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Clase de derechos humanos


Enviado por   •  14 de Junio de 2023  •  Apuntes  •  1.478 Palabras (6 Páginas)  •  47 Visitas

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jjpenao@ut.edu.co

11 de mayo – 13 de julio – 08 de agosto

DERECHOS HUMANOS

EL derecho público solamente se puede esgrimir entre el Estado, limita el poder, siendo exigible antes funcionarios públicos, autoridades, etc., pero no entre particulares

Al utilizar un lenguaje más técnico es de difícil comprensión para el no jurista, es decir, aquellos que usan el lenguaje natural ya que supone un obstáculo al no poder comunicarlo de forma adecuada

03/30/2023

Usar la expresión derechos humanos implica que es una pretensión moral que debe ser atendida para hacer posible una vida humana digna

Primera idea que surge es de derechos naturales: Solo por ser persona tiene derechos. Estos derechos se poseen con carácter previo a su reconocimiento por parte del Estado. (No necesita reconocimiento del Estado)

Derechos morales: Son exigencias éticas y derechos que lso humanos tienen por el hecho de ser personas que deben ser recogidos y garantizados por el poder político y por el derecho positivo (necesita reconocimiento del Estado)

Dworkin entiende los derechos morales como triunfos porque se pueden hacer valer frente a cualquier derecho positivo o legal

Peces-Barba señala razones para desestimar la expresión de los derechos morales: Hablar de derechos morales puede tener bastantes complicaciones

  1. Es difícil distinguir la expresión de derechos morales del concepto de derechos naturales
  2. No se permiten diversidad de derechos, fuera de los derechos liberales
  3. Se puede presentar una confusión entre lo jurídico y lo moral

Derechos públicos subjetivos: El individuo adquiere una personalidad jurídica gracias a la atribución que le da el Estado

Clases de STATUS

  1. Status subjectionis: El individuo está sometido al Estado. Se limita a recibir las normas que emite el Estado en uso de su potestad
  2. Status libertatis: Se desarrolla a medida que se desarrolla la personalidad individual desde el punto de vista jurídico. El poder del Estado se ve limitado o no puede entrar a determinadas esferas de libertad
  3. Status civitatis: El estado reconoce al individuo la capacidad jurídica de pretender que el poder estatal actué a su favor. Puede demandar cosas al Estado
  4. Status activae civitatis: El individuo participa en el interior del Estado como un órgano del mismo.

Libertades públicas: Derechos corporativos de los gremios o de los habitantes de las ciudades  

Se crea una norma superior a las leyes, es decir, se crean los textos constitucionales los cuales realzan los derechos humanos. Cambio de un Estado legislativo a un Estado constitucionalista

Los derechos humanos son:

  1. Una pretensión moral justificada
  2. Un subsistema dentro del sistema jurídico
  3. Una realidad social

Libertad como presupuesto de los derechos humanos

Hay tres grandes categorías teniendo en común la libertad:

  • Libertad como no interferencia: Libertad negativa (puede hacer todo aquello que no esté prohibido)

El sujeto deberá estar en libertad de hacer y ser, sin intervención de otras personas o del poder estatal

Debe haber una demarcación clara entre la zona privada y la de la autoridad pública y grupos sociales” Donde el Estado puede entrar y donde no

Proclama de la revolución francesa: Definen precisamente como la posibilidad de hacer todo lo que no perjudica a los demás. Tiene relación con el art. 16 de la constitución

  • Libertad como participación política: Forma de hacer parte del estamento

Constant establece que: LA libertad como participación en el poder, como la posibilidad de participar activamente en la conformación de la voluntad general

Un sujeto que quiere y debe participar en el destino de la ciudad y del Estado

  • Libertad como liberación del hombre y de la miseria

El gran aporte del socialismo es la denuncia del estado de miseria de las personas que están en una situación precaria. Sin poder tener las necesidades básicas no hay libertad.

Tres grandes categorías de derechos

Bajo las libertades anteriores se generan tres tipos de derechos:

  • Derechos de la tradición liberal

Se protegen los siguientes bienes:

A. La seguridad de la vida frente a las amenazas externas (poder de coerción). B. EL deber del Estado de garantizar a sus ciudadanos un mínimo de seguridad para sus vidas, sus propiedades y su privacidad. El Estado solo puede limitar la libertad de aquellos individuos que han violado la ley y se han convertido en una amenaza. IUS PINIENDI (derecho penal)

  • Derechos de participación democrática

Se reconoce y se garantiza la facultad que corresponde a los ciudadanos, por el hecho de serlo, de tomar parte en la actuación o el desarrollo de la potestad gubernativa.

Pacto sobre derecho civiles y políticos se enumeran:

  1. Derechos a participar en la dirección de los asuntos públicos
  2. Votar y ser elegidos en elecciones periódicas
  3. Tener acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de su país
  • Derechos económicos y sociales

Se considera como condición indispensable para el desarrollo de una vida humana plena: En la lucha por la libertad el primer objetivo es el de asegurar a todos los miembros del cuerpo social, en especial a los menos favorecidos la posibilidad de satisfacer sus necesidades vitales mínimas.

Nuevas clases de derechos

  1. Aplicación de los derechos del hombre en general a categorías específicas de seres humanos

Se generan distintas aplicaciones de manera específica de acuerdo a las necesidades especiales ejemplo: discapacitados, de acuerdo a su sexo, edad, mujeres, etc.

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