Leyes Sociales Y Derecho Natutal
Enviado por Maribel1967 • 4 de Septiembre de 2013 • 738 Palabras (3 Páginas) • 554 Visitas
Leyes sociales y el Derecho natural
Los seres humanos nos encontramos, en nuestra vida cotidiana, sujetos a dos tipos de leyes: las naturales y las sociales. A las primeras, en tanto somos seres biológicos; y a la segunda, en cuanto vivimos (convivimos) con nuestros semejantes en el medio social.
Las leyes sociales son mandatos a la conducta humana; o sea, expresan reglas de conducta, prescriben en comportamiento, señalan algo que debe realizarse, por ello es justo, útil o conveniente. Su contenido consiste en un deber ser, son de carácter normativo y comprenden los principales campos del obrar del ser humano, por lo cual existen normas jurídicas, normas morales, normas religiosas y normas de trato social. Estas leyes regulan acciones de carácter contingente (porque pueden ocurrir o no ocurrir, suceder o no suceder). Son esencialmente violables, ya que el supuesto de toda norma es la libertad de aquellos a quien se dirige.
Para comprender bien las leyes sociales, se debe tener muy clara las diferencias que existen entre éstas y las leyes naturales; por ello, se muestra el siguiente cuadro comparativo:
LEY SOCIAL
LEY NATURAL
Provoca un comportamiento
Explica las relaciones constantes entre fenómenos naturales
Es de orden practico
Tiene un fin teórico
Se refiere a lo que debe ser y lo que tiene relación con seres capaces de cumplirla
Se refiere a lo que es y no se dirige a nadie en particular
El supuesto filosófico es la libertad de los sujetos a quien obliga
Implica relaciones necesarias entre fenómenos
Establece la observancia de una conducta que puede llegar a realizarse
Enuncia relaciones constantes (procesos que se dan del mismo modo)
No se cumple de manera inevitable
Expresa relaciones que no deben faltar
Es valida en cuanto que exige un proceder intrínsecamente obligatorio
Es valida cuando es verdadera (cuando ocurren en la forma en que indican)
Su validez no esta condicionada a su efectividad, ya que ésta se puede dar o no.
Su validez está supeditada (sujeta) a lo empírico (a su comprobación)
En contraste al Derecho legislado, el Derecho natural es el ordenamiento que tiene su origen en la naturaleza humana y no en la voluntad del legislador, representativa de la voluntad social y plasmada en normas positivas. El Derecho natural es necesario, inmutable y objetivo: no depende de ninguna voluntad, se impone a los hombres por su propia naturaleza y perdura en el tiempo. Está por encima del Derecho positivo, ya que recoge el valor esencial de la persona humana, que debe estar en la base de cualquier sistema político o normativo que
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intente incorporar la idea de justicia. Las normas positivas encuentran en él un límite y un complemento,
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