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Tenencia De La Tierra


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2014  •  1.742 Palabras (7 Páginas)  •  493 Visitas

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“Ensayo de la Tenencia de la Tierra en México”

La tenencia de la tierra es una parte importante de las estructuras sociales, políticas y económicas. Es Juega un papel muy importante, ya que hace entrar en juego aspectos sociales, técnicos, económicos, institucionales, jurídicos y políticos que muchas veces son pasados por alto pero que deben tenerse en cuenta.

En nuestro país la tenencia de la tierra a sido un conflicto que se deriva hace más de un siglo, debido a el abuso del poder que nuestros gobernantes que realizaron en su periodo de gobierno. Esto nos llevo a un gran movimiento que marco la historia de nuestro país: “La revolución Mexicana” ya que nuestros héroes de esa estancia asiendo ilusión a Emiliano Zapata el cual dice que “La tierra es de quien la trabaja” lo que origino que se legislara el Art. 27 donde se contempla la tenencia de la tierra.

La "tenencia de la tierra" se define como la ocupación y posesión actual y material de una determinada superficie de la tierra. Es el conjunto de disposiciones legales que establecen los actos constitutivos de la posesión, los requisitos conforme a los cuales debe ejercerse y los derechos y obligaciones que generan.

La propiedad es el derecho de obtener de un objeto toda la satisfacción que éste pueda proporcionar. Este derecho puede estar limitado por el interés público y por otros derechos privados que desmiembren la propiedad (hipotecas, servidumbres, étc.)

Este tema es muy interesante y nos llevara a estudiar los diferentes regímenes de propiedad que existen ya que “los actos y requisitos para poseer una determinada superficie de tierra dependen del régimen de propiedad al que ésta pertenezca”.

Por su parte El Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en materia federal establece, en su artículo 830 que "El propietario de una cosa puede gozar y disponer de ella con las limitaciones y modalidades que fijen las leyes”.

En cuanto a la posesión, el artículo 190 de este mismo Código señala que "Es poseedor de una cosa el que ejerce sobre ella un poder de hecho, salvo lo dispuesto en el artículo 793. Posee un derecho el que goza de él". El artículo 793 se refiere a que. Cuando se demuestre que una persona tiene en su poder una cosa en virtud de la situación de dependencia en que se encuentra respecto del propietario de esa cosa, y que la retiene en provecho de éste, en cumplimiento de las órdenes e instrucciones que de él ha recibido, no se le considera poseedor.

Por otra parte La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 27 el régimen de propiedad que rige en nuestro país.

Este articulo, “construye un régimen triangular de propiedad, integrado por la propiedad privada, la propiedad pública y la propiedad social”.

El artículo 27 constitucional expresa que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.

De lo que se denominan los regímenes de la propiedad:

Propiedad privada, asignación de derechos a una parte privada, que puede ser un individuo, una pareja casada, un grupo de personas o una persona jurídica, como una entidad comercial o una organización sin fines de lucro. Por ejemplo, dentro de una comunidad, las familias individuales pueden tener derechos exclusivos a parcelas residenciales, parcelas agrícolas y algunos árboles. Otros miembros de la comunidad pueden quedar excluidos de la utilización de estos recursos sin el consentimiento de quienes ostentan los derechos.

De esta manera, se considera que existen 2 tipos de limitaciones:

La expropiación por causa de utilidad pública y las modalidades que dicte el interés público.

También señala que "Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización". Así mismo considera que "La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público…”.

Un aspecto muy importante para ser el dueño de una propiedad privada consiste en que "sólo los mexicanos por nacimiento o naturalización y las sociedades mexicanas, tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesorios o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas”.

Propiedad Pública (Áreas intangibles: calles, aguas costeras, puertos, áreas de seguridad nacional, etc.)

La propiedad pública la define como el derecho real ejercido por entidades públicas con personalidad jurídica sobre bienes de dominio público. El Estado goza, al igual que los particulares de derechos de propiedad cuyas características le son otorgadas en atención a la naturaleza del titular, de la relación entre el titular y el bien y del bien en sí mismo.

Las características que distinguen a la propiedad pública de la propiedad privada, son que los bienes de propiedad pública están fuera del comercio, es decir, son inalienables, imprescriptibles, inembargables y los particulares no pueden deducir acciones reivindicatorias.

El patrimonio nacional se compone de bienes de dominio público y bienes de dominio privado de la Federación, que están regulados por la Ley General de Bienes Nacionales.

Propiedad Social: Por propiedad social comprendemos a la propiedad ejidal y la propiedad comunal. En esta parte aludiremos al concepto de ejido y de comunidad. El termino ejido proviene de un campo común de todos los vecinos de un pueblo, lindante con el que no se labra, y por lo general

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