Sist. De Justicia Para Adolescentes Mexico
Enviado por emir22 • 24 de Enero de 2013 • 2.093 Palabras (9 Páginas) • 741 Visitas
SISTEMA ESPECIALIZADO EN
JUSTICIA PARA ADOLESCENTES
México, en unión de prácticamente todos los países del mundo, ha suscrito diversos tratados internacionales en los que se reconocen derechos plenos a los adolescentes. El término “niños” se usa en el mundo para designar a las personas menores de 18 años de edad, aunque la acepción “adolescentes” que se usa en México es enteramente correcta, aplicándose a personas en desarrollo de entre los 12 y menos de 18 años, siendo los menores de doce denominados niños.
En congruencia con lo estipulado por dichos tratados, el Senado de la República tuvo a bien ratificarlos, por lo que se volvieron leyes internas de nuestro país, siendo avalados en seguida por nuestro Constituyente Permanente al ser aprobada la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La citada reforma Constitucional fue aprobada por el H. Congreso de la Unión en un trabajo coordinado de las Cámaras de Senadores y de Diputados así como por todas las Legislaturas de los Estados. Congruente con ese mandato Constitucional, el Señor Licenciado Ulises Ruíz Ortíz, Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, envió iniciativa de Ley al Congreso del Estado, quien en su momento aprobó la “Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Oaxaca” que entró en vigor el día primero de enero del año 2007 y que fue aprobada con el Código Procesal Penal, en vigor, supletoriamente para adolescentes, desde el mismo día, siendo considerara ya, a nivel internacional, una Ley de Tercera Generación, y algunos tratadistas señalan que esta y otras legislaciones Mexicanas similares, son de Cuarta Generación. Corresponde un sitio de honor, que debe destacarse, al Señor Licenciado Héctor Annuar Mafud Mafud, Magistrado Presidente del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, quien se ha distinguido por impulsar el nuevo proceso penal acusatorio adversarial para el Estado de Oaxaca, siendo una de sus vertientes precisamente el sistema de Justicia para Adolescentes.
Con gran contenido histórico, el sistema de Justicia para adolescentes inaugura una nueva era en Oaxaca: La oralidad.
Todos los procesos penales para adolescentes son de corte acusatorio adversarial, abandonándose en definitiva el esquema inquisitorial-mixto que se desarrolla por escrito y que prevalece aún para adultos, pero que en breve será substituido también por el nuevo proceso oral ya que está próxima su entrada en vigor, el próximo nueve de septiembre del 2007, en el Circuito Judicial del Istmo de Tehuantepec y en forma paulatina en el resto del Estado.
El nuevo sistema es total y absolutamente garantista, esto es, privilegia la defensa total de las garantías que en un proceso penal tienen tanto las víctimas como los imputados.
Así, la transparencia del sistema, la publicidad, la presunción de inocencia, la especialidad, la oralidad, las salidas alternas, los criterios de oportunidad y la rapidez y continuidad, son algunos de los aspectos relevantes que acercan la administración de justicia a la sociedad oaxaqueña.
Desde la puesta en marcha del actual sistema en Oaxaca se han atendido mas de 295 asuntos, en los que en la inmensa mayoría de los casos se ha encontrado ya una solución satisfactoria a los intereses de los involucrados y sólo un asunto ha llegado a la etapa de Juicio, lo que es una muestra tangible de la eficacia del sistema. En la audiencia de Juicio en la que una Juez especializada celebró la primera audiencia de este tipo en la historia de Oaxaca y en la que por primera vez se dictó una sentencia marca un hito histórico pues procesalmente se abandona totalmente el esquema escrito y se acude a la oralidad para que los Jueces especializados se pronuncien sobre la imputación planteada por el Ministerio Público.
En Oaxaca existe un Juzgado especializado en adolescentes, que cuenta actualmente con tres jueces y personal adscrito. Se cuenta con dos salas para las audiencias y se ha acudido a las regiones del Istmo de Tehuantepec, Tuxtepec y la Costa para resolver diversas cuestiones planteadas por las partes.
Se han interpuesto cuatro recursos de apelación que han sido resueltos por la Primera Sala Penal y especializada en adolescentes en un promedio de cinco días hábiles, lo que contrasta muy favorablemente con la duración de cualquier recurso de apelación hecho valer en el sistema escrito pero además debe subrayarse que se resuelve con total transparencia y con la presencia de las partes, generándose los dos primeros criterios judiciales para este tipo de asuntos.
Debe destacarse que en este sistema se ha privilegiado totalmente el uso de las nuevas tecnologías para beneficio del usuario judicial.
Así, independientemente de que han desaparecido los voluminosos expedientes y las actuaciones judiciales se han llevado al formato digital, los antiguos expedientes de varios tomos y miles y miles de fojas, se han convertido en prácticos discos de audio y video que además, si fuere el caso, pueden transmitirse, a la velocidad de la luz, a cualquier parte del mundo, haciendo uso de la Red Internet, cuyo uso ya se encuentra previsto en la nueva legislación procesal penal, naturalmente, guardadas las previsiones para proteger la identidad de los adolescentes, previsión de especialidad que supera cualquier otra, dado el carácter vulnerable de las personas en crecimiento.
La Ley de Justicia para adolescentes distingue tres grupos específicos de edad o etarios: I.- Entre doce y menos de catorce años; II.- Entre catorce y menos de dieciséis años y; III.- Entre dieciséis y menos de dieciocho años. Esta distinción tiene por objeto responder a las necesidades de desarrollo psíquico y físico de los adolescentes, con el fin de propiciarles respuestas Estatales y/o Judiciales adecuadas a su edad y a su desarrollo personal. Para ello se cuenta con la asistencia de peritos psicólogos y médicos que asistan al adolescente imputado en todas las etapas.
Los procesos en los que se ven involucrados adolescentes son de alta prioridad y especial importancia pública. El sistema de Justicia para adolecentes prevé el respeto al debido proceso, estableciéndose la presunción de inocencia como basamento del enjuiciamiento penal. El adolescente debe ser considerado y tratado como inocente hasta que no se compruebe, por los medios legalmente establecidos, su culpabilidad en el hecho que se le atribuye.
Se prevé, asimismo, la defensa adecuada del adolescente por conducto de defensores especializados. Todo adolescente tiene derecho a ser asistido por un licenciado en derecho en todas las
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