Administración Pública Municipal.El municipio de Zacatecas
Enviado por MCD. Cristóbal Miranda Ortiz • 30 de Marzo de 2023 • Ensayo • 11.155 Palabras (45 Páginas) • 55 Visitas
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Índice
Introducción……………………………………………………………..…..2
Capítulo I: El municipio mexicano………………………………………..3
- Debates en el constituyente……………………………………..5
- Tendencias……………………………………………………….11
- La visión economicista………………………………………………11
- Actividad Política y participación ciudadana……………………...11
Capítulo II: El municipio Zacatecano……………………………………..20
2.1 Constitución Política del Estado de Zacatecas……………………….20
2.2 Ley Orgánica del Municipio…………………………………………….27
Capítulo III: El municipio de Zacatecas……………………………………….40
3.1 Fundación…………………………………………………………………..40
3.2 Ubicación…………………………………………………………………..40
3.2.1 Comunidades que lo integran…………………………………………..40
Conclusiones y Propuestas……………………………………………………..42
Bibliografía………………………………………………………………………43
Introducción
Es común la realización de trabajos en materias penal, civil, laboral, entre otras, pero ocasionalmente se realizan trabajos sobre el municipio y particularmente sobre el municipio de donde sé es originario.
La mayor parte de este equipo nació y se crio en el municipio de Zacatecas, y como ciudadanos del mismo nos interesa conocer más sobre la municipalidad en la que residimos, sobre todo nos interesa el aspecto jurídico de dicho municipio, ya que es la materia que nos compete.
Saber si cuenta con Bando de Policía y Buen Gobierno, así como su Reglamento Interior, sobre el ayuntamiento, sus autoridades municipales, su fundación entre otros aspectos; creemos que conociendo nuestra realidad sociológica, jurídica y política podremos hacer algo para mejorar la misma.
Además, hemos notado que, a pesar de ser la capital de nuestro estado, a la mayor parte de los municipios, con este incluido, se les mantiene rezagados y un tanto marginados, aunque no es comparable cuando se trata de municipios rurales, creemos firmemente que esto no debería ser así, ya que el municipio es la célula socio-política del país, porque es en el dónde en primera instancia se manifiestan los problemas económicos, políticos y sociales.
El presente trabajo no pretende más que hacer un breve análisis del artículo 115 constitucional, y a su vez ver la aplicabilidad de dicho artículo con respecto al municipio de Zacatecas, así como la Constitución del Estado Soberano de Zacatecas, y analizar sus particularidades conforme al municipio que es la capital del Estado.
El municipio mexicano
Hablar del municipio mexicano implica que lo contextualicemos como el primer contacto de los ciudadanos con el poder estatal; requiere reconocerlo como el gobierno de los vecinos, el órgano que se preocupa fundamentalmente por las soluciones que plantean sus problemas concretos.
“El municipio mexicano tuvo su origen cuando Hernán Cortés fundó con cabildo propio la Villa Rica de Veracruz el 22 de abril de 1519. Con la creación del primer municipio de América continental, Cortés encontró el subterfugio legal para iniciar la conquista; de tal forma que el municipio naciente le otorgó los cargos de Capitán General y Justicia Mayor que, en ausencia del Rey, le dieron la representación de los intereses de la Corona Española”[1]
Puede considerarse este el primer antecedente democrático, del municipio como institución, ya que en el municipio es donde se da el contacto más estrecho entre gobernante y gobernados.
En la Nueva España, los ayuntamientos fueron prácticamente la única representación del pueblo, principalmente con los llamados alcaldes ordinarios que se conservaron siempre de elección popular, sin embargo, con gran frecuencia, los oficios concejiles eran subastados al mejor postor para aumentar la riqueza de la Corona Española.
La Constitución de Cádiz de 1812, de efímera vigencia, fue el primer ordenamiento que reglamentó con mayor precisión al municipio, dedicándole varios artículos de su texto.[2]
Las constituciones federales de 1824 y 1857, en formas muy generales reglamentaron con respecto al municipio como materia de competencia estrictamente local. No obstante, es el artículo 109 de la Constitución de 1857 el precedente inmediato del 115 de la Constitución Política de 1917.
“Las Constituciones federalistas olvidaron la existencia de los municipios y fueron las constituciones centralistas y los gobiernos conservadores los que se preocuparon por organizarlos y darles vida”.[3]
Durante el Porfiriato, los municipios como organización política, se degradaron hasta llegar a ser instituciones totalmente sometidas al poder de los gobernadores, y estos a su vez se encontraban sometidos drásticamente al poder de Porfirio Diaz.
Las jefaturas políticas o prefecturas, originadas desde la Constitución de Cádiz, fueron el instrumento directo el tiránico control del ayuntamiento, y por consecuencia, uno de los principales postulados de los líderes revolucionarios fue la supresión de las jefaturas políticas y el reconocimiento del municipio libre.
El programa del Partido Liberal de los hermanos Flores Magón, en 1906, Francisco I. Madero con el Plan de San Luis de 1910; fueron algunos de los líderes y jefes del movimiento armado de 1910, quienes proclamaban la supresión de las jefaturas políticas y el reconocimiento del municipio libre. Al igual que Venustiano Carranza estableció esto postulado en su Plan de Guadalupe de 1914.[4]
El proyecto de Carranza al referirse al municipio, únicamente especificaba que este sería la base de la división territorial de los Estados y que no existirían autoridades intermedias entre el propio municipio y el gobierno del Estado, mas nada reglamentaba respecto de la hacienda municipal.
Los proyectos de ley con fundamento en la reforma de 1914 fueron diecinueve, cinco de ellos trataron sobre las cuestiones, estos son los que son de nuestro interés y están numerados a continuación:
- Ley que faculta a los ayuntamientos para establecer oficinas, mercados y cementerios.
- Ley Orgánica del artículo 109 de la Constitución de la República, consagrando el Municipio Libre.
- Ley que faculta a los ayuntamientos para la expropiación de los terrenos que establecen escuelas, mercados y cementerios.
- Ley sobre organización municipal en el Distrito Federal, territorios de Tepic y Baja California.
- Ley sobre procedimientos para la expropiación de bienes por los ayuntamientos de la República para la instalación de escuelas, cementerios, mercados, y otros
El 26 de diciembre de 1914 se expidió un decreto sobre la libertad municipal, que es antecedente del artículo 115 constitucional.
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