MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA LEY 134 DE 1994
Enviado por ottocabetto • 20 de Marzo de 2013 • Tesis • 813 Palabras (4 Páginas) • 584 Visitas
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
LEY 134 DE 1994
La constitución política de Colombia establece los mecanismos de participación ciudadana ARTÍCULO 103. “Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará.”, que otorgan a los ciudadanos el derecho de
MECANISMOS DE PARTICIPACION CIUDADANA
LEY 134 DE 1994
La constitución política de Colombia establece los mecanismos de participación ciudadana ARTÍCULO 103. “Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará.”, que otorgan a los ciudadanos el derecho de participar en las decisiones que vayan en favor o en contra del ordenamiento político nacional. Estos mecanismos garantizan la autodeterminación democrática para controlar la gestión del estado.
El estado debe garantizar la participación democrática por que la soberanía nacional reside exclusivamente en el pueblo y ejerce esta soberanía directamente por medio de sus representantes.
EL VOTO POPULAR
Esta figura nos permite elegir a nuestros representantes por medio del sufragio de una manera individual o personal donde toma una decisión secreta, mediante un acto libre, voluntario sin coacciones ni sometido o forzado para votar. En este mecanismo el ciudadano esta ejerciendo su derecho a elegir y ser elegido; además esta cumpliendo con el deber ciudadano de participar en la institución política del país.
El derecho al voto lo tenemos todos los ciudadanos y nos sirve para mantener un buen sistema democrático, elegir los representantes ante las instituciones estatales y garantiza a los ciudadanos la participación en todas las decisiones que se realizan a nivel público.
EL PLEBISCITO
Es la función que tiene el presidente de convocar al pueblo para q se pronuncie sobre las políticas del ejecutivo que no requieren el visto bueno o la aprobación del congreso; excepto las relacionadas con los estados de excepción y el ejercicio de los poderes . El presidente de la republica debe informar al congreso en la fecha que decía convocar al plebiscito, esta petición no debe ser objetada por las dos cámaras y la corte constitucional para llevarlo a cabo y de ser así el pueblo decidirá, en plebiscito, por la mayoría del censo electoral .
REFERENDO
Este mecanismo de participación ciudadana es la convocatoria que se hace al pueblo para que ellos aprueben o rechacen un proyecto de norma o derogue una ya vigente según la materia que se realice puede ser (a) Aprobatorio;
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