de la comisión Mixta de Productividad, capacitación y Adiestramiento, así como por la naturaleza de la categoría o puesto, se dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón.
Concluido el contrato a prueba y subsistiendo la relación de trabajo, ésta se considerará por tiempo indeterminado. Se entiende que concluido el contrato a prueba y no habiendo observaciones del empleador sobre el trabajo realizado, el contrato se convierte inmediatamente en un contrato por tiempo indeterminado.
Características del contrato a prueba:
1. Duración de 30 días o de hasta 180 días. Su continuidad lo convierte en un contrato por tiempo indeterminado.
2. El trabajador tiene garantizadas sus condiciones generales de trabajo y de seguridad social.
3. Se debe hacer por escrito para garantizar la seguridad social del trabajador y sus prestaciones laborales. De no hacerse así, se entiende que la relación de trabajo es por tiempo indeterminado.
4. Es improrrogable.
5. Dentro de una misma empresa o establecimiento, no puede aplicarse al mismo trabajador en forma simultánea o sucesiva periodos de prueba o de capacitación inicial, ni en más de una ocasión, ni tratándose de puestos de trabajo distintos, o de ascensos, aun cuando concluida la relación de trabajo surja otra con el mismo patrón, a efecto de garantizar los derechos de la seguridad social del trabajador.
6. El empleador y la opinión
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