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Transito Aduanero


Enviado por   •  18 de Julio de 2014  •  4.398 Palabras (18 Páginas)  •  396 Visitas

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El presente trabajo desarrolla el tema del transito aduanero. En primer término desarrollamos las generalidades del tránsito aduanero. Explicamos los conceptos básicos que involucra este tema, definimos a las aduanas según su tráfico, es decir explicamos que es una aduana de entrada, de destino, de paso y de paso de frontera. Definimos según el Reglamento Orgánico de la Ley de Aduanas el proceso del transito aduanero y sus dos tipos que son el tránsito aduanero internacional y el nacional; asi como ejemplos de cada uno para su mejor comprensión.

Luego damos paso a explicar las normativas generales que son aplicadas en el tránsito aduanero. Nos pareció importante definir y explicar lo que era el proceso de desaduanamiento de manera general y los procedimientos que son de común aplicación para luego poder explicar como es llevado a cabo el desaduanamiento en el tránsito aduanero de manera específica y así tener una mejor comprensión de este tema.

Por último definimos el transito aduanero nacional e internacional de manera especifica y hablamos acerca de los procedimientos que se aplican en cada caso particular. Nombramos la finalización del transito aduanero nacional e internacional.

Transito Aduanero

Según el Artículo 117 del reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, se entiende por operación de tránsito aduanero, “el transporte de mercancías desde una oficina aduanera de partida a una de destino, bajo el control aduanero”. A tales efectos, la aduana de partida es donde comienza la operación de tránsito y la de destino es donde termina.

Para manejar bien todos los términos y operaciones que están involucrados en el transito aduanero debemos definir primero los tipos de aduana según el tipo de trafico que tengan.

 Aduana de Entrada: La oficina aduanera por donde entran al territorio aduanero mercancías en tránsito aduanero y en la cual son declaradas las mercancías para su nacionalización.

 Aduana de Destino: La oficina aduanera donde termina la operación de tránsito aduanero.

 Aduana de Paso: Toda oficina aduanera a través de la que transitan las mercancías en el curso de la operación de tránsito aduanero.

 Aduana de Paso de Frontera: La oficina aduanera fronteriza, que no siendo ni la de partida ni la de destino, interviene en el control de una operación de tránsito aduanero internacional.

Dejando claro estos conceptos podemos ver que la aduana de puede ser a la vez de paso o de salida.

En ocasiones un transporte trae o lleva carga para varios lugares dentro y fuera del país; también es posible que el transporte procedente de determinado país solamente opere en un puerto o aeropuerto venezolano y se requiere enviarlo a un lugar distinto de éste; igualmente se pueden aprovechar las ventajas de o comunicaciones de un país a otro. En interés del normal desarrollo de las actividades de intercambio internacional, esta operación se permite bajo ciertas regulaciones de la legislación aduanera.

Nuestra legislación aduanera distingue entre dos tipos de transito: nacional e internacional

Transito Nacional

Es transito nacional cuando la aduana de partida o la aduana de destino es nacional, es decir, esta ubicada en el territorio nacional. Quiere decir que el tránsito puede tener un destino a la importación o un destino a la exportación.

Ejemplo de tránsito aduanero destinado a la importación:

ADUANA DE PARTIDA ADUANA DE ENTRADA ADUANA DESTINO

MIAMI  LA GUAIRA  PUERTO CABELLO

Transito Internacional

Es tránsito internacional cuando en el territorio nacional solamente se efectúa el paso de las mercancías, quiere decir, que la operación o se inicia ni termina en el país.

Ejemplo de transito internacional:

ADUANA DE PARTIDA ADUANA DE PASO ADUANA DE DESTINO

BOGOTÁ  BARQUISIMETO  NEW YORK

Aplicabilidad de la Norma Aduanera:

Objeto: La Norma Aduanera tiene por finalidad intervenir, facilitar y controlar la entrada, permanencia y salida del territorio nacional, de mercancías objeto de tráfico internacional y de los medios de transporte que las conduzcan, con el propósito de determinar y aplicar el régimen jurídico al cual dichas mercancías estén sometidas, así como la supervisión de bienes inmuebles cuando razones de interés y control fiscal lo justifiquen.

Potestad Aduanera: Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos y medios de transporte que realicen trafico internacional, así como las mercancías que contengan, autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes, en general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional (Art. 7 de la LOA.)

Sujeto: La organización, el funcionamiento, el control y el régimen del servicio aduanero competen al Presidente de la República, en Consejo de Ministros, al Ministerio de Hacienda y al Jefe de la Administración Aduanera.

1- Presidente de la República en Consejo de Ministros: Le corresponden:

a) Crear y eliminar aduanas, otorgarles carácter de principales y subalternas, habitarlas y delimitar sus circunscripciones.

b) Promulgar el Arancel de Aduanas.

c) Crear Zonas, Puertos o Almacenes libres o francos.

d) Reglamentar los Almacenes aduaneros.

e) Fijar las tasas y determinar las cantidades que deban pagar los usuarios de los servicios que presten la Administración Aduanera.

f) Aumentar hasta el límite máximo previsto en la LOA y rebajar o suprimir los gravámenes de importación, exportación o tránsito, para todas o algunas de las mercancías originarias, procedentes o destinadas a determinado país, países o personas.

g) Gravar hasta el límite máximo previsto en esta Ley a todas o algunas de las mercancías, cuando aquéllas estén calificadas como de importación, exportación o tránsito no gravado.

h) Crear zonas de vigilancia y delimitar su ámbito geográfico.

i) Establecer, mediante reglamento las causales de suspensión de las autorizaciones para actuar como Agente de Aduanas.

2- Ministro de Hacienda: Le corresponde:

a) Ejercer la máxima autoridad sobre los funcionarios de la Administración Aduanera, incluso los del Resguardo Aduanero Nacional.

b) Organizar los servicios de control, fiscalización y resguardo de la Administración Aduanera.

c)

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