MATERNIDAD SUBROGADA
Enviado por cdotor01 • 25 de Octubre de 2013 • 408 Palabras (2 Páginas) • 304 Visitas
PRIMERO. Demanda de amparo. Por escrito presentado el seis de agosto de dos mil trece, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, y recibida por este órgano jurisdiccional el siete de agosto de dos mil trece; Juan Manuel Servín Solís, por propio derecho, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos siguientes:
“III. AUTORIDADES RESPONSABLES:
Señalo con carácter de ORDENADORAS a las siguientes:
1). C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO.
2). C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE VALLE DE BRAVO, ESTADO DE MÉXICO.
3). C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLE DE BRAVO EN EL ESTADO DE MÉXICO.
Señalo con carácter de EJECUTORA:
1). C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO.
2). C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE VALLE DE BRAVO, ESTADO DE MÉXICO.
3). C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLE DE BRAVO EN EL ESTADO DE MÉXICO.”
IV. ACTO RECLAMADO:
Se reclama del C. PROCURADOR GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, así como del C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO DE VALLE DE BRAVO EN EL ESTADO DE MÉXICO adscrito a la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, la violación a los numerales 1, 14, 16 y 23 Constitucionales con relación a los artículos 8, 24, 235 último párrafo, 300 y 302 fracción VI del Código de Procedimientos Penales del Estado de México, al solicitar el ILEGAL e INFUNDADO PEDIMENTO DE AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN SIN DETENIDO Y/O EN SU CASO SOLICITUD DE ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del Quejoso por el Hecho delictuoso de despojo, cometido en agravio de Guillermo Antonio Grimm González.
A su vez, se reclama del C. JUEZ DE CONTROL DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLE DE BRAVO, EN EL ESTADO DE MÉXICO la violación a los numerales 1, 14, 16 y 23 Constitucionales en relación a los artículos 8, 24, 235 último párrafo, 300 y 302 fracción VI del Código de Procedimientos Penales del Estado de México, al decretar la ILEGAL CITACIÓN A LA AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN notificada al hoy quejoso por parte del Juzgado de Control del Distrito Judicial de Chalco en el Estado de México, con el apercibimiento, que de no comparecer a la audiencia se ordenara mi aprehensión o comparecencia, según corresponda fijando la audiencia para el día 9 de Agosto de Dos Mil Trece a las Diez horas.”
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