Policía Y Poder De Policía
Enviado por diegoo27 • 10 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 666 Palabras (3 Páginas) • 352 Visitas
POLICÍA Y PODER DE POLICÍA
I. Policía y Estado
Las limitaciones a los derechos individuales, en razón del interés público, se denominan policía y poder de policía. Dentro de la función administrativa, se inserta una modalidad de obrar, de contenido prohibitivo y limitativo, llamada policía. Dentro de la función legislativa, se incorpora una modalidad reglamentaria de derechos, llamada poder de policía. Creemos que tanto la policía como el poder de policía se reducen en su régimen jurídico al previsto por el derecho público, para el actuar administrativo y legislativo del Estado. Tienen una especificidad de principios y formas jurídicas pero carecen de autonomía de medios y fines. Por ello, su estudio está vinculado a las "limitaciones a los derechos", y "límites a las limitaciones" y no a un pretendido sistema jurídico policial autónomo. Así los trataremos, con la salvedad de que cuando empleamos los vocablos policía y poder de policía lo hacemos como valor entendido de limitación jurídica simplemente, y con un uso de significación histórica, sociológica, política pero no jurídica en cuanto a un régimen jurídico especial.
1. Limitaciones administrativas y legislativas.
La afirmación de un derecho (como forma jurídica de la libertad) o de una libertad (como forma política de un derecho) importa, recíprocamente, la existencia de un deber, carga o limitación a ese derecho o a esa libertad.
La limitación jurídica de los derechos subjetivos de los administrados, es algo "propio" de la función administrativa. Es una resultante del régimen jurídico de la función administrativa, que la Constitución prevé en sus arts. 14 y 28. Las limitaciones administrativas exteriorizan la necesidad pública de "reglamentar", "regular", "ordenar", "limitar" e "imponer" otras conductas, por razones de bien común.
En el concepto se despejan los factores relacionales de la discutida noción de policía, "la libertad" por una parte, y "la reducción de su ejercicio" por la otra, con miras a la convivencia social.
Estas limitaciones afectan derechos individuales: la "libertad" y la "propiedad", principalmente. Así, el Código Civil, respecto de esta segunda, dispone en el art. 2611 que se regirán por el derecho administrativo las limitaciones a la propiedad privada en interés público.
Las limitaciones administrativas, con presupuesto legal, encajan dentro de la mecánica operativa del régimen jurídico de la Administración, sin necesidad de recurrir a otro poder, como el de policía, que no tiene cabida dentro de la tríada tradicional y dogmática que consagra la Constitución. Además, sus formas de exteriorización son las mismas
...