La Conciencia y objeción de conciencia
Enviado por Daniel Suarez • 17 de Junio de 2023 • Apuntes • 608 Palabras (3 Páginas) • 116 Visitas
UNIVERDIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA
Nombre: Daniel Fernando Suarez Gonzalez
Aula: 106
Tema: La Conciencia y objeción de conciencia
FORO ACADEMICO
INTRODUCCION
El presente foro manifiesta La conciencia y objeción de conciencia, estableciendo los fundamentos entre la conciencia epistemológica y conciencia moral, de acuerdo a el criterio de comportamiento profesional, identificando los conceptos en referencia y las características de estos, con el objetivo de conocer los principios deontológicos de la profesión jurídica.
DESARROLLO
Conciencia, proviene del latín cum-scientia significa con conocimiento, traducido a la voz español refiere: aceptación epistemológico y moral.
Epistemológico, expresa a darse cuenta con un representación intelectual, limitado a su accionar por su experiencia unitaria en la vivencia, siendo el único con esta capacidad de percibir en el acto sapiente. Cabe indicar en la vertiente subjetiva conduce la precepción atenta y clara de su acto; Vertiente objetiva, la intencionalidad de sus actos, reflexión individual de sus actos, de forma prerreflexiva y reflexiva; además de las estructuras de los procesos mentales o subconsciente que determina estar o no con conciencia.
Moral, manifiesta el conocimiento teórico de la práctica de acción, a través del discernimiento individual ajustando al deber o justa norma positiva, obrar con conciencia; coherencia interna del individuo en sus propios principios, actuar con conciencia; la diferencia de la dimensión teórica y practica se basa en establecer paralelismo estructurales entre la conciencia epistemológica y moral, presentan desajustes formando incoherencias en la personalidad y vista teórica donde la educación esta ligada al ecosistema familiar, social y político como desarrollo de la personalidad.
Perspectiva pedagógica, considera 3 dimensiones: precepción de los principios y evidencia de la mora; aplicación en circunstancias de discernimiento ante razones y bines; y juicio de valor sobre los actos realizados.
Ley natural, basa en deberes y derechos fundamentales del hombre para realizar un accionar experimental y jurídica para un desarrollo común bajo la trascendencia de la moral, caso contrario es un bucle peligrosos en la verdad, bien y belleza, sobre la norma que deriva y genera una voluntad, una responsabilidad compartida y objeción de conciencia pacífica aceptada.
La objeción de la conciencia determina un juicio de valor ético, no equivale a subjetividad, tendencia, gusto, habito, o deseo, sino la resistencia del individuo ante el cumplimiento de la norma cuando está en conflicto con sus convicciones, donde genera rechazo a someterse a la norma o disposición de la ley natural para la defensa de la vida.
Se caracteriza la objeción de la conciencia ejerce objeción en los principios que vulneran la dignidad humana y no considera las razones axiológicas que inciden en el comportamiento; por ser un derecho subjetivo en la resolución de conflictos mayoritarios y minoritarios, flexibilizando la norma jurídica con el fin de que la opinión publica y objetores puedan tener de forma indirecta un principio de modificación en la ley; acreditar la sinceridad de la conciencia para defender la objeción de la conciencia, tomando en cuenta la jurisprudencia no concreta limites en el derecho, pero sustenta el reconocimiento de un reinvicativo a la autonomía y reconocimiento a las competencias profesionales.
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