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Acta constitutiva de sociedad cooperativa


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2023  •  Informe  •  1.996 Palabras (8 Páginas)  •  144 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD COOPERATIVA [pic 4]

 

I. TIPO DE SOCIEDAD: Sociedad cooperativa II. DENOMINACION: Smile S.C

III- DURACION. Indefinido.

  1. CAPITAL SOCIAL: La capital social de la sociedad estará constituida por donaciones y aportaciones de los socios. Para ello se contará para el inicio de nuestra sociedad $20,500,000.00 pesos mexicanos, edificio donado por un socio valorado en $3,578,000.00 pesos mexicanos que fungirá como cede de nuestra sociedad ubicado en Blvd. Smile Manor entre Todos Santos y Santiago #5573, Colonia Centro, CP: 23020 La Paz Baja California Sur. También de 2 camionetas Nissan Frontier valuados en $1,325,025.00 pesos mexicanos.
  2. FONDO DE RESERVA: El fondo de reserva constituirá del 20% de los rendimientos que se obtenga del ejercicio y de la capital social. Este fondo será afectado en el caso de que se requiera disponer de el para afronta perdidas o para restituir la capital de trabajo.

FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL: Se buscará recaudar y destinar para este fondo un 15% de los rendimientos que se obtenga del ejercicio, en caso de emergencia y no se cuenta con los recursos suficientes para afrontarlo se podrá utilizar parte del fondo de reserva.

FONDO EDUCACIÓN COOPERATIVA: se destinará el 5% de los excedentes netos mensuales para este fondo.

  1. OBJETO: El objetivo de nuestra sociedad es apoyar a las familias y los niños con cáncer brindándoles mejores opciones económicas para ayudarlo en la adquisición y pago de sus medicamentos, traslados, estudios médicos y para sus terapias, también como programas para la concientización del cáncer infantil, esto para que la sociedad exprese y brinde apoyo a los niños, adolescentes con cáncer, los supervivientes como también de sus familias. Se espera que con esto podamos ayudar a mejorar sus condiciones de vida. Esto mediante recaudaciones y donaciones, como venta de merchandising y eventos de caridad.
  2. DOMICILIO SOCIAL: La sede de la sociedad está ubicada en Blvd. Smile Manor entre Todos Santos y Santiago #5573, Colonia Centro, CP: 23020 La Paz Baja California Sur.

 

 

 

  1. ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD:  
  1. Administrador único: Armenta Talamantes Andrea Yamileth, títulos: fundadora, socio y administradora general de la sociedad.

 

  1. Consejo de administración,  

Nombre del presidente: García González Henry Daniel, títulos: co fundador, socio y presidente del consejo de administración.

Nombre del secretario:   León Vázquez Rebeca Lizeth, títulos: socio y secretaria el consejo administrativo.

Nombre del tesorero: Vázquez Mora Brisa Jael, títulos: socio, tesorero en el consejo administrativo.

Otro: N/A

IX. FACULTADES DE LOS ADMINISTRADORES.

  1. Resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la sociedad cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social.
  1. Aceptación, exclusión y separación voluntaria de socios.
  2. Modificación de las bases constitutivas
  3. Aprobación de sistemas y planes de producción, trabajo, distribución, ventas y financiamiento.
  4. Aumento o disminución del patrimonio y capital social.
  5. Nombramiento y remoción, con motivo justificado, a los miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia, esto de las comisiones especiales y de los especialistas contratados.
  6. Generar informes de los consejos y de las mayorías calificadas para los acuerdos que se tomen sobre otros asuntos.
  7. Responsabilidad de los miembros de los consejos y de las comisiones, para el efecto de pedir la aplicación de las sanciones en que incurran, o efectuar la denuncia.
  8. Aplicación de sanciones disciplinarias a socios
  9. Realizar el reparto de rendimientos, excedentes y percepción de anticipos entre socios.
  1. COMISARIO: García Lerma Rebeca

 

  1. FACULTADES DEL COMISARIO
  1. Cerciorarse de la constitución y subsistencia de la garantía que exige el artículo 152, dando cuenta sin demora de cualquiera irregularidad a la Asamblea General de Accionistas

 

  1. Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un estado de la situación financiera y un estado de resultados.

 

  1. Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones que la ley les impone.

 

  1. Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentada por el Consejo de Administración a la propia Asamblea de Accionistas. Este informe deberá incluir, por lo menos:  
  1. La opinión del Comisario sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes tomando en consideración las circunstancias particulares de la sociedad.  
  2. La opinión del Comisario sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.  
  3. La opinión del comisario sobre si, como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores refleja en forma veraz y suficiente la situación financiera y los resultados de la sociedad.  
  1. Hacer que se inserten en la Orden del Día de las sesiones del Consejo de Administración y de las Asambleas de Accionistas, los puntos que crean pertinentes.
  2. Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, en caso de omisión de los Administradores y en cualquier otro caso en que lo juzguen conveniente.
  3. Asistir, con voz, pero sin voto, a todas las sesiones del Consejo de Administración, a las cuales deberán ser citados
  4. Asistir, con voz, pero sin voto, a las Asambleas de Accionistas

 

  1. En general, vigilar la gestión, conducción y ejecución de los negocios de la sociedad.

 

  1. CLAUSULA DE DIVICIÓN DE UTILIDADES.

En un primer lugar, la ley de Cooperativas estipula que se destine un 5 por ciento a una reserva legal, otro 5 por ciento al fondo de estímulo del personal y un 5 por ciento para educación cooperativa. El saldo restante se distribuye entre los socios que aportaron para capitalizarla.

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