Ley De Suelos Contaminados
Enviado por ivanshs • 14 de Mayo de 2015 • 973 Palabras (4 Páginas) • 368 Visitas
LEY DE SUELOS CONTAMINADOS
1. Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
2. a) Las emisiones a la atmósfera reguladas en la Ley 34/2007
b) Los suelos no contaminados excavados y otros materiales naturales excavados durante las actividades de construcción, cuando se tenga la certeza de que estos materiales se utilizarán con fines de construcción en su estado natural en el lugar u obra donde fueron extraídos.
c) Los residuos radiactivos.
d) Los explosivos desclasificados.
e) Las materias fecales, si no están contempladas en el apartado 2.b), paja y otro material natural, agrícola o silvícola, no peligroso, utilizado en explotaciones agrícolas y ganaderas, en la silvicultura o en la producción de energía a base de esta biomasa, mediante procedimientos o métodos que no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.
3. «Prevención»: conjunto de medidas adoptadas en la fase de concepción y diseño, de producción, de distribución y de consumo de una sustancia, material o producto, para reducir:
1.º La cantidad de residuo, incluso mediante la reutilización de los productos o el alargamiento de la vida útil de los productos.
2.º Los impactos adversos sobre el medio ambiente y la salud humana de los residuos generados, incluyendo el ahorro en el uso de materiales o energía.
3.º El contenido de sustancias nocivas en materiales y productos.
4. aquel cuyas características han sido alteradas negativamente por la presencia de componentes químicos de carácter peligroso procedentes de la actividad humana, en concentración tal que comporte un riesgo inaceptable para la salud humana o el medio ambiente, de acuerdo con los criterios y estándares que se determinen por el Gobierno, y así se haya declarado mediante resolución expresa.
5. a) Prevención;
b) Preparación para la reutilización;
c) Reciclado;
d) Otro tipo de valorización, incluida la valorización energética; y
e) Eliminación.
6. los costes relativos a la gestión de los residuos tendrán que correr a cargo del productor inicial de residuos, del poseedor actual o del anterior poseedor de residuos
7. a) La elaboración de los programas autonómicos de prevención de residuos y de los planes autonómicos de gestión de residuos
b) La autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos.
c) El registro de la información en materia de producción y gestión de residuos en su ámbito competencial.
d) El otorgamiento de la autorización del traslado de residuos desde o hacia países de la Unión Europea, regulados en el Reglamento (CE) n.º 1013/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, así como las de los traslados en el interior del territorio del Estado y la inspección y, en su caso, sanción derivada de los citados regímenes de traslados.
e) El ejercicio de la potestad de vigilancia e inspección, y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.
f) Cualquier otra competencia en materia de residuos no incluida en los apartados 1, 2, 3 y 5 de este artículo.
8. a) Impulsar la cooperación y colaboración
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