Análisis de la Constitución de Nuevo León reformada
Enviado por Dememe • 20 de Abril de 2023 • Ensayo • 2.274 Palabras (10 Páginas) • 109 Visitas
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Ensayo
“Análisis de la Constitución de Nuevo León reformada”
Derecho Constitucional
Prof. Edgar Evel Sandoval Tamez
Universidad Autónoma de Nuevo León
Facultad de Derecho y Criminología
Monterrey, Nuevo León
21/octubre/2022
Juan Pablo Noriega Tye
2132428
Grupo: 06P
Análisis de la Nueva Constitución de 1/oct/2022
Nuevo León, como cualquier otra entidad federativa de los Estados Unidos Mexicanos, tiene su propia Constitución Política, y este ensayo trata sobre dicha norma fundamental, y especialmente de la reforma integral a la que se sometió el día primero de octubre del año 2022.
Pero para iniciar con la reforma más actual, debemos remontarnos a la historia constitucional del estado de Nuevo León.
La primera constitución de Nuevo León, fue promulgada en 1825 (1 año después de la primera constitución del país), en ella fue la primera vez en que se declara Nuevo León como un estado libre y soberano.
Estaba conformada por 274 Artículos y XXI Títulos. Fue promulgada por el Congreso Constituyente del estado, y en cuanto a los diputados involucrados, la elección para el Primer Congreso Constituyente de Nuevo León fue el 9 de Julio de 1824 y se eligieron a los siguientes diputados:
- Dr. José Francisco Arroyo
- Dr. José María Gutiérrez.
- El Lic. Pedro Agustín Ballesteros Cosme Aramberri
- Lic. Juan Bautista Arizpe.
- Rafael de Llano.
- José María Parás.
- Juan José de la Garza.
- Antonio Crespo
- José Manuel Pérez.
- Pedro de la Garza Valdez.
Se eligieron también cuatro suplentes:
- José Andrés de Sobrevilla
- Pedro Antonio de Eznal
- José Andrés García de Evia
- Francisco Corral
Y entonces, el 1 de agosto de 1824 se instala el Primer Congreso Constituyente y Constitucional. El objetivo principal del Congreso Constituyente era el de dictar una Constitución Política para el Estado de Nuevo León.
El 5 de marzo de 1825 se promulga la primera Constitución del Estado, y se presenta en el antiguo congreso, dentro del palacio de gobierno.
Fue sancionada por los once diputados de que se componía la legislatura. Contenía tanto principios de la Constitución Federal de 1824, como la de Cádiz. Por tanto, contenía los principios de la división de poderes.
Eventualmente fue sustituida por la constitución de 1849, luego la de 1857, luego 1874, y finalmente la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, de 1917.
Esta fue publicada en el Periódico Oficial del Estado en la fecha del 16 de diciembre de 1917. Consistía de 153 artículos regulares y 8 transitorios.
Según la página web de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su sección: “Sistema de Consulta de Ordenamientos”, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León ha tenido 219 reformas, siendo la más reciente la de octubre de este año.
En el presente, se ha hecho una reforma integral a la constitución para adaptarla a necesidades actuales, pero, ¿quién reforma y crea las leyes? A continuación, lo explicaré.
El poder legislativo en Nuevo León, según el artículo 46 constitucional: se deposita en un congreso que se renovará cada 3 años. Este congreso está compuesto de 42 diputados (locales).
También Nuevo León tiene un rol en el poder legislativo federal, pues en el estado residen tanto senadores como diputados federales.
En el estado hay 3 senadores que nos representan: El Sen. Luis David Ortiz Salinas, la Sen. Indira Kempis Martínez, y el Sen. Víctor Oswaldo Fuentes Solís.
Su función es la de ser representantes electos de su estado en la toma de decisiones en asuntos como: la política exterior, los tratados internacionales, designación de embajadores, así como ratificar o proponer cambios en funcionarios de instituciones como la Secretaría de Hacienda, temas del Ejército Nacional o problemas con las limitaciones territoriales del país.
Hay 21 Diputados federales en NL y se distribuyen por Distrito o circunscripción, y por partido político.
Su función también es la de representar la voz de su estado en asuntos de legislar, es decir, presentar propuestas para reformar, crear, o eliminar leyes que sean necesarias para el beneficio de todos los ciudadanos, así mismo, vigilar los recursos públicos federales de las dependencias de gobierno, y de los 3 poderes de la unión.
El proyecto de reforma fue llevado ante el Congreso del Estado para someterlo a votación de los diputados. El principal impulsor de la reforma fue el Dr. Samuel Alejandro García Sepúlveda, el actual gobernador de Nuevo León. También el diputado Eduardo Gaona Domínguez, coordinador del partido político Movimiento Ciudadano, y en general dicho partido impulsa la reforma integral.
Se aprobó con 38 votos a favor y 2 en contra, y dichos votos en contra vinieron de diputados de morena, y la queja principal que presentaron es la falta de consulta ciudadana, esto dicho por la coordinadora de la bancada 4T.
La reforma entró en vigor a partir del 1 de octubre de 2022, día en que se publica en el Periódico Oficial del Estado. Fue reformada la constitución bajo el decreto no. 248.
La nueva Constitución vigente tiene 215 artículos, y 10 artículos transitorios (Un artículo transitorio es una disposición que rige situaciones temporales y por ello tienen una fecha de vigencia desde la creación del ordenamiento).
Tiene 8 títulos, y cada uno de ellos tiene sus propios subtemas, llamados capítulos, y algunos capítulos tienen divisiones llamadas secciones.
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