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Enviado por   •  27 de Mayo de 2014  •  459 Palabras (2 Páginas)  •  215 Visitas

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SOCIEDADES EN EL ÁMBITO CIVIL:

Diferencia entre reunión, asociación y sociedad:

Estamos en presencia de una REUNIÓN cuando varias personas unen sus esfuerzos y sus actividad para realizar un fin común, así cuando varios vecinos se unen para solucionar un problema del agua, estacionamiento o seguridad, esta reunión puede ser casual, carece de estabilidad es esa juntura de esfuerzos, es solo para solucionar ese problema en concreto, ahora bien si esa reunión continua con carácter estable y sobre todo con carácter voluntario y si hay una organización que le de a esa reunión una duración más o menos definitiva entonces estamos hablando de una ASOCIACIÓN, existe aquí una CONVENCION, es decir, la convención es un concierto entre dos o más personas para realizar un determinado fin, la naturaleza de ese fin será decisiva para la calificación de la convención como jurídica o no jurídica.

Desde un punto de vista jurídico, la convención es un NEGOCIO JURIDICO bilateral integrado por varias voluntades identificadas en la consecución de un fin u objeto jurídico.

El CONTRATO es considerado por la mayor parte de la doctrina moderna como una especie de convención. Nuestro Código Civil define el contrato como una especie de convención en el artículo 1.133: “EL CONTRATO es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”.

El contrato es la fuente principalísima de obligaciones y debe ser estudiado desde el punto de vista de sus estructuras, clasificaciones y efectos, que van a ser generales a todo tipo de contratos. Tal estudio es denominado en la doctrina como TEORIA GENERAL DEL CONTRATO y tiene un amplio y diverso contenido, a saber:

1.- El concepto de Contrato.

2.- La clasificación de los Contratos.

3.- Elementos del Contrato.

4.- Efectos.

5.- La terminación del contrato

1.- CONCEPTO DE CONTRATO:

El CONTRATO es definido por nuestro Código Civil artículo 1.133 como una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”. .

1.1.- Características del Contrato:

De la definición podemos señalar los caracteres más importantes a saber:

a.- El contrato es una convención: involucra el concurso de las voluntades de dos o más personas para la realización de un determinado efecto jurídico que puede consistir en la creación, regulación, transmisión, modificación o extinción de un vínculo jurídico.

b.- El contrato regula relaciones o vínculos jurídicos de carácter patrimonial, susceptible de ser valorados desde un punto de vista económico, sirve para que las personas reglamenten sus relaciones económicas y pecuniarias.

c.- El contrato produce efectos obligatorios para

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