Teoria General Del Derecho
Enviado por Taaveeraas • 6 de Octubre de 2014 • 40.404 Palabras (162 Páginas) • 279 Visitas
TEORIA GENERAL DEL DERECHO
APUNTES EXCLUSIVOS PARA CLASE DE TEORÍA GENERAL DEL DERECHO EN LA UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA SECCIONAL IBAGUE
ALEXANDER AVILA M.
Dr. Filosofía Política y Jurídica
UNIDAD 1. APROXIMACIÓN A LA REALIDAD DEL DERECHO.
• PRIMERA APROXIMACIÓN A LA REALIDAD DEL DERECHO
• CONEXIÓN DERECHO Y PODER
• CONEXIÓN ENTRE DERECHO Y REALIDAD SOCIAL
• RELACIÓN DERECHO ORDENAMIENTO JURÍDICO
• LOS MÉTODOS EN EL DERECHO
UNIAD 2. CORRIENTES DE PENSAMIENTO JURÍDICO
• DERECHO NATURAL – IUSNATURALISMO
• EL POSITIVISMO JURIDICO - IUSPOSITIVISMO
• CORRIENTES DE PENSAMIENTO JURÍDICO DEL SIGLO XIX
UNIDAD 3. AUTORES DEL SIGLO XX
• POSITIVISMO JURIDICO EN EL SIGLO XX H. KELSEN-H. HART
• NATURALISMO JURÍDICO J. M. FINNIS-R. M. DWORKIN
• AUTORES HISPANOAMERICANOS
1. E. DIAZ
2. C. S. NINO
• AUTORES INFLUYENTES EN EL SIGLO XXI
1. J. RAWLS
2. N. BOBBIO
UNIDAD 4. GENERALIDADES DEL DERECHO ACTUAL
• RELACIÓN DERECHO-JUSTICIA
• HERMANEUTICA JURIDICA
• DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
• LA SITUACIÓN DE LA CIENCIA JURÍDICA EN LA ACTUALIDAD
UNIDAD 1.
APROXIMACIÓN A LA REALIDAD DEL DERECHO
PRIMERA APROXIMACIÓN A LA REALIDAD DEL DERECHO (2 HORAS) 1.
Una primera vía de acercamiento a la realidad del Derecho puede ser la del lenguaje. Se trata simplemente de obtener a través de los datos etimológicos y del lenguaje vulgar actual, criterios orientados para este concepto provisional del Derecho . La primera de ellas proviene de “rectum”, línea recta, lo recto, y tiene que ver con rectitudo. Y siguiendo también el análisis del término ius, se llega a las siguientes conclusiones:
• Derecho evoca la idea de ordenación.
• La palabra ius (sinónima en Roma de Derecho) significa unir, atar, vincular, y también mandar, ordenar.
• En resumen, parece que destacan las ideas de rectitud, de proporcionalidad, de relación y dirección en los comportamientos humanos. Se trata de un vinculo entre seres inteligentes, personas, capaces de comprender el sentido de la relación, de apreciar la proporcionalidad de sus reciprocas atribuciones y de valorar su conducta en relación con una norma o regla.
En las relaciones de cada día se utiliza el término Derecho con significados distintos:
1.- El Derecho como conjunto de normas (Derecho objetivo).
2.- El Derecho como valor sinónimo de justicia.
3.- El Derecho como facultad de un sujeto (Derecho subjetivo).
4.- El Derecho como ciencia (facultad de Derecho).
De todo esto anterior se desprende que el Derecho es una normatividad que organiza las relaciones entre los hombres. Se ve pues que la idea de norma o conjunto de normas es elemento central y primario del Derecho. El Derecho supone un conjunto de normas que organiza la convivencia humana. De ahí se desprende que no forma parte de la naturaleza física.
El Derecho es vida social humana objetiva o una forma de vida social; el Derecho son comportamientos humanos o relaciones humanas que se establecen como modelos de comportamiento, que cristalizan en normas para organizar la convivencia social. En definitiva, el Derecho es una creación con una finalidad, es una realidad que forma parte del mundo cultural - espíritu e histórico-.
El Derecho aparece encuadrado en este primer acercamiento desde tres perspectivas:
• Se refiere a la vida humana en su dimensión espiritual valorativa axiológica o de finalidades y no directamente a la vida humana en su realidad física o somática, aunque de modo indirecto y por redundancia, dada la unidad sustancial del compuesto humano, también el Derecho afecta a los actos corpóreos del hombre.
• La vida humana a la que afecta el Derecho es la vida humana social, del hombre entre los demás hombres, y no la vida del hombre aislado. Por eso, el Derecho supone una relación entre hombres y representa una técnica de organización social: es una forma de control social.
• Esta situado en el plano de los mandatos o imperativos. Los modelos que establecen suponen un deber ser que tiene pretensión de cumplimiento inexorable, y está apoyado por la efectividad del poder.
Es una forma de vida humana de carácter social, que cristaliza en normas, que representan un deber ser para organizar la convivencia con pretensión de cumplimiento inexorable.
CONEXIÓN DERECHO Y PODER (2 HOARAS) 1.
Si el Derecho es un sistema o conjunto de normas reguladoras de algunos comportamientos humanos en una determinada sociedad, la observación de la realidad nos lleva a conectar la realidad jurídica con la realidad del Poder. Es más, un análisis de la historia de la Filosofía del Derecho y del Estado en el mundo moderno conduce, sin duda, a la conclusión de la progresiva conexión, en este tiempo entre Derecho y Poder, a través de la aparición del Derecho como una de las principales expresiones de la Soberanía del Estado.
Ciertamente, era difícil plantear en la Edad Media la relación Derecho y Poder tal como la vemos hoy, porque esta relación se establece entre dos conceptos históricos, el del Estado, que es la forma moderna del poder político y el Derecho moderno, y ambos son muy distintos de la concepción medieval del Derecho y de la forma medieval del Poder político. La idea de que el Estado y el Derecho existen por, para y bajo cada uno del otro, era extraña en la Edad Media.
La relación que hoy nos ocupa se produce entre el Derecho moderno y el Estado moderno. Como dicen González Dumpiérrez y González Vincen: “... El termino Estado no designa una forma de convivencia política cualquiera, sino una organización política concreta que se abre paso con los siglos modernos y cuyas características son, entre otras, el poder soberano, la racionalidad de la admón., la hacienda publica, el ejercito permanente y la neutralización religiosa”.
El antecedente inicial de la conexión entre Derecho y Poder se produce en la obra “Los Seis Libros de la República”, de Juan Bodino. En esta obra introduce Bodino el concepto unificador del poder político moderno frente al pluralismo medieval, el concepto de Soberanía, que define como “poder absoluto y perpetuo de una república”.
Esta forma de entender la relación Derecho - Poder se perfilará con el planteamiento de Hobbes en el “Leviatán”, donde se conectará con la noción contractualista, que
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