Materia de rentas de trabajo
Enviado por polo30 • 10 de Diciembre de 2012 • Trabajo • 1.906 Palabras (8 Páginas) • 412 Visitas
INTRODUCCION
La retención en la fuente surgió como un mecanismo de recaudo sobre la renta para las inversiones extranjeras sin domicilio en el país, por conceptos de dividendos. El artículo 99 del decreto 1651 de 1961 autorizo al gobierno nacional para establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y complementarios, las cuales serian tenida en cuenta como anticipos. Después apareció la ley 38 de 1969 cuando se señalo un estatuto legal sobre la retención en la fuente, para los casos de salarios y dividendos se indico cuales eran los agentes retenedores y que pagos no se le practicaban estos mecanismos.
Se considera importante las retenciones en la fuente como mecanismo de recaudo anticipado del impuesto y en la mayoría de los casos como impuesto definitivo para las personas naturales.
A continuación desarrollaremos la normatividad y los fundamentación relativa a la forma de calcular la retención en la fuente para los ingresos derivados de una relación laboral, y aquellos derivados que son independientes.
Elementos esenciales de la retención en la fuente en
Materia de rentas de trabajo
Las retenciones en la fuente se fundamentan en los siguientes elementos:
Agente retenedor
Es la persona que realiza el pago o abono en cuenta y a quien la ley expresamente le ha otorgado tal calidad, y por consiguiente los pagos o abonos en cuenta que realice estarán sometidos a retención en la fuente a menos que por disposición legal se establezca lo contrario. Son agentes retenedores todas aquellas entidades o personas naturales o jurídicas que por sus funciones y objetivos sociales intervengan en actos en los cuales, por expresa disposición legal, es su deber efectuar la retención o percepción del tributo.
En el caso de los asalariados el agente retenedor es el empleador quien efectúa la retención, y en el caso de los profesionales independientes corresponde al contratante cumplir con dicha obligación.
Obligaciones de los agentes de retención
Las obligaciones del agente de retención consisten en practicar la retención, declarar las retenciones practicadas, consignar o pagar lo retenido y expedir certificados de las retenciones efectuadas para que los sujetos pasivos puedan efectuar el descuento de las retenciones practicadas de su impuesto determinado en las declaraciones de renta y complementarios. Para los no obligados a declarar el certificado constituye la prueba del pago del impuesto de renta y complementarios. Los agentes de retención deben expedir un certificado, el cual debe contener la siguiente información:
1. El formulario debidamente diligenciado.
2. Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
3. Apellidos y nombres del asalariado.
4. Cédula o NIT del asalariado.
5. Apellidos y nombre o razón social del agente retenedor.
6. Cédula o NIT del agente retenedor.
7. Dirección del agente retenedor.
8. Valor de los pagos o abonos efectuados a su favor o por cuenta del asalariado, concepto de los mismos y monto de las retenciones practicadas.
Base de retención.
La base de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta de que trata el presente decreto, está constituida por el valor total de los pagos o abonos en cuenta a cargo del agente retenedor, efectuadas las disminuciones autorizadas en los términos de la ley y los reglamentos, esto es el valor total del aporte que el trabajador independiente deba efectuar al sistema general de seguridad social en salud, los aportes obligatorios y voluntarios a los fondos de pensiones, y las sumas que destine el trabajador al ahorro a largo plazo en las cuentas denominadas "Ahorro para el Fomento a la Construcción AFC".
APLICACION DE RETENCION EN LA FUENTE ASALARIADOS
Existen dos procedimientos para la Retención en la fuente por concepto de salarios.
Procedimiento número 1:
Se suma el total pagos laborales del mes
• En dinero o en especie
• Sean o no factor salarial, vacaciones
• Viáticos permanentes
• Directos o indirectos
(-) Cesantías, intereses sobre cesantías y prima mínima legal de servicios
(-) Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional
• Aportes pensiónales obligatorios
• Aportes voluntarios hasta el límite legal
• Ingresos que no incrementen el patrimonio del trabajador: reembolso gastos, pagos alimentación salud y educación que cumplan los requisitos.
(-) Rentas Exentas
• Indemnización .por accidente de trabajo o enfermedad o que impliquen protección a la maternidad
• Gastos de entierro del trabajador
• Gastos de represen funcionarios oficiales
• Exención para miembros fuerzas armadas
(-) 25% (Rentas de trabajo exentas)
(-) Descuento proporcional por pagos por vivienda, salud y educación
(=) Base de retención
Procedimiento número 2:
(A)
Se suma el total pagos laborales del mes
• En dinero o en especie
• Sean o no factor salarial, vacaciones
• Viáticos permanentes
• Directos o indirectos
(-) Cesantías e intereses sobre cesantías
(-) Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional
• Aportes pensiónales obligatorios
• Aportes voluntarios hasta el límite legal
• Ingresos que no incrementen el patrimonio del trabajador: reembolso gastos, pagos alimentación salud y educación que cumplan los requisitos.
(-) Rentas Exentas
• Indemnización .por accidente de trabajo o enfermedad o que impliquen protección a la maternidad
• Gastos de entierro del trabajador
• Gastos de represen funcionarios oficiales
• Exención para miembros fuerzas armadas
(-) 25% (Rentas de trabajo exentas)
(-) Descuento proporcional por pagos por vivienda, salud y educación
(=) Este resultado se divide por 13 o el número de meses que corresponda.
(=) Ingreso mensual promedio (Base para determinar porcentaje fijo de retención).
Hasta aquí se determina el porcentaje fijo que se aplicara en los seis meses siguientes a la fecha del cálculo.
Luego, mensualmente, se sigue el mismo procedimiento que en el procedimiento 1 para determinar la base de retención, a la cual se le aplicara el porcentaje fijo determinado en el procedimiento anterior, puesto que una cosa es determinar el porcentaje fijo, y otra determinar la base
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