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Principios fundamentales del ordenamiento jurídico Penal


Enviado por   •  25 de Junio de 2017  •  Reseña  •  1.098 Palabras (5 Páginas)  •  263 Visitas

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Unidad I Principios fundamentales del ordenamiento jurídico Penal:

1.-Ordenamiento jurídico Penal: Es la rama del derecho público que se refiere al delito y a las consecuencias que acarrea.

Características:

-Publico: porque el  estado es el titular exclusivo del derecho penal, ya que solo él puede e describir los delitos, establecer las sanciones y aplicárselas a los delincuentes.

-Valorativo: Porque realiza una labor de evaluación de las acciones humanas porque señala el valor de los actos que se realizan en la vida real.

-Garantizador: Trata de asegurar en lo posible, la integridad de los bienes jurídicos Fundamentales, tanto individuales como sociales.

-Normativo: Porque el fenómeno del delito puede estudiarse desde diferentes puntos de vista.

-Cultural: Porque es una ciencia del deber ser.

-Sancionador: pues establece la consecuencia de un acto delictivo.

2.-Derecho penal y control social: Se dice que el derecho penal es una herramienta del control social ya que hace que actuemos dentro de unos parámetros que son las normas, logra su cometido mediante el procedimiento de intimidación, con penas como consecuencia de la realización de ciertos hechos intolerables que son los delitos.

3.-Función del derecho penal: Su función es la sanción y la prevención general del delito.

4.-Ciencia del derecho penal: Es la disciplina científica que tiene como objeto de estudio el análisis y la sistematización del conjunto de normas que configuran el ordenamiento jurídico.

5.-Derecho Penal Venezolano: El rasgo más distintivo del derecho penal venezolano son los principios por los cuales se rige

a) Principio de legalidad: No hay delito, no hay pena, sin una ley que lo contemple.

b) Principio de Bien Jurídico: Todo delito supone una lesión o puesta en peligro de un bien jurídico.

c) Principio de culpabilidad: Lo primero que debe tener el autor de un delito, es la intención de cometer dicho delito.

e) Principio de pena humanitaria: La pena debe guardar relación con la gravedad del hecho cometido.

6.-Fuentes Del Derecho penal:

Fuentes De producción: Es la autoridad que dicta las normas Jurídicas Penales.

Fuentes De conocimiento: Es la manifestación que asume la norma escrita en la vida cotidiana. Se dividen en dos:

a) Fuentes de conocimiento directas: son aquellas manifestaciones que por sí mismas son capaces de engendrar normas jurídicas penales, generales y abstractas. Ejemplo: la ley.

b) Fuentes de conocimiento Indirectas: Son aquellas fuentes que por sí mismas no pueden crear normas jurídicas penales, pero que cumplen con las siguientes disposiciones. Cooperan en la debida interpretación y la correcta aplicación de las normas penales. Colaboran en la reforma y adaptación de las leyes penales.

Valor de las fuentes indirectas del derecho penal: 

-La doctrina: no tiene valor para las decisiones de los tribunales.

-La jurisprudencia: tiene valor vital y son vinculantes de obligatorio cumplimiento cuando son emanadas de la sala constitucional.

7.-La ley como fuente del derecho penal: Solo la ley puede crear nuevas disposiciones penales, es ese el sentido fundamental de la ley penal. “Nullum crimme, nullum poena, sinne lege.” 

8.-Fuentes indirectas del derecho penal: La doctrina, la costumbre y la Jurisprudencia.

Unidad II

TEMA1: INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL.

1.-Naturaleza del acto de interpretar: Ya sabemos que interpretar es el proceso lógico Jurídico que tiene por objetivo esclarecer la voluntad de la ley penal. Lo que interesa a la hora de interpretar la ley, es determinar su posible aplicación en los sucesos actuales, no lo que quiso decir el determinado legislador.

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