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Convención internacional sobre los derechos del niño


Enviado por   •  14 de Junio de 2023  •  Informe  •  5.445 Palabras (22 Páginas)  •  56 Visitas

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP [pic 1]

CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL (NORMATIVAS) E INSTITUCIONES DE LA INFANCIA EN CHILE

ESTUDIANTE: Claudia Aguayo

                         Criss Montero

                         Kamila Santibáñez

MODULO: DERECHOS HUMANOS.

INDICE

Portada (1)

Índice (2)

Introducción (3)

Desarrollo

  • Convención de los derechos fundamentales de los NNA (4, 5, 6)
  • Ley de Responsabilidad penal de los NNA (6, 7, 8)
  • Institucionalidad de la infancia en chile (8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16)

Conclusión (17, 18)

Bibliografía (19)

INTRODUCCIÓN

En este informe, nos enfocaremos en la convención sobre los derechos de los NNA, explicando cada uno y enfocándonos en lo importante que se basa el hecho de tener derechos humanos que se respeten para los seres humanos y los NNA, A su vez, visualizaremos las instituciones basadas en la responsabilidad penal de la infancia en chile.

La infancia en chile a través de la historia de nuestro país ha tenido diversas reformas. Las cuales, si bien sabemos, en la actualidad los NNA han pasado a ser parte como sujetos de derechos y no como “objetos”. En la historia de nuestro país se observaron muchas torturas y maltratos que en ocasiones llegaron a ser fatales a raíz de estas acciones, asimismo, en 1912 se promulgaron las primeras leyes de protección en la infancia, las cuales, se basaron en la vulnerabilidad que afectaba a los NNA, la cual, era tanto sanitaria, como moral y también el contexto en el que vivían era precario, generando que estos incurrieran en la delincuencia a temprana edad y/o a ejercer trabajos pesados. Asimismo, existía el abandono de parte de sus padres o la venta de niños hacia empresas que renumeraba a sus tutores por esto, por lo tanto, en la década de los veinte, época de la cuestión social, se criticó la mortalidad infantil y el trabajo prematuro en los niños y así pasando los años en 1943 se fundó el primer centro de acogida para NNA en nuestro país llamado “La Ciudad del Niño”, en el que se aceptaban niños en condiciones precarias o por abandono de parte de su familia, actualmente conocemos este centro de acogida como “SENAME” (Servicio Nacional de Menores). Llegados a este punto empezaremos por ver un hecho en la historia que favoreció a los NNA, en 1989 se creó la convención de los derechos de los NNA por la ONU, en el cual, estos se basan en reconocer el papel de los niños como agentes sociales, económicos, políticos, civiles y culturales, y es elogiada ampliamente como un logro histórico para los derechos humanos, asimismo; en 1990 el Gobierno de Chile firma el acuerdo de la convención de los derechos de los NNA y así en el siglo actual XXI se modificaron las formas de crianzas, es decir, no existe el castigo violento, ni las torturas hacia los NNA.

A través del tiempo, se han creado instituciones interventoras a un mejor existir y vivir de estos niños. A continuación, observaremos y explicaremos las instituciones que velan por el bienestar de los NNA y cuál es el rol del trabajador social en estas. Y a su vez, visualizaremos los DDHH en los NNA.

DESARROLLO

CONVENCION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LOS NNA

En 1959 las Naciones Unidas aprobaron la Declaración de los Derechos del Niño que incluía diez principios. Esto supuso un gran avance, pero no era suficiente para proteger los derechos de la infancia porque legalmente no tenía carácter obligatorio. En 1978 el gobierno de Polonia presentó a las Naciones Unidas una versión provisional de una convención sobre los derechos de los niños. Tras diez años de negociaciones con gobiernos de todo el mundo, líderes religiosos, ONG y otras instituciones, se logró acordar el texto final de la Convención sobre los Derechos del Niño el 20 de noviembre de 1989, cuyo cumplimiento sería obligatorio para todos los países que la suscribieran. Se convirtió en ley en 1990, después de ser firmada y aceptada por 20 países, (entre ellos España donde entró en vigor el 5 de enero de 1991). Hoy la Convención ya ha sido aceptada por prácticamente todos los países del mundo. Desde entonces, cada 20 de noviembre se celebra en todo el mundo el Día Universal de la Infancia.

La Convención sobre los Derechos del Niño busca promover en el mundo los derechos de los niños y niñas, cambiando definitivamente la concepción de la infancia. Fue aprobada el 20 de noviembre de 1989 por la Asamblea General de Naciones Unidas. Al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que, a diferencia de los adultos, las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especiales.

Cuando un estado ratifica este tratado con la ONU, este mismo tiene que ser el encargado de comunicarlo en su país, con el fin, de erradicar los malos tratos hacia los NNA. Básicamente, la convención de los derechos de los NNA, se basa en que los observemos como un todo dentro de la sociedad, y que, a su vez, tengan el mismo respeto que una persona adulta.

Según la UNICEF estos son los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.

IDENTIDAD Y FAMILIA

  • La vida, el desarrollo, la participación y la protección.
  • Tener un nombre y una nacionalidad.
  • Saber quiénes son sus papás y a no ser separados de ellos.
  • Que el Estado garantice a sus padres la posibilidad de cumplir con sus deberes y derechos.
  • Crecer sanos física, mental y espiritualmente.
  • Que se respete su vida privada.

EXPRESARSE LIBREMENTE Y EL ACCESO A LA INFORMACIÓN

  • Tener su propia cultura, idioma y religión.
  • Pedir y difundir la información necesaria que promueva su bienestar y desarrollo como personas.
  • Que sus intereses sean lo primero a tener en cuenta en cada tema que les afecte, tanto en la escuela, como en los hospitales, ante los jueces, diputados, senadores u otras autoridades.
  • Expresarse libremente, a ser escuchados y a que su opinión sea tomada en cuenta.

PROTECCIÓN CONTRA EL ABUSO Y LA DISCRIMINACION

  • No ser discriminados por el solo hecho de ser diferentes a los demás.
  • Tener a quien recurrir en caso de que los maltraten o les hagan daño.
  • Que no se les obligue a realizar trabajos peligrosos ni actividades que afecten o entorpezcan su salud, educación y desarrollo.
  • Que nadie haga con su cuerpo cosas que no quieren

LA EDUCACIÓN

  • Aprender todo aquello que desarrolle al máximo su personalidad y capacidades intelectuales, físicas y sociales.
  • Recibir educación. La enseñanza primaria debería ser gratuita y obligatoria para todos los niños. Todos los niños deberían tener acceso a la enseñanza secundaria.

VIDA SEGURA Y SANA

  • Tener una vida digna y plena, más aún si se tiene una discapacidad física o mental.
  • Descansar, jugar y practicar deportes.
  • Vivir en un medio ambiente sano y limpio y a disfrutar del contacto con la naturaleza.
  • Participar activamente en la vida cultural de su comunidad, a través de la música, la pintura, el teatro, el cine o cualquier medio de expresión.
  • Reunirse con amigos para pensar proyectos juntos o intercambiar ideas.

ATENCIÓN ESPECIAL

  • Los niños impedidos tienen derecho a los servicios de rehabilitación, y a la educación y capacitación que los ayuden a disfrutar de una vida plena y decorosa.
  • El derecho de un trato especial en caso de privación de la libertad.

Estos derechos fundamentales, son necesarios seguirlos al pie de la letra en cada estado ratificado con las Naciones Unidas.

LEY DE PROTECCION PENAL EN LOS NNA

La ley de Responsabilidad Penal Adolescente establece un sistema de responsabilidad para los adolescentes entre 14 y 18 años que violen la ley penal. Su principal objetivo es reinsertar a los jóvenes en la sociedad a través de programas especiales.

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