La seguridad social
Enviado por mha2479 • 30 de Agosto de 2012 • Monografía • 3.357 Palabras (14 Páginas) • 346 Visitas
Introducción
La Seguridad Social es un Derecho Humano fundamental de la persona, que supone la asistencia a todos(as) para que tengan instituciones y mecanismos, brindados por la sociedad, para cubrir al hombre y a la mujer, obligatoriamente, contra todos los riesgos en su vida diaria y en el trabajo, de forma inmediata y esencial.
Este derecho humano, ha sido reconocido a través de la Historia por diversos estudios, Organizaciones Internacionales, y por la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, pobreza, vejez, discapacidades, vivienda, desempleo, familias con niños, familias numerosas, familias en situación de riesgo, y otras.
La Seguridad Social se define como la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.
I
FONDOS Y GASTOS DE LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA
(Título I, Capítulo VIII, Artículos del 103 al 104)
Los gastos que demande la administración de los riesgos a cargo de la Caja de Seguro Social serán cubiertos por los siguientes ingresos:
1. El impuesto selectivo al consumo de bebidas gaseosas, alcohólicas y cigarrillos a que se refiere la Ley No.45 de 1995, modificada por la Ley No.6 de 2005.
2. El aporte del Estado, equivalente a ocho décimos de un uno por ciento (0.8%) de los sueldos y bases de cotizaciones de los asegurados obligatorios, de los sueldos básicos e ingresos de los asegurados en el régimen de seguro voluntario y de lo pagado a jubilados del Estado, sobre los cuales la Caja de Seguro Social recibe cuotas.
3. Las sumas percibidas por las tasas cobradas por la entidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de esta Ley.
4. Los ingresos producto de los acuerdos de compensación de costos, en el caso en el que los hubiera.
5. Las multas y los recargos que se cobren de conformidad con la presente Ley, con excepción de aquellas expresamente destinadas al Fondo de invalidez, vejez y muerte.
6. Las herencias, legados y donaciones que se hicieren a la Institución, que hayan sido concedidos específicamente para estos fines o las que reciba sin fin específico.
Los excedentes de los ingresos que se produzcan sobre los gastos de la administración constituirán una reserva de fluctuación e imprevistos que se utilizará para completar los mencionados ingresos, en los años en que los gastos excedan a los ingresos.
Sin embargo, en ningún caso podrá utilizarse el costo de los riesgos que cubre la Caja de Seguro Social, en gastos relacionados propiamente con la gestión administrativa de la institución.
II
INVERSIONES
(Título I, Capítulo IX, Artículos del 105 al 113)
Todas las reservas de la Caja de Seguro Social deberán ser orientadas a inversiones de carácter productivo y propenderán al desarrollo nacional sostenible, a proponer el empleo, así como a una mejor distribución de los ingresos, de manera que en condiciones similares de seguridad, liquidez y retorno se preferirán aquellas inversiones que mejor contribuyan al bienestar económico y social del país.
Su objetivo será coadyuvar a la sostenibilidad de los compromisos de largo plazo de los ingresos que administra la institución, con parámetros razonables del rendimiento y la liquidez a los menores niveles de riesgo posible, bajo el principio del buen padre de familia hacia los cotizantes, y de transparencia, de conformidad con la política de inversiones que establezca la Junta Directiva.
Para lograr estos objetivos, la cartera de inversiones de la institución se estructurará y mantendrá observando principios modernos de administración de cartera y diversificación de riesgos que incluyan, al menos, límites al monto de las inversiones en relación a la cartera total, a las categorías de activos, al emisor o grupo económico y al monto invertido en una sola emisión o instrumento, siguiendo en su orden de prioridad la seguridad, la liquidez, la solvencia y el mejor rendimiento posible.
Igualmente para el cumplimiento de estos fines, la Caja de Seguro Social, dispone de una unidad administrativa de nivel técnico, especializada en inversiones, que asesora en esa materia. Todo el personal técnico de dicha unidad debe constar con idoneidad profesional y estarán bajo la responsabilidad de la Dirección General.
También puede, un veinticinco por ciento (25%) del valor de las reservas de la Caja de Seguro Social, ser destinada, a inversiones públicas garantizadas por el Estado, a través de la adquisición de instrumentos financieros para la promoción del desarrollo sostenible de las actividades económicas del país, canalizadas y administradas a través de instituciones bancarias, fiduciarias o cooperativas autorizadas por la Superintendencia de Bancos. No obstante, no invertirá en ningún caso más del veinte por ciento (20%) del costo total del proyecto ofrecido.
Así mismo podrá canalizar las reservas destinadas a inversiones para la promoción del desarrollo del país, a través de la banca debidamente autorizada por la Superintendencia de Bancos, fijando criterios de elegibilidad para que los bancos de la plaza puedan servir como intermediarios en la gestión de otorgar, bajo su propio riesgo, los créditos para financiar estas inversiones, siempre que se trate de emisiones o instrumentos que cuenten con grado de inversión, según lo haya determinado una entidad calificadora de riesgo internacionalmente reconocida y autorizada para operar en la República de Panamá por la Comisión Nacional de Valores de Panamá. En ningún caso, las inversiones serán mayores del quince por ciento (15%) de la reserva total de la Caja de Seguro Social y no más del cinco por ciento (5%) del endeudamiento de una sola institución o grupo bancario.
Los fondos de la Caja de Seguro Social, además, podrán invertirse en lo siguiente:
1. En bienes muebles o inmuebles para sus propios servicios, que deberán ser financiados con los recursos del fondo a cuyo uso van dirigidos.
2. En depósitos a plazo en bancos estatales, a tasas de interés no menores a las que rijan en el mercado financiero local.
3. En depósitos
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