Acta constitutiva de sociedad cooperativa
Enviado por henry199 • 22 de Noviembre de 2023 • Informe • 1.996 Palabras (8 Páginas) • 131 Visitas
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ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD COOPERATIVA [pic 4]
I. TIPO DE SOCIEDAD: Sociedad cooperativa II. DENOMINACION: Smile S.C
III- DURACION. Indefinido.
- CAPITAL SOCIAL: La capital social de la sociedad estará constituida por donaciones y aportaciones de los socios. Para ello se contará para el inicio de nuestra sociedad $20,500,000.00 pesos mexicanos, edificio donado por un socio valorado en $3,578,000.00 pesos mexicanos que fungirá como cede de nuestra sociedad ubicado en Blvd. Smile Manor entre Todos Santos y Santiago #5573, Colonia Centro, CP: 23020 La Paz Baja California Sur. También de 2 camionetas Nissan Frontier valuados en $1,325,025.00 pesos mexicanos.
- FONDO DE RESERVA: El fondo de reserva constituirá del 20% de los rendimientos que se obtenga del ejercicio y de la capital social. Este fondo será afectado en el caso de que se requiera disponer de el para afronta perdidas o para restituir la capital de trabajo.
FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL: Se buscará recaudar y destinar para este fondo un 15% de los rendimientos que se obtenga del ejercicio, en caso de emergencia y no se cuenta con los recursos suficientes para afrontarlo se podrá utilizar parte del fondo de reserva.
FONDO EDUCACIÓN COOPERATIVA: se destinará el 5% de los excedentes netos mensuales para este fondo.
- OBJETO: El objetivo de nuestra sociedad es apoyar a las familias y los niños con cáncer brindándoles mejores opciones económicas para ayudarlo en la adquisición y pago de sus medicamentos, traslados, estudios médicos y para sus terapias, también como programas para la concientización del cáncer infantil, esto para que la sociedad exprese y brinde apoyo a los niños, adolescentes con cáncer, los supervivientes como también de sus familias. Se espera que con esto podamos ayudar a mejorar sus condiciones de vida. Esto mediante recaudaciones y donaciones, como venta de merchandising y eventos de caridad.
- DOMICILIO SOCIAL: La sede de la sociedad está ubicada en Blvd. Smile Manor entre Todos Santos y Santiago #5573, Colonia Centro, CP: 23020 La Paz Baja California Sur.
- ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD:
- Administrador único: Armenta Talamantes Andrea Yamileth, títulos: fundadora, socio y administradora general de la sociedad.
- Consejo de administración,
Nombre del presidente: García González Henry Daniel, títulos: co fundador, socio y presidente del consejo de administración.
Nombre del secretario: León Vázquez Rebeca Lizeth, títulos: socio y secretaria el consejo administrativo.
Nombre del tesorero: Vázquez Mora Brisa Jael, títulos: socio, tesorero en el consejo administrativo.
Otro: N/A
IX. FACULTADES DE LOS ADMINISTRADORES.
- Resolverá todos los negocios y problemas de importancia para la sociedad cooperativa y establecerá las reglas generales que deben normar el funcionamiento social.
- Aceptación, exclusión y separación voluntaria de socios.
- Modificación de las bases constitutivas
- Aprobación de sistemas y planes de producción, trabajo, distribución, ventas y financiamiento.
- Aumento o disminución del patrimonio y capital social.
- Nombramiento y remoción, con motivo justificado, a los miembros del Consejo de Administración y de Vigilancia, esto de las comisiones especiales y de los especialistas contratados.
- Generar informes de los consejos y de las mayorías calificadas para los acuerdos que se tomen sobre otros asuntos.
- Responsabilidad de los miembros de los consejos y de las comisiones, para el efecto de pedir la aplicación de las sanciones en que incurran, o efectuar la denuncia.
- Aplicación de sanciones disciplinarias a socios
- Realizar el reparto de rendimientos, excedentes y percepción de anticipos entre socios.
- COMISARIO: García Lerma Rebeca
- FACULTADES DEL COMISARIO
- Cerciorarse de la constitución y subsistencia de la garantía que exige el artículo 152, dando cuenta sin demora de cualquiera irregularidad a la Asamblea General de Accionistas
- Exigir a los administradores una información mensual que incluya por lo menos un estado de la situación financiera y un estado de resultados.
- Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones que la ley les impone.
- Rendir anualmente a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentada por el Consejo de Administración a la propia Asamblea de Accionistas. Este informe deberá incluir, por lo menos:
- La opinión del Comisario sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes tomando en consideración las circunstancias particulares de la sociedad.
- La opinión del Comisario sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.
- La opinión del comisario sobre si, como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores refleja en forma veraz y suficiente la situación financiera y los resultados de la sociedad.
- Hacer que se inserten en la Orden del Día de las sesiones del Consejo de Administración y de las Asambleas de Accionistas, los puntos que crean pertinentes.
- Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, en caso de omisión de los Administradores y en cualquier otro caso en que lo juzguen conveniente.
- Asistir, con voz, pero sin voto, a todas las sesiones del Consejo de Administración, a las cuales deberán ser citados
- Asistir, con voz, pero sin voto, a las Asambleas de Accionistas
- En general, vigilar la gestión, conducción y ejecución de los negocios de la sociedad.
- CLAUSULA DE DIVICIÓN DE UTILIDADES.
En un primer lugar, la ley de Cooperativas estipula que se destine un 5 por ciento a una reserva legal, otro 5 por ciento al fondo de estímulo del personal y un 5 por ciento para educación cooperativa. El saldo restante se distribuye entre los socios que aportaron para capitalizarla.
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