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RESEÑA HISTÓRICA DEL SURGIMIENTO DEL DERECHO


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  Tesis  •  4.920 Palabras (20 Páginas)  •  387 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La necesidad de satisfacer lo que para la sociedad ha sido imprescindible a través de el proceso evolutivo, motivo al hombre a valerse del derecho para su provecho debido a la exigencia de la sociedad misma, se ha dicho que el derecho debe guardar coherencia con la realidad social la cual regula, de lo contrario se convertiría en un simple mandato obligatorio sin tener en cuenta la realidad imperante.

Podemos decir entonces que la creación del derecho, como norma jurídica, no puede estar separado de la realidad social o verse como algo impuesto con diversos fines sin tomar en cuenta esa realidad, pues este ha de servir a la sociedad de forma intrínseca e independiente en virtud de consideraciones valoraturas, es por ello que para tener una formación solida del conocimiento jurídico debemos analizar o concretar los conceptos y fundamentos legales imprescindibles para dicha formación.

Este trabajo abordaremos temas como la reseña historiada del surgimiento del derecho, el concepto de derecho, la etimología de la palabra, el concepto de norma jurídica y la relación entre el derecho y la sociedad.

RESEÑA HISTÓRICA DEL SURGIMIENTO DEL DERECHO

El origen del derecho se basa, en la necesidad impuesta por la condición social del ser humano, la palabra derecho se origino en el vocablo latino “decretum” que significa recto. En toda comunidad surgen conflictos, y las normas que conforman el derecho tienen el objetivo de solucionarlos, desde las más primitivas sociedades humanas se requiere de ellas, establecer jerarquías, división de funciones, regulación de la vida sexual, resolución de disputas por viene.

El sistema de normas, incluye usos, costumbres, normas morales, religiosas, jurídicas, este último caso, órganos públicos encargados de su elaboración, aplicación y sanción.

Los primeros códigos de leyes pertenecen a los sumerios (habitantes de Sumeria, antigua región del Oriente Medio que formaba la parte sur de la antigua Mesopotamia), con asombrosa sistematización.

El Derecho Romano ofrece una elaboración de normas de derecho privado, tan evolucionada y progresiva, la gran fuente de los códigos civiles modernos.

Lo que realmente marca la historia del derecho, es el momento en el que se busca mantener un documento de forma permanente, gravándolo en materiales que resistan con facilidad el pasar de los años.

El código de Hamurabi el más famoso de los que se conocen en la actualidad sin ser el primero, ya que los sumerios han dejado huella profunda, aunque escasa de un sistema de derecho. El código que después de una pomposa introducción mística, contiene 280 preceptos de los cuales 60 no se entienden en lo absoluto, nos hace encontrar algunos conceptos sobre deudas, delitos, matrimonios, divorcios, patria potestad, derechos sucesorios y contratos de comisión, de prestaciones de servicios y arrendamiento. Este documento, al compararlo con los pocos documentos de este tipo que se poseen de los Sumerios nos demuestran que es un código mal sistematizado que marca un retroceso en el ejercicio del derecho; ya que los sumerios manejaban en sus textos la reparación del daño, elemento que desaparece en el código de Hamurabi.

La base teórico- histórico del derecho contemporáneo: es el derecho romano de donde se originan gran parte de las normas jurídicas modernas, ya sea por sus raíces históricas en Occidente, sea por la occidentalización que han sufrido algunos derechos de Oriente. La aportación en materia jurídica de Roma ha sido principalmente en materia de derecho privado al igual que en materia técnica jurídica.

En los tiempos modernos el derecho romano es de utilidad en el aspecto Histórico nuestro derecho actual tiene por orígenes las costumbres y el derecho romano, títulos enteros del código civil, en especial lo concerniente a las obligaciones modelo ya que poseemos no solo las leyes, sino las aplicaciones que los jurisconsultos romanos hicieron de estas lógicas, impecables análisis y deducción nos permiten observar la perfección en la interpretación jurídica, deseable en todo jurista modelo.

Auxiliar: Las legislaciones Europeas han pedido prestadas más de una ley al derecho Romano para fundamentar sus respectivos códigos, lo que hace que el resto del mundo siente las bases de los respectivos sistemas legales de la misma fuente.

Marco Teórico: el conocimiento del Derecho Romano, es indispensable para comprender la evolución sociológica cultural del Imperio Romano.

Sistemas Jurídicos en el Mundo

• Sistema de Derecho Romano – Germánico: se caracteriza porque la norma de derecho se elabora inicialmente, y se aplica posteriormente a los problemas que la practica presenta.

• Sistema Anglosajón: logra la unificación del derecho a través de las decisiones de los tribunales reales de justicia en detrimento de las costumbres locales.

• Sistemas Socialistas: ubicados principalmente en Europa Oriental, originalmente se formaron con elementos romano – germánicos, pero que después de 1917 se han transformado de acuerdo a la corriente socialista.

• Sistemas de extracción Filosófica: derechos como el Hindú, Musulmán y Japonés, que sin embargo se han ido occidentalizando hasta parecerse en mucho al romano – germánico.

Domicio Ulpiano: Jurisconsulto( es una persona versada en la ciencia del derecho y dotado en ella de conocimientos poco comunes) romano, considerado uno de los más grandes jurisconsultos de la historia del Derecho. Ulpiano afirma que los preceptos del derecho son: vivir honestamente, no hacer daño a otro y dar a cada uno lo suyo. La última de ellas alude entonces a la noción de justicia al orden jurídico.

La jurídica era el criterio práctico conforme al cual se logra una verdadera y sana ordenación en el seno de la comunidad, lo que permite resolver en concreto y especifico problemas.

La equidad se convierte en la justicia del caso concreto, en el criterio corrector para adaptar el derecho a los problemas de la vida.

La evolución del derecho romano privado se reduce a dotar de equidad a las soluciones rigurosas y formalistas del derecho civil.

Ulpiano define a la jurisprudencia como la ciencia del derecho, es la ciencia del conocimiento de las cosas divinas y humanas, la ciencia de lo justo y lo injusto:

• El derecho Público: es el que se refiere a la organización del estado. Propios de la ciudad o del imperio.

• El derecho privado:

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