Principios constitucionales del juicio de amparo
Enviado por jacobocha • 16 de Mayo de 2014 • Trabajo • 2.023 Palabras (9 Páginas) • 415 Visitas
El juicio de amparo es un medio de control constitucional por el cual un órgano judicial federal, y de acuerdo a un procedimiento, resolverá una controversia que se suscite por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales; por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados; y por leyes o actos de las autoridades de éstos que invadan la esfera de la autoridad federal.
Burgoa: el amparo es una institución procesal que tiene por objeto proteger al gobernado contra cualquier acto de autoridad (lato sensu) que, en detrimento de sus derechos, viole la constitución.
Diccionario jurídico: es un proceso constitucional autónomo que se inicia por la acción que ejercita cualquier persona llamada agraviado o quejoso ante los tribunales de la Federación, contra toda ley o acto de autoridad (acto reclamado), en las hipótesis previstas en el artículo 103 constitucional, por considerar que es violatorio de sus garantías individuales, cuyo objeto es que se declare la inconstitucionalidad de dicho acto, invalidándose o nulificándose en relación con el agraviado, y restituyéndolo en el goce de sus garantías individuales, si es que efectivamente hubiesen sido violadas.
PRINCIPIOS QUE CONFORMAN EL JUICIO DE AMPARO
Son lineamientos o reglas que se encuentran contenidos en la constitución, así como en la ley de amparo, que rigen y sustentan al juicio de amparo. Los más conocidos son: instancia de parte agraviada, existencia de un agravio personal y directo, prosecución judicial, relatividad de las sentencias (fórmula Otero), de estricto derecho, de suplencia de la queja.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL JUICIO DE AMPARO
Los principios Constitucionales o fundamentales del amparo, representan reglas que dan forma al juicio de garantías, regulan aspectos de procedencia del amparo, competencia para conocer de el, forma de tramitarlo, reglas de resolución del mismo y efectos de la sentencia que en ese juicio se dictan.
Los principios fundamentales del amparo son los siguientes:
1. Principio de competencia de los Tribunales de la Federación para conocer del juicio de amparo.
2. Principio de procedencia del amparo contra actos de autoridad.
3. Principio de instancia agraviada.
4. Principio de la procedencia del amparo a favor de los gobernados.
5. Principio de la existencia de un agravio personal y directo.
6. Principio de definitividad.
7. Principio de Prosecución judicial.
8. Principio de estricto Derecho.
9. Principio de la relatividad de la sentencia de amparo.
Principio de la competencia de los tribunales de la federación para conocer del amparo
Los órganos de gobierno que conocen del amparo son los siguientes:
a) La Suprema Corte de Justicia en Tribunal Pleno y por medio de sus Salas, resolviendo el recurso de revisión, en amparo indirecto e incluso en amparo directo cuando dicho recurso procede y pudiendo ejercitar la facultad de atracción.
b) Los Tribunales Colegiados de Circuito tienen por competencia conocer del amparo indirecto en segunda instancia.
c) Los Tribunales Unitarios de Circuito conocen de amparo indirecto que se promueva contra actos de otros Tribunales Unitarios de Circuit.
d) Los Juzgados de Distrito cuya competencia es la de resolver el juicio de amparo indirecto en primera instancia.
e) Los Tribunales Superiores de Justicia en las entidades federativas, que conocen del amparo indirecto en materia penal contra actos de autoridad judicial.
Principio de la instancia de parte
Para que el juicio de amparo se inicie, se requiere que la persona afectada por ese acto, promueva la demanda respectiva ante el Tribunal competente, en el juicio de amparo es un sujeto que tiene la condición de gobernado.
Este principio se encuentra consagrado en el Art. 107 Frac. I de la Constitución.
El amparo debe ser iniciado con la interposición de un escrito llamado demanda de amparo, cuando el acto reclamado importa peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento judicial, deportación, destierro o la imposición de la tortura.
El principio de relatividad de los efectos de la sentencia de amparo, por virtud del cual la ejecutoria solo beneficia a quien fue parte en ese proceso.
Principio de prosecución judicial
Este principio exige que todos los juicios de amparo se substancien respetando las reglas que se encuentran en la Constitución (Art. 107) y en la Ley de Amparo (Art. 2°).
Por virtud de este principio los jueces federales están sujetos a tramitar el amparo atendiendo y respetando las disposiciones legales.
Principio de la existencia de un agravio personal y directo
Para que se acredite el amparo es necesario que el quejoso acredite que el acto reclamado existe, que ese acto lesiona su patrimonio y que esa lesión tiene relación inmediata con motivo del surgimiento del propio acto lo que implica la presencia del principio de la existencia de un agravio personal y directo.
Agravio personal es la lesión que resiente un gobernado en su patrimonio, promoviendo ese mismo sujeto por si mismo o por conducto de su representante o apoderado, la demanda de amparo.
Agravio directo es la afectación que resiente una persona en su esfera jurídica con motivo de la lesión que produce ese acto en su esfera de derechos.
Principio de definitividad (Art. 107 Frac. III, IV, V y 73 Frac. XIII y XV de la Ley de Amparo)
El principio de definitividad exige que previamente a la interposición de la demanda de amparo, se hayan agotado todos los recursos ordinarios o medios legales de defensa que tiendan a anular el acto reclamado.
Excepciones al principio de definitividad
El principio de definitividad no es absoluto ,la demanda de amparo puede promoverse sin necesidad de que previamente se agotan los recursos o medios legales de defensa.
a) Amparo contra leyes
b) El amparo contra ordenes verbales.
c) Amparo por falta de fundamentación legal.
d) Amparo por no preverse en una ley la suspensión del acto reclamado
e) Cuando para otorgar la suspensión en el recurso ordinario, se exigen mas requisitos que los previstos pos la ley de amparo
La ley de Amparo sostiene como requisitos para que prospere la suspensión y son:
1.- Sea solicitada por el quejoso.
2.- No se afecte el interés social.
3.- No se contravengan disposiciones de orden publico.
4.- Que de consumarse el acto sea de difícil reparación al quejoso en el goce de la garantía violada.
f) Por existir pluralidad de recursos
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