Los criterios de la lógica formal
Enviado por oscar04 • 6 de Junio de 2015 • Informe • 833 Palabras (4 Páginas) • 526 Visitas
LÓGICA
TRABEJO EXTRA (RESUMEN) DE LOGICA UNIDAD 2
ESCUELA: CBTIS 134 PRIMER SEMERTRE
GRUPOS: C PARCIAL: 1
ESEPIALIDAD: PROGRAMACION
ALUMNO: OSCAR MORALES LUNDES
NUMERO DE LISTA: 31
DOCENTE: PSIC. AURORA OTERO BAILON
RESUMEN
LOGICA FORMAL
Como ya sabes la lógica formal es un sistema lógico (como la lógica aristotélica o la lógica simbólica) que se abstrae las formas de pensamiento de su contenido para establecer criterios abstractos. Analiza las leyes que rigen a las formas de pensamiento, tales como: conceptos, juicios y razonamientos.
CONCEPTO
Los conceptos son construcciones o imágenes mentales, por medio de las cuales comprendemos las experiencias que emergen de la interacción con nuestro entorno. Estas construcciones surgen por medio de la integración en clases o categorías, que agrupan nuestros nuevos conocimientos y nuestras nuevas experiencias con los conocimientos y experiencias almacenados en la memoria. Los conceptos clave son una serie de breves introducciones accesibles y atractivas a las ideas básicas y los temas encontrados en el estudio de la lógica. Ellos son resultado de la abstracción, no afirman y no niegan.
Los conceptos pueden ser: concretos, que son conocidos por sus características físicas. Abstracto que estos se definen mediante sus atributos y se entienden sobre la base de una definición.
JUICIO
El término juicio, que proviene del latín iudicium, tiene diversos usos. Se trata, por ejemplo, de la facultad del alma que permite distinguir entre el bien y el mal o entre lo verdadero y lo falso.
El juicio es, por otra parte, una opinión, un dictamen o un parecer. El juicio está formado por un sujeto (el concepto de objeto del juicio), un predicado (el concepto que se aplica al sujeto) y la cópula (lo que estable si lo pensado es propio o no del objeto del juicio). “El ser humano es soberbio” es un ejemplo de juicio, donde “ser humano” es el sujeto, “soberbio” predicado y “es” es la cópula.
OPOSICION DE LOS JUICIO
Las leyes de la oposición lógica son:
Leyes de la contrariedad No se debe confundir la contradicción con la contrariedad. En el primer caso una proposición solo niega lo que otra afirma, mientras que en la contrariedad una proposición niega lo que la otra afirma y, a su vez, afirma algo más. Dos proposiciones están en relación lógica de contrariedad cuando la verdad de la primera determina la falsedad de la segunda; pero la falsedad de la primera hace indeterminada a la segunda.
La ley de la contradicción: Dos proposiciones son contradictorias cuando se oponen de tal manera que si la primera es verdadera determina la
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