Resolucion De Nulidad De Acta De Nacimiento
Enviado por jonijumper • 14 de Enero de 2014 • 2.169 Palabras (9 Páginas) • 1.247 Visitas
EXPEDIENTE: 664/2012.
NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA DEFINITIVA.- PACHUCA DE SOTO, ESTADO DE HIDALGO, A
06 SEIS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE.-- - - - - - - - - - - - - -
- - - - V I S T O S para resolver en definitiva los autos del Juicio de
NULIDAD DE ACTA DE NACIMIENTO, promovido por ***** en contra del
C. OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DE PACHUCA,
HIDALGO, expediente numero 664/2012, y;- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - -- - - -- - - - -- - - - R E S U L T A N D O S - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - 1.- Mediante escrito de fecha 18 dieciocho de Junio de 2012
dos mil doce, compareció ante el H. Juzgado Segundo de lo Familiar
de este Distrito Judicial, la C. *****, demandando en la vía Escrita
Familiar del C. OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DE
PACHUCA, HIDALGO, las prestaciones que cita en el referido ocurso,
fundándose en los hechos y consideraciones de derecho que hizo
mención, para lo cual anexó documentos base de su acción.- - - - - -
- - - - 2.- Por auto de fecha 19 diecinueve de Junio de 2012 dos mil
doce, se registró y formó expediente, se admitió lo solicitado en la vía
y forma propuesta, ordenándose emplazar y correr traslado en el
término de Ley, diligencia que se llevó a cabo el día 10 diez de Julio
del año 2012 dos mil doce.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - 3.- Por auto de fecha 30 treinta de Agosto de 2012 dos mil doce,
se tuvo a la parte actora acusando la rebeldía en que incurrió la
parte demandada al no haber dado contestación a la demanda
entablada en su contra, por lo que se declaro cerrada la litis y se
dicto auto admisorio de pruebas, y por auto de fecha 25 veinticinco
de Octubre de 2012 dos mil doce se abre el periodo de alegatos
concediéndoles el termino a las partes para formular alegatos, y
finalmente por auto de fecha 20 veinte de Noviembre de 2012 dos
mil doce, se ordenó dictar la sentencia definitiva, misma que hoy se
pronuncia en base a los siguientes: - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C O N S I D E R A N D O S - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - I.- Con fundamento en lo establecido por los artículos 26 y 27
fracción I, del Código de Procedimientos Familiares Vigente en el
Estado, la suscrita Juez es competente para conocer y resolver el
presente juicio. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - II.- Ha procedido la vía Escrita Familiar, en términos de lo
dispuesto por los artículos 246 y 435 del Código de Procedimientos
Familiares Vigente en el Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - III.- Que atento a lo establecido por el articulo 128 del Código
de Procedimientos Familiares que a la letra dice: “El que afirma esta
obligado a probar. En consecuencia el actor debe probar su acción
y el reo sus excepciones”; se procede a realizar el estudio
correspondiente. En efecto *****, demanda en la Vía Escrita Familiar
de los C. OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR DE PACHUCA,
HIDALGO, las siguientes prestaciones: “ A).- La nulidad de la
inscripción del registro del acta de nacimiento número ****, libro *****,
foja *****, con fecha de registro *****, por haberlo realizado mi
bisabuela de nombre ***** quien carecía de capacidad jurídica para
hacerlo…, B) Con fecha *****, compareció mi bisabuela de nombre
***** ante el Presidente Municipal Y Juez del ESTADO civil, ahora
conocido como Oficial del Registro del Estado Familiar con la
finalidad de registrarme, lo cual se realizo, quedando como fecha de nacimiento el día ****. C) Con fecha 18 dieciocho de Mayo de 1962
mil novecientos sesenta y dos se presentaron en la Oficina del Oficial
del Registro del Estado Familiar mis padres de nombre ***** a
registrarme como su hija, registro que se realizo, asentando en la
misma que nací el ***** - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - Ahora bien, para acreditar primeramente el derecho que tiene
la parte actora para ejercitar su acción, se tiene que esta exhibe
como documentos fundatorios de su acción, exhibe copia
certificada del acta de nacimiento que consta en el libro número
****, a foja ****, acta *****, de fecha *****, a nombre de *****,
levantada ante el C. Oficial del Registro del Estado Familiar de
Pachuca, Hidalgo y la segunda se encuentra asentada en el libro
número *****, oficialia *****, acta número *****, foja *****, de fecha
***** levantada ante el C. Oficial del Registro del Estado Familiar de
Pachuca, Hidalgo, a nombre de *****, que obran a fojas 03 y 04 de
autos; Documentales que por ser públicos tiene valor legal en
términos de los artículos 155 fracción IV y 212 del Código de
Procedimientos Familiares Vigente en el Estado. - - - - - - - - - - - - - - - - -
- - - - Ahora pasamos a valorar las pruebas
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