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PROTECCION INTERNACIONAL DERECHOS HUMANOS


Enviado por   •  29 de Octubre de 2012  •  5.318 Palabras (22 Páginas)  •  810 Visitas

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TEMA 1. EL INDIVIDUO

1. Introducción

2. Sujetos y actores internacionales

3. La subjetividad activa del individuo

4. La subjetividad pasiva del individuo

1. INTRODUCCIÓN

Dº Internacional = Dº de la Comunidad Internacional

La sociedad internacional, grupo social amplio que incluye: las OOII, los pueblos, ONGs, entre otros.

2. SUJETOS Y ACTORES INTERNACIONALES

Existen diferencias entre sujetos y actores internacionales:

- El sujeto int.: es titular de derechos y obligaciones internacionales, que tiene la posibilidad de reclamarlos internacionalmente, en el caso de que estos sean vulnerados.

- El actor int.: es titular de derechos y obligaciones internacionales, pero no puede reclamarlos en caso de ser vulnerados. Son por ejemplo: los medios de comunicación.

¿Cómo se pueden reclamar los derechos y obligaciones internacionalmente?, en nuestra sociedad, no está permitido generalmente la fuerza. Por ello, las controversias en la actualidad se resuelven mediante medios pacíficos, como la negociación, mediación o conciliación entre otras, medios no judiciales. Pudiendo haber también judiciales, como son:

• TRIBUNAL/CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA

1. Sede: la Haya (Holanda).

2. Funciones: contenciosa, resolución de controversias jurídicas entre Estados (art. 34), lo hace a través de una sentencia que SI es obligatoria, aunque declarativa no ejecutiva. Lo que significa, que la Corte no tiene poder en caso de incumplimiento. (el Estado no la ejecuta, resultando perjudicado el otro Estado). En este caso, el estado perjudicado acude al CS de la ONU, el cual tiene poder para adoptar sanciones económicas, para que el estado infractor cumpla con los requisitos internacionales. (la sanción proviene únicamente de una OI, no de otro Estado). También función consultiva.

3. Precedente: Trib. Permanente de la Sociedad de Naciones, formado a partir del Tratado de Versalles. Cuyo principal objetivos, era el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, que fracasó con el estallido de la IIGM por lo que se decide crear posteriormente Naciones Unidas. Desaparece el Trib, Permanente de Justicia Internacional, así los asuntos que trataba esta pasan a ser tratados por el TIJ, evitando así lagunas en el DºINT.

• TRIBUNAL PENAL INTERNACIONAL

1. Sede: La Haya (Holanda). Surge con el Tratado de Roma de 1998, que entra en vigor en 2002.

2. Funciones: juzga a individuos que han cometido:

a. Genocidio

b. Crímenes de guerra

c. Crímenes contra la humanidad

d. Actos de agresión

Y por tanto se declara su responsabilidad penal internacional.

• TRIBUNAL EUROPERO DE DDHH.

1. Sede: Estrasburgo (Francia)

2. Funciones: vela por el cumplimiento de los DDHH y libertades fundamentales, contenidos en el Convenio Europeo de DDHH y libertades fundamentales (= C. de Roma, 1950.) el cual ha sido completado por 14 protocolos internaciones, todos ellos en vigor.

- Tratado: para que haya un tratado, debe concurrir unos requisitos que son:

o Que se haga entre sujetos de derecho internacional

o Que crea derechos y deberes

o Que se sustente en el derecho internacional público.

[pacto= tratado= convenio= protocolo]

- Protocolo: completa disposiciones establecidas de un tratado anterior. En este caso, la base general es el C. de Roma.

De los 14 protocolos, destacamos el nº 11: protocolo 11 (1999), fue el primer tratado internacional, que permite que nosotros podamos plantear una demanda ante el trib. Internacional. (= dar legitimación activa al individuo).

El Convenio de Roma sólo salvaguarda los derechos civiles y políticos.

Será la Carta de Turín (1966), la que recoja los derechos económicos, sociales y culturales. En 2008, surge un pacto de derechos económicos, sociales y culturales, Protocolo de 2008, no está en vigor porque no todos los Estados lo apoyan, y por lo tanto no se puede presentar una demanda contra un Estado, por un particular por la vulneración de los derechos económicos, sociales o culturales.

• TRIBUNAL INTERNACIONAL EXYUGOSLAVIA

1. Sede: la Haya

• TRIBUNAL INTERNACIONAL DE RUANDA

1. Sede: Ghana

*Estos dos tribunales, son tribunales ad.hoc que nacen para resolver las misiones de carácter masivo, que son para resolver cuestiones de carácter concreto. Precedentes lejanos, de la Corte penal Internacional.

• CORTE INTERAMERICANA

1. Sede: San José (Costa Rica)

2. Funciones: equivalente al Trib, Europeo de DDHH, en ámbito americano. Se encarga de la salvaguarda de los DDHH, consagrado en la Convención Interamericana de DDHH y libertades fundamentales. *Como europeos no podemos acceder al Trib. Internacional americano, porque se requiere ser nacional de algún estado parte.

• TRINUNAL para la defensa de los DDHH y libertad de los pueblos AFRICANOS

1. Sede: Uagadugú (Burkina Faso)

• En la región asiática no hay tribunal, porque las resoluciones no son vinculantes, y no se acogen a la DDHH´48. (se crea la DDHH por medio de una resolución de la AG de UN). Destacar que el mayor derecho que quieren los asiáticos, es el derecho a un trabajo digno más que el derecho a la vida.

La protección de los DDHH puede servir como excusa para intervenir en los asuntos internos de un país, como el caso de Libia, y en realidad no se quieren proteger los DDHH, sino que hay otros intereses como son los económicos o geoestratégicos, con la guerra de Yugoslavia fue la primera vez que el consejo de seguridad autorizó la intervención por razones humanitarias, ya que había violaciones masivas de los DDHH.

En cambio, en Ruanda que había la misma situación se actuó más tarde, porque Yugoslavia era un territorio con una posición estratégica, sobre todo para EEUU.

En el fondo, los que deciden si se interviene o no en un Estado, son los 5 Estados con derecho a veto, por ejemplo en Siria, la ONU no puede intervenir por el veto de parte de China y Rusia.

La comunidad internacional se forma de sujetos y actores. Por lo tanto, no todo lo que compone la comunidad internacional son sujetos de derecho internacional. Por ejemplo las ONGs, son actores que se crean a través de acciones de derecho interno, (ej: Amnistía internacional o Cruz Roja*). Su función principal es de hacer de “puente” entre los individuos y los estados u OOII, para hacerles llegar tanto las quejas como las pretensiones o temas de debate.

*la Cruz Roja: fundada por Henri Dunant de Ginebra, Suiza. Junto con otras personas. Crea la Cruz Roja Internacional

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