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La Asamblea General Constitutiva


Enviado por   •  17 de Octubre de 2023  •  Síntesis  •  458 Palabras (2 Páginas)  •  58 Visitas

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La Asamblea General Constitutiva se ocupará:

Verificar la existencia de la primera galería especificada en el proyecto de reglamento. Investigará y evaluará la valoración de los activos no monetarios que uno o más socios deben aportar. Los suscriptores no tienen derecho a votar sobre sus contribuciones en especie.

Considere los derechos de participación que los fundadores retienen en las ganancias. Se nombran administradores y comisionados, quienes deben cumplir sus funciones dentro del plazo que se señala en el reglamento, donde el nombramiento debe ser firmado por la sociedad.

uando los estatutos de la sociedad son aprobados en la junta general, se levantan y registran el acta y los estatutos. Todas las acciones realizadas por los fundadores de la empresa, excepto las necesarias para la constitución de la empresa, no tienen ningún efecto sobre la empresa sin la aprobación de la junta general. Son los fundadores de la empresa.

Anónimo:

 Lo previsto en el artículo 92, y Dador del contrato de constitución social. Los fundadores no pueden crear nada por sí mismos a expensas del capital social, ni durante la constitución de la empresa ni en el futuro. Cualquier acuerdo en contrario es nulo.

La participación del fundador en las ganancias no excederá del 10% anual, ni excederá de diez años después de la constitución de la empresa. Esta participación podrá realizarse pagando a los accionistas el cinco por ciento del valor de sus acciones. En reconocimiento de la membresía se emitirá un título especial denominado “Bono de Fundador” de conformidad con los siguientes términos. Los bonos de fundador no están incluidos en el capital social, ni dan derecho a participar en la gestión de la empresa después de su liquidación, ni interfieren en la gestión de la empresa. Dan derecho a recibir la ganancia expresada en el bono del participante únicamente durante el tiempo especificado en el mismo. Artículo 108: La bonificación del fundador debe ser

Incluido:

nombre, apellido, nacionalidad y domicilio del fundador;

Expresión del “Bono Fundadores” con notas

visible;

Denominación social, domicilio, duración, capital y fecha de constitución;

Descripción del número de serie de los bonos y número total de bonos emitidos;

Participación correspondiente a las primas de utilidades y el tiempo en que deben pagarse;

De acuerdo con la ley, en la demanda deberá incluirse la declaración de ciudadanía de todo comprador de bonos;

Se requiere firma manuscrita del administrador, quien firma el documento conforme a la reglamentación. Los tenedores de bonos de fundadores tienen derecho a canjear sus derechos de propiedad por otros bonos que representen diferentes niveles de participación, siempre que el nivel total de participación en los nuevos bonos sea el mismo que el nivel total de participación en los bonos canjeados. Las disposiciones de los artículos 111, 124, 126 y 127 se aplicarán a los bonos de fundadores en lo que corresponda a su naturaleza.

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