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Legalización del aborto en Colombia en cuatro supuestos


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2013  •  Tutorial  •  3.923 Palabras (16 Páginas)  •  461 Visitas

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ABORTO EN COLOMBIA

BUITRAGO RINCÓN ANDREA JULIANA

RODRÍGUEZ PÉREZ HENRY ANDRÉS

SÁNCHEZ JÁCOME BRIYITH YURANI

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUILLERMO LEÓN VALENCIA

INFORMATICA

AGUACHICA, CESAR

2013

ABORTO EN COLOMBIA

BUITRAGO RINCÓN ANDREA JULIANA COD.

RODRÍGUEZ PÉREZ HENRY ANDRÉS COD.

SÁNCHEZ JÁCOME BRIYITH YURANI COD.

PRESENTADO A: STIBENSON BAQUERO

INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA GUILLERMO LEÓN VALENCIA

INFORMATICA

AGUACHICA, CESAR

2013

CONTENIDO

¿Qué es el aborto? 4

Legalización del aborto en Colombia en cuatro supuestos 4

Aborto en caso de Violación 5

Aborto cuando existe peligro para la salud física de la madre 5

Aborto cuando existe peligro para la salud mental de la madre 5

Aborto por malformaciones o problemas graves de salud del feto 5

Aborto espontaneo 6

Aborto inducido 6

¿Por qué se llega al aborto? 3

Consecuencias de un aborto inducido 3

Daño psicológico 3

El hombre y el aborto 3

Como prevenir un aborto 3

Métodos de control de la natividad 6

¿Qué es el Aborto?

La Medicina entiende por aborto toda expulsión del feto, natural o provocada, en el período no viable de su vida intrauterino, es decir, cuando no tiene ninguna posibilidad de sobrevivir. Si esa expulsión del feto se realiza en período viable pero antes del término del embarazo, se denomina parto prematuro, tanto si el feto sobrevive como si muere.

En el lenguaje corriente, aborto es la muerte del feto por su expulsión, natural o provocada, en cualquier momento de su vida intrauterino.

Legalización del aborto en Colombia en cuatro supuestos

El 17 de diciembre 2012 se cambio el ley de aborto en Colombia: ahora se puede abortar también por causas de salud mental de la mujer, es decir por todos causas que son un peligro por la salud mental de la mujer. Antes, el aborto no estaba permitido en ninguna situación o supuesto hasta la Sentencia de la Corte Constitucional C-355 de 10 de mayo del 2006, a raíz del caso de Martha Sulay González, cuando se legalizó en tres situaciones específicos o supuestos tasados.

La pena para la práctica del aborto en los supuestos no aprobados es de 1 a 3 años de prisión para la mujer y para el médico u otra persona que lo realiza.

La actual ley del aborto permite su práctica, ya sea mediante aborto con medicamentos o aborto quirúrgico, en cuatro casos específicos: malformación del feto, embarazo producto de una violación, o cuando peligra la vida o la salud mental de la madre.

Aborto en caso de Violación

Se ha considerado que la violación como causa de la concepción es susceptible de provocar graves perjuicios psicológicos para la mujer, por lo que el ordenamiento jurídico contempla este caso como uno de los supuestos casos en los que se legitima a la embarazada para interrumpir la gestación.

Aborto cuando existe peligro para la salud física de la madre

Los embarazos con alto riesgo de perjuicio para la salud física de la madre constituyen otro de los supuestos para los que es lícito producir un aborto, ya que se considera que prima la vida de la mujer sobre el derecho del nasciturus.

Aborto cuando existe peligro para la salud mental de la madre

Se ha considerado que la salud mental de la mujer también es valiosa, y que en estos casos se legitima a la embarazada para interrumpir la gestación.

Aborto por graves malformaciones o problemas graves de salud del feto

Las enfermedades genéticas y/o adquiridas del feto, detectadas durante la gestación, legitiman el tercer caso de interrupción legal del embarazo. A diferencia de las dos anteriores, en esta situación se valora la dignidad y/o sufrimiento del futuro bebé.

Tipos de aborto

El aborto puede ser espontaneo o inducido. Los fetos expulsados con menos de 0.5 Kg de peso o 20 semanas de gestación se consideran abortos.

Aborto espontaneo

Se calcula que el 25% de los embarazos humanos finalizan en aborto espontáneo, y tres cuartas partes de los abortos suceden en los tres primeros meses de embarazo.

Las causas del aborto espontaneo no se conocen con exactitud. En la mitad de los casos, hay alteraciones en el desarrollo del embrión o del tejido placentario, que puede ser consecuencia de trastornos de las propias células germinales. También pueden ser consecuencias de alteramientos en el entorno materno. Algunas mujeres que han tenido abortos repetidos padecen alteraciones hormonales. Otros abortos espontáneos pueden ser consecuencia de situaciones maternas anormales, como enfermedades infecciosas agudas, enfermedades sistémicas como nefritis o sífilis, diabetes o traumatismos graves. Las malformaciones y los tumores uterinos también pueden ser causa; la ansiedad extrema y otras alteraciones psíquicas pueden contribuir a la expulsión prematura del feto.

El síntoma más común frente a una amenaza de aborto es el sangrado vaginal. El tratamiento para estas situaciones consiste en llevar a cabo reposo, en mujeres con varios abortos el tratamiento puede ser reposo durante todo el embarazo, tratamientos con vitaminas y hormonas o en ocasiones debe corregirse quirúrgicamente.

En un aborto espontáneo, el contenido del útero puede ser expulsado del todo o en partes; sin embargo, en ocasiones, el embrión muerto puede permanecer semanas o mese dentro del útero.

Aborto inducido

El asesinato de un bebe no nacido se produce además de por medios de algunos métodos domésticos a través de los siguientes métodos:

• Por envenenamiento salino: se extrae líquido amniótico de la bolsa que protege al bebé. Se introduce una larga aguja a través del abdomen de la madre, hasta

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