La naturaleza del Derecho Civil
Enviado por Baruschs Contreras • 26 de Febrero de 2024 • Apuntes • 1.821 Palabras (8 Páginas) • 33 Visitas
Actividad 1. La naturaleza del Derecho Civil
El Derecho Civil es una rama del Derecho, el cual se encarga de regular las relaciones jurídicas entre las personas privadas en diferentes ámbitos: el patrimonial, el personal y el familiar. El Derecho Civil se ha visto influenciado por dos corrientes filosóficas principales: el iuspositivismo y el iusnaturalismo.
Iuspositivismo
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Es la doctrina que sostiene que el Derecho se basa en las normas positivas creadas por el Estado, sin depender de principios morales o naturales
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Defiende la autonomía del Derecho respecto a otras ciencias sociales y la separación entre Derecho y moral
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Se caracteriza por ser formalista, legalista y positivista.
Iusnaturalismo
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Es la doctrina que sostiene que el Derecho se funda en los principios morales o naturales que son anteriores y superiores al Estado
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Defiende la existencia de un Derecho natural que es universal, inmutable y racional
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Se caracteriza por ser materialista, axiológico y normativista.
Las diferencias entre el iuspositivismo y el iusnaturalismo se pueden resumir en los siguientes aspectos: IUSPUSITIVISMO IUSNATURALISMO Origen del Derecho El Derecho proviene del Estado El Derecho proviene de la naturaleza o de Dios.
Contenido del Derecho
El Derecho se compone de normas positivas
El Derecho se compone de principios morales o naturales Validez del Derecho El Derecho es válido si cumple con los requisitos formales de producción El Derecho es válido si cumple con los requisitos materiales de justicia
Relación entre Derecho y moral
El Derecho y la moral son ámbitos separados
El Derecho y la moral son ámbitos integrados.
Función del Derecho El Derecho tiene una función reguladora de la conducta humana El Derecho tiene una función orientadora de la conducta humana.
BIBLIOGRAFÍA:
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García Máynez, E. (2008). Introducción al estudio del derecho. México: Porrúa.
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Nino, C. S. (2008). Introducción al análisis del derecho. Buenos Aires: Astrea.
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Actividad 2. Sistema jurídico mexicano y ámbitos de validez
Perspectivas de Compresión de los Sistemas Jurídicos.
Los sistemas jurídicos son el conjunto de normas, principios e instituciones que regulan la convivencia social y la resolución de conflictos. La compresión de los sistemas jurídicos consiste en analizar su estructura, funcionamiento, evolución y fundamentación. Según los autores Carlos Santiago Nino, Cáceres Nieto, Tamayo y Salmorán, existen diferentes perspectivas de compresión de los sistemas jurídicos, que se pueden clasificar en tres grandes grupos: la perspectiva formalista, la perspectiva realista y la perspectiva crítica.
La perspectiva formalista se basa en el estudio de las normas jurídicas como un sistema lógico-deductivo, que se puede aplicar de manera objetiva e imparcial a los casos concretos. Esta perspectiva enfatiza el papel de la coherencia, la certeza y la seguridad jurídica, y considera que el derecho es autónomo respecto a otros ámbitos sociales.
La perspectiva realista se centra en el estudio de las normas jurídicas como un producto histórico y social, que se ve influido por factores políticos, económicos, culturales y psicológicos. Aquí destaca el papel de la interpretación, la discrecionalidad y la indeterminación jurídica, y considera que el derecho es dependiente de otros ámbitos sociales.
La perspectiva crítica se basa en el estudio de las normas jurídicas como un instrumento de dominación y legitimación de las relaciones de poder existentes en la sociedad. Esta perspectiva cuestiona el papel de la neutralidad, la racionalidad y la justicia jurídica, considerando que el derecho es ideológico y contradictorio.
Elementos que componen al sistema jurídico
Los sistemas jurídicos se componen de los siguientes elementos:
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El lenguaje jurídico, que es el medio de expresión y comunicación de las normas y los conceptos jurídicos. El lenguaje jurídico tiene características propias, como la precisión, la coherencia, la formalidad y la técnica.
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La acción jurídica, que es el comportamiento humano orientado por las normas jurídicas. La acción jurídica puede ser de cumplimiento o de incumplimiento, y puede tener consecuencias jurídicas, como la generación de derechos y obligaciones, la imposición de sanciones o la solución de conflictos.
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La norma jurídica, que es la regla de conducta que prescribe o prohíbe ciertas acciones o estados de cosas. La norma jurídica tiene una estructura lógica, compuesta por un supuesto de hecho y una consecuencia jurídica, y una estructura jerárquica, que determina su validez y su aplicación.
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La ley jurídica, que es el acto normativo emanado del poder legislativo o de otra autoridad competente. La ley jurídica es una fuente formal del derecho, que se caracteriza por su generalidad, abstracción y obligatoriedad.
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El sistema jurídico estático, que es el conjunto de normas vigentes en un determinado momento y lugar. El sistema jurídico estático se puede describir desde una perspectiva formal o material, según se atienda a su origen o a su contenido.
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El sistema jurídico dinámico, que es el conjunto de reglas y principios que regulan el cambio y la evolución del derecho. El sistema jurídico dinámico se ocupa de cuestiones como la producción, la interpretación, la integración y la derogación de las normas jurídicas.
Bibliografía:
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Nino, C. S. (1980). Introducción al análisis del derecho. Barcelona: Ariel.
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Cáceres Nieto, E., Tamayo y Salmorán, R., & Sánchez Bringas, E. (2009). Teoría general del derecho. México: Porrúa.
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Rodríguez, J. L. (2015). Sistemas jurídicos. En Enciclopedia de Filosofía y Teoría del Derecho (Vol. 2, pp. 979-1018). México: UNAM.
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Cáceres Nieto, E. (2008). Teoría general del derecho. México: Porrúa.
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Tamayo y Salmorán, R. (2004). Teoría del
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