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PROYECTO CREACIÓN Y FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL


Enviado por   •  27 de Agosto de 2014  •  Tesis  •  2.141 Palabras (9 Páginas)  •  417 Visitas

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FORMACIÓN DEL COPASO

LAVADO LIMPIO

PROYECTO CREACIÓN Y FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

PRACTICANTE: SERGIO MARIO CABRALES V. ASESOR: RICARDO ANTONIO OSORNO O.

LAVANDERÍA LAVADO LIMPIO

MEDELLIN, 2013

INTRODUCCIÓN

Buscando el bienestar tanto de empleados como de las instalaciones, la empresa Lavado Limpio tiene como objetivo crear, establecer y definir el comité paritario de salud laboral, con el fin de dar inicio al proceso de elaboración del Programa de Salud Laboral, el cual es requisito de cumplimiento para el Ministerio de la Protección Social.

El Comité Paritario de Salud Ocupacional constituye un medio importante parapromocionar la Salud Ocupacional en todos los niveles de la empresa, buscaracuerdos con las directivas y responsables del Programa de Salud Laboral en función del logrode metas y objetivos concretos, divulgar y sustentar prácticas saludables y motivar laadquisición de hábitos seguros.

La resolución 2013 de 1986 resuelve que todas las empresas e instituciones públicaso privadas que tengan a su servicio 10 o más trabajadores, están obligadas aconformar un Comité Paritario de Salud Laboral.

OBJETIVO GENERAL

Crear el Comité Paritario de Salud Ocupacional, guiado por las normativas existentes en Colombia.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Promover mediante proceso democrático la identificación de líderes al interior de la empresa, por parte del personal.

2. Introducir el concepto de Salud Ocupacional.

3. Elegir los integrantes mediante las indicaciones especificadas en la normatividad.

4. Capacitar a los integrantes del COPASO en :

Decreto 614 de 1984, resolución 02013 de 1986, resolución 01016 de 1989, decreto 1295 de 1994, ley 1562 de 2012, factores de riesgo, inspección de seguridad y matriz de peligros.

5. Capacitar al personal en Factores de riesgo, inspección de seguridad. matriz de peligros y uso del EPP.

DESCRIPCIÓN DE LA EMPRESA

Lavado Limpio es una empresa que cuenta con 15 personas, laborando 11 en planta y 4 en el área administrativa.

El COPASO debe estar conformado por igual número de representantes por parte dela administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores.

Según la norma, por la cantidad de personas que laboran en la empresa se deben elegir cuatro (4) personas, dos (2) por la empresa, principal y suplente, y dos por los trabajadores, principal y suplente.Los dos seleccionados del área administrativa serán elegidos por el Gerente de la Empresa, los cuales deben asistir a todas las reuniones programadas por el Copaso; además él también elegirá al Presidente del Comité de entre los representantes de la empresa.

En el área operativa se llevará a cabo un proceso democrático (Campaña de Elección), en el cual mediante la elección por votos, se elegirá el titular por mayoría de votos, y el suplente al que quede en segundo lugar.

INSTRUCTIVO PARA LA FORMACIÓN DEL COPASO

A continuación se enumeran los aspectos a tener en cuenta para este proceso:

1. CIRCULAR DE CONVOCATORIA: Se publicará una circular, donde se dé información de qué es un Copaso, qué funciones tiene, quienes pueden participar, fecha de inscripción candidatos, fecha de cierre de inscripción candidatos, fecha de votación.

2. ACTA DONDE SE REGISTRAN LOS VOTANTES: En esta se deben llevar registros de las personas que se postularon como candidatos, la fecha de inscripción, la fecha límite de inscripción, el día y hora de votación, y los veedores del buen cumplimiento del proceso.

3. ACTA DE APERTURA DE LA VOTACIÓN: Se debe elaborar un acta dando apertura a la votación. Debe tenerse un listado del personal con número de cédula, nombres y apellidos y un espacio para la firma.

4. ACTA DE CIERRE DE LA VOTACIÓN: Se debe elaborar un acta dando el cierre de la votación.

5. ACTA DE ESCRUTINIO: Este será el documento en el cual se anotarán los votos según el orden, y se dará a conocer las personas elegidas, guardando los votos y las actas como evidencia del proceso realizado.

6. CIRCULAR INFORMANDO LOS RESULTADOS: Se elabora un acta informando a los trabajadores los resultados.

7. ACTA DE CONFORMACIÓN: Se invitará a reunión a los representantes por la empresa y a los elegidos por los trabajadores; se procederá a nombrar el secretario del Comité y ya con esta actividad, se procede a conformar el Comité:

Presidente:

Secretario:

Representantes por la empresa

Principal Suplente

Representantes por los trabajadores

Principal Suplente

8. CIRCULAR INFORMANDO LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ: Se debe elaborar un acta donde se dé información a los trabajadores sobre la conformación el Comité Paritario.

9. CONVOCAR A REUNIÖN PARA ELABORAR EL CRONOGRAMA DE REUNIONES Y EL PLAN DE TRABAJO: El Presidente convocará a una reunión, con el objetivo de elaborar el cronograma de trabajo, indicando reuniones y el plan de trabajo, incluyendo la capacitación.

10. ACTA DE ASISTENCIA: En ella se llevará registro de la asistencia a las distintas reuniones programadas por el comité, sea cumplimiento de fecha o por reunión extraordinaria por algún evento o suceso ocurrido. Basado en esto en cada reunión la programación será de la siguiente manera:

Fecha, hora, objetivo, actividades, conclusiones, recomendaciones y firma de todos los integrantes.

Lavado Limpio se encuentra afiliado a la ARL Colmena, la cual cuenta con un equipo de trabajo a disposición de la empresa en caso de asesorías y acompañamiento. Las personas a cargo de esto son Maria Eugenia Quijano

Paula Hoyos. La línea que tienen disponible para la atención directa es 2322000-20133.

El período de vigencia de los miembros del Comité es de 2 años, al cabo del cual podrán ser reelegidos. El COPASO se debe reunir por lo menos una vez al mes en la empresa y en horas de trabajo y mantener un archivo de las actas de reunión. Ya no debe ser registrado en el Ministerio de Protección Social, el cual puede verificar su legalidad por medio de visitas a las empresas, por lo que se debe llevar y almacenar las actas de reunión.

Vigencia

El Decreto 1295 de 1994, establece el período de vigencia de dos años, para los miembros del comité en el cual podrán ser reelegidos, aplicando aquellas obras en el cual se estime proyecciones inferiores a tiempos mencionados

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