Requisitos Del Acta De Nacimiento
Enviado por liiizbethe • 25 de Abril de 2012 • 1.065 Palabras (5 Páginas) • 984 Visitas
Requisitos de las actas de nacimiento
Artículo 46.- Para la autorización de las actas relativas al registro de nacimientos que se realicen dentro de los seis meses siguientes al alumbramiento, los interesados deberán presentar:
I. Solicitud de registro debidamente requisitos;
II. El menor a registrar, por conducto de su padre y madre, o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos y demás ascendientes en línea recta, los hermanos o los tíos;
III. Certificado de Nacimiento en el formato que al efecto expida la Secretaría de Salud del Distrito Federal de conformidad con este reglamento, que contenga nombre completo de la madre; huella plantar del recién nacido, sexo del menor, así como huella digital del pulgar y firma de la madre; fecha y hora del nacimiento; domicilio en que ocurrió y sello de la Institución pública, privada o social del Sector Salud; nombre y firma del médico, así como, número de cédula profesional de éste.
Lo anterior sin perjuicio de los demás requisitos solicitados en el Código y demás normas aplicable.
Para los efectos del artículo 75 del Código Civil, se exceptúa la obligación de estampar la huella digital en el acta de nacimiento del menor fallecido.
En todos los casos en que se presente el certificado de nacimiento, éste hará prueba plena del día, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento, del sexo del recién nacido y de la identidad de su madre.
En su caso, Constancia de Parto que contenga el nombre y firma del médico cirujano o partera debidamente registrada ante la Secretaría de Salud, que haya asistido el alumbramiento; lugar, fecha y hora de nacimiento; y nombre completo de la madre;
Cuando no exista el certificado o la constancia antes señalada, o por causas de fuerza mayor no se tuvieran, el declarante deberá presentar ante el Juez del Registro Civil denuncia de hechos realizada ante la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, en la que se haga constar la razón de la falta de documentos y las circunstancias en que ocurrió el nacimiento. Dicha denuncia se anexará al expediente.
IV. Copia certificada del Acta de Matrimonio de los padres; en caso de no ser casados, deberán presentar sus Actas de Nacimiento para el efecto de que se haga constar la filiación de ambos en el acta del registrado;
V. Identificación oficial de los presentantes;
VI. Derogado.
VII. Comprobante del domicilio declarado por él o los presentantes del menor a registrar.
En caso de que el registrado sea originario del Distrito Federal, bastará únicamente con la presentación del certificado de nacimiento respectivo donde se desprenda el lugar de nacimiento.
¿Cuando en el lugar de nacimiento no hay oficial de Registro Civil?
ARTICULO 488. En las poblaciones en que no haya Oficial del Registro Civil, la o el recién nacido será presentado a la persona que ejerza la autoridad municipal, y ésta dará las constancias respectivas, que las o los interesados llevarán a la o el Oficial del Registro Civil que corresponda, para que asiente el acta.
¿La madre tiene
...