POLIZA DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE FRANCISCO AGUILAR SOTO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”
Enviado por Dalia Allende • 7 de Abril de 2017 • Documentos de Investigación • 2.205 Palabras (9 Páginas) • 366 Visitas
POLIZA DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE FRANCISCO AGUILAR SOTO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR”, Y POR LA OTRA IMBOLIARIA MARIV S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL PRESTATARIO.”, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
I.- DECLARA “EL PRESTADOR”, POR SU PROPIO DERECHO QUE:
A).- Que es una persona física con actividad empresarial.
B).- Que está registrada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que su clave del Registro Federal de Contribuyentes es AUSF530524M55
C).- Que señala como domicilio para los efectos legales de esta póliza está ubicada en Av. Cantera 253, Ed. 6 Depto. 11, Colonia Santa Úrsula Xitla, Delegación Tlalpan, C.P. 14420, Ciudad de México.
D).- Que cuenta con la infraestructura y con los recursos humanos especializados, propios y suficientes para realizar lo establecido en la presente póliza, así como experiencia y capacidad para cumplir con el mismo.
E).- Que conforme a la legislación relativa cuenta con los permisos, licencias y autorizaciones requeridas para llevar a cabo el objeto del presente contrato.
II.- DECLARA “EL PRESTATARIO” POR CONDUCTO DE INMOBILIARIA MARIV S.A. DE C.V.
A).- Que es una sociedad mercantil legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana.
B).- Que está registrada ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y que su clave del Registro Federal de Contribuyentes es
C).- Que señala como domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en Álamo No. 101 Col. Valle de los Pinos, C.P. 54054, Tlalnepantla, Estado de México, México. Expuesto lo anterior, las partes otorgan las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- “EL PRESTADOR” se obliga a proporcionar con sus propios recursos y personal a “EL PRESTATARIO” una limpieza cada tres meses a su trampa de grasa, por lo tanto se realizara el servicio 4 veces por año en la siguiente dirección:
Álamo No. 101 Col. Valle de los Pinos, C.P. 54054, Tlalnepantla, Estado de México, México.
El servicio de la empresa prestadora comprende:
Instalar un servicio de tratamiento biológico que procesará las grasas y las degradaría en agua y CO2 como residuos de desecho.
Dicho tratamiento se realizara con el siguiente procedimiento:
- Manual:
Personal designada por INMOBILIARIA MARIV aplicar desde las tarjas 500 ml de solución (Blaster 300), al final de la jornada de trabajo.
La resolución se mezclara con 20 litros de agua y se vaciara su contenido. Esta aplicación se realizara diariamente, mes con mes.
- Automático:
Se instalara un dosificador que realiza la aplicación automáticamente del producto, que degrada las grasas.
“El PRESTADOR” se obliga a realizar una limpieza de los sólidos orgánicos (restos de comida) que puedan interferir con el buen funcionamiento de la trampa 1 vez al mes.
“EL PRESTADOR” se obliga a entregar el producto necesario y suficiente para un mes de tratamiento cada mes.
“EL PRESTADOR” se obliga a entregar al prestatario mes con mes los siguientes documentos:
- Ficha técnica.
- Hoja de seguridad
- Bitácora
- Carta Responsiva
La bitácora es el seguimiento día a día de la aplicación del producto y se renueva cada mes.
SEGUNDA.- “EL PRESTATARIO.” se obliga a pagar al “PRESTADOR” por concepto de los servicios a que se refiere la presente póliza, la cantidad de $1,600.00 M.N. (Mil Seiscientos pesos 00/100 Moneda Nacional), más el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Cada pago deberá realizarse dentro de los 15 (quince) días naturales (del mes correspondiente) siguientes a la recepción de la factura por parte de “EL PRESTATARIO”.
“EL PRESTATARIO.” Se compromete a mantener en buen estado las trampas de grasas libre de objetos que los dañe y los obstruyan.
“EL PRESTATARIO” Se compromete a prestarle la mayor facilidad al personal prestadora del servicio para supervisión de la trampa de grasas.
“EL PRESTADOR” se obliga a entregar a “EL PRESTATARIO” en el domicilio señalado en este contrato la factura individual que cumpla con los requisitos fiscales vigentes, correspondiente a los servicios proporcionados en el mes anterior. El recibo de la factura por parte de “EL PRESTATARIO” presumirá que los servicios que se prestaron en los términos y condiciones previstos en el contrato, salvo que ésta haga notar por escrito y así lo comunique a “EL PRESTADOR” las fallas o irregularidades detectadas en el servicio en un plazo no mayor a 15 (quince) días naturales contados a partir de la recepción de la factura.
TERCERA.- Queda también expresamente convenido que cuando “EL PRESTADOR” del servicio utilice empleados o personal auxiliar en el ejercicio de sus actividades, atendiendo el trabajo que se le encomienda, dicho personal dependerá exclusivamente de él, sin que se establezca ningún vínculo laboral entre “EL PRESTATARIO” y el referido personal, estando a cargo de “EL PRESTADOR” toda la responsabilidad laboral proveniente de la utilización de los servicios del personal que le auxilia y que no sea puesto a su disposición por “EL PRESTATARIO” aun cuando dichos servicios se presten en las propias instalaciones de esta última.
...