Merceología
Enviado por dianahruiz • 13 de Noviembre de 2014 • 5.589 Palabras (23 Páginas) • 273 Visitas
Catálogo de clasificación de mercancías de origen animal, vegetal y mineral
Merceología
Profesor:
Eduardo Coronado de los Reyes
Alumna:
Diana L. Ruiz Moreno
Grupo:
OCI 4-2
Fecha:
07/ Noviembre / 2014
San Luis Rio Colorado, Sonora
ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO AMIMAL
JAMON DE PUERCO (EN REBANADAS)
Sección: I animales vivos y productos del reino animal
Capitulo: 16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o de más invertebrados acuáticos
Partida: 1602 Las de más preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre
Sub partida: 1602.41 Jamones y trozos de jamón
Fracción: 1602.41.01 Jamones y trozos de jamón
Impuesto: Imp.: 20% / Expo.: Ex.
Unidad de medida: Kg
Justificación
Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección IV “Productos de la industria alimentarias, bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre, tabaco y sucedáneos del tabaco elaborado” y el capítulo 16 “Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o de más invertebrados acuáticos” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 1602 “Las de más preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta sub partida 1602.41 “Jamones y trozos de jamón” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada sub partida la fracción arancelaria aplicable 1602.41.01 “Jamones y trozos de jamón”.
CONEJO DOMESTICO
Sección: I animales vivos y productos del reino animal
Capitulo: 01 animales vivos
Partida: 0106 Los demás animales vivos
Sub partida: 0106.14 Conejos y liebres
Fracción: 0106.13.01 Conejos y liebres
Impuesto: Imp.: 20% / Expo.: Ex.
Unidad de medida: Cabeza
Justificación
Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección I “Animales vivos y productos del reino animal” y el capítulo 01 “Animales vivos” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 0106 “Los demás animales vivos” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de esta sub partida 0106.14 “Conejos y liebres” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada sub partida la fracción arancelaria aplicable 0106.13.01 “Conejos y liebres”.
Huevos o blanquillos de ave
Sección: I Animales vivos y productos del reino animal.
Capitulo: 04 Leche y productos lácteos, huevos de ave; miel natural; productos comestibles del reino animal; no expresado ni comprendidos en otra parte.
Partida: 0407 Huevos de ave con cascara (cascaron) frescos, conservados o cocidos.
Sub partida 1er nivel: 0407.20 Los demás huevos frescos.
Sub partida 2do nivel: 0407.21 De aves de la especie gallus domesticus.
Fracción: 0407.21.01 Para consumo humano.
Impuesto: Imp.: 45% / Expo.: Ex.
Unidad de medida: Kilo
Justificación
Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección I “Animales vivos y productos del reino animal” y el capítulo 04 “Leche y productos lácteos, huevos de ave; miel natural; productos comestibles del reino animal; no expresado ni comprendidos en otra parte.” solo tienen un valor indicativo lo que determina la clasificación arancelaria son los textos de las partidas como en el caso de la partida 0407 “Huevos de ave con cascara (cascaron) frescos, conservados o cocidos” y las notas legales que en este caso no hacen ninguna referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla general No. 6 la clasificación de la mercancía en la sub partida de una misma partida está determinada legalmente por sub partida 0407.21 “De aves de la especie gallus domesticus” y las notas explicativas que en este caso no hacen referencia a dicho producto.
Por aplicación de la regla complementaria 1ra las reglas generales para la interpretación de la tarifa de la LIGIE son igualmente válidas para establecer dentro de cada sub partida la fracción arancelaria aplicable 0407.21.01 “Para consumo humano”.
GALON DE LECHE
Sección: I Animales vivos y productos del reino animal
Capitulo: 04 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
Partida: 0401 Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante
Sub partida: 0401.10 Con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso.
Fracción: 0401.10.01 En envases herméticos
Impuesto: Imp.: 10% / Expo.: Ex.
Unidad de medida: Litro
Justificación
Por aplicación de la regla general No.1 los títulos de la sección I “Animales vivos y productos del reino animal” y el capítulo 04 “Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural;
...