Que es ciencia? Es el conjunto ordenado de conocimientos estructurados sistemáticamente
Enviado por Gustavo Santibáñez • 31 de Agosto de 2015 • Informe • 3.000 Palabras (12 Páginas) • 493 Visitas
- Que es ciencia? Es el conjunto ordenado de conocimientos estructurados sistemáticamente. La ciencia es el conocimiento que se obtiene mediante la observación de patrones regulares, de razonamientos y de experimentación en ámbitos específicos, a partir de los cuales se generan preguntas, se construyen hipótesis, se deducen principios, y se elaboran leyes generales y sistemas organizados por medio de un método científico.
- Proporciona un concepto de derecho general? Un conjunto de normas que regulan la conducta de una persona en sociedad, estableciendo obligaciones, deberes, que van a asegurar el orden social.
- Explica si el Derecho debe ser considerado como ciencia y en su caso por qué sí o por qué no? La condición científica del derecho, no tiene aún consenso unánime y el debate entre los pensadores del derecho permanece vigente y con fuerza. Las dificultades en este tema se presentan desde el momento mismo en que se intenta explicar el concepto y contenido de la ciencia del Derecho, pues la propia definición del objeto de la ciencia resulta controvertido. A lo largo de la historia se han propuesto diferentes versiones acerca de la ciencia del derecho, su finalidad y contenido y todas ellas contribuyeron a su formación. Existen también tesis negatorias del carácter científico del derecho.
- Qué es cultura? Conjunto de conocimientos e ideas adquiridos gracias al desarrollo de las facultades intelectuales mediante la lectura, el estudio y el trabajo.
- Qué es persona? Todo ser capaz de tener derechos y obligaciones
- En la actualidad qué se entiende por persona jurídica?
Una persona dotada de existencia jurídica, susceptible de ser titular de derechos subjetivos, facultades, obligaciones y responsabilidades jurídicas.
- Cuáles son los atributos de las personas físicas
Nombre,
Capacidad,
Domicilio
Nacionalidad
Patrimonio
Estado civil
- Qué son las personas morales
Son entes creadas por el Derecho no tienen una realidad material o corporal, sin embargo la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones,
- Cuáles son los atributos de las personas morales
La personalidad jurídica, capacidad, domicilio, razón social o denominación, patrimonio y nacionalidad
- Explica brevemente el significado originario de Derecho, o los usos que se le dio a la palabra?
Primeramente los romanos usaban jus para indicar el lugar donde se llevaba a cabo el proceso, se llamaba derecho al lugar en que es aplicado. Jus significa así lugar o acto de administrar justicia: el pronunciamiento del derecho, el jus dicere (decir el derecho). Y por extensión jus aparece como la expresión de la decisión de un juez. Jus es un operador oracional que señala un específico pronunciamiento y se lee jurídicamente “… el derecho es…”. El origen del derecho no data sino de la época de la creación de las funciones judiciales y administración de justicia. El derecho existe, o mejor algo existe como derecho a partir de que recibe la sanción judicial. Con la mediación de este acto de palabra se desarrolla toda la terminología procesal romana: judex, judicare, judicium, juris-dictio. Igualmente por extensión, jus se aplicaba no sólo a la decisión del judex, sino a la praeceta o formulas que el juez aplicaba o adoptaba en el proceso. Jus se usa también para indicar los derechos de los cuales goza un individuo, como el derecho a adquirir o disponer de una cosa. Proviene del jus dictado por el judex. Por otro lado, jus se usaba también para indicar el status personal de un individuo como aparece en las expresiones sui juréis, alieni juris, indicando cuando alguien actúa por propio derecho o se encuentra bajo el poder o potestad de otro. En conclusión teniendo en cuenta los usos de sus antecesores induir´nicos yuh y vaos, y considerando su relación con el verbo dire, jus, quiere decir “formula de conformidad, “pronunciamiento de lo que debe hacerse”.
- Cuál es el problema de la teoría jurídica en la definición del derecho?
Encontrar y describir los elementos característicos del llamado derecho
- Qué es el derecho como orden jurídico?
Es un complejo de normas e instituciones que imperan coactivamente en una comunidad estatal.
- Cuáles son las características principales del derecho como orden jurídico?
Comprensivo, supremo, exclusivo y abierto
- Explica el orden jurídico como guía de la conducta humana?
Mediante el establecimiento de normas y disposiciones el derecho introduce las razones (jurídicas) en virtud de las cuales el individuo ha de comportarse. Al imponer deberes (órdenes o prohibiciones), el orden jurídico pretende que el deber, o mejor, la disposición jurídica que lo impone, sea la única razón que determine la acción. Los deberes son requerimientos que excluyen las demás razones; exige que la gente se comporte pasando por alto las razones (no jurídicas) que pudiera tener en contra de la acción requerida. De esta manera el derecho guía el comportamiento reduciendo las opciones del individuo, esto es, haciendo que la conducta optativa se vuelva obligatoria.
- Explica la naturaleza institucional del Derecho?
El derecho es un orden jurídico institucionalizado en la medida en que su creación, aplicación y modificación son, fundamentalmente, realizados o regulados por instituciones. Las instituciones normalmente son separadas en instituciones creadoras e instituciones aplicadoras
- Explica el derecho como orden coactivo.
Es coactivo en la medida que hace uso de sanciones para en caso de no acatar la norma.
- Explica el derecho como reclamos justificados?
El término derecho además de designar un orden jurídico (o una parte significativa del mismo), se usa para referirse a una ventaja o beneficio normativo conferido a un individuo o una clase de individuos. El derecho subjetivo sigue siendo una exigencia judicialmente respaldada. Por ello es necesario deslindar el uso técnico del término derecho (subjetivo) del uso incorrecto, el cual origina no pocas confusiones en el discurso jurídico. Así se habla de derechos naturales, derechos sociales, derechos existenciales, etc. Estos derechos, en tanto establecidos por un orden jurídico particular, son derechos propiamente hablando (derecho de asociación, derecho de coalición, derecho de huelga, etcétera); pero mientras no lo están, es decir, mientras no son conferidos por una disposición del orden jurídico, pueden ser, según el caso, reclamos moralmente justificados, aspiraciones, anhelos, predica social, humanitaria, sino es que simples declaraciones, mera retórica política, pero no derecho.
...