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Producto académico No. 2 adquisición de la propiedad


Enviado por   •  30 de Mayo de 2024  •  Examen  •  503 Palabras (3 Páginas)  •  40 Visitas

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El poseedor de un inmueble que reconoce una posesión superior a la de él, puede pretender adquirir la propiedad por prescripción adquisitiva de propiedad según lo expuesto en el Art. 950 del CC. Si o No ¿Por qué? Propón una solución.

Respecto a la pregunta planteada acerca de si el poseedor de un inmueble que reconoce una posesión superior puede pretender adquirir la propiedad por prescripción adquisitiva según lo dispuesto en el Artículo 950 del Código Civil (CC): “La propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante diez años. Se adquiere a los cinco años cuando median justo título y buena fe.” es plausible sostener una afirmativa, siempre y cuando se satisfagan los requisitos legales establecidos.

El Artículo 950 del CC establece el marco normativo para la adquisición de la propiedad por prescripción adquisitiva, conocida comúnmente como usucapión. Esta figura legal permite que un poseedor adquiera la propiedad de un inmueble mediante una posesión continua, pacífica y pública durante un período de tiempo determinado por la ley. (Guzmán, 2022)

En este contexto, el poseedor que reconoce una posesión superior puede efectivamente iniciar el proceso de usucapión según lo establecido en el mencionado artículo del CC, siempre y cuando pueda demostrar ante un Notario o Juez (en caso el proceso sea judicial) competente el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes.

Es crucial enfatizar que la posesión debe ser pública, pacífica, ininterrumpida y de buena fe para que pueda considerarse como base para la usucapión. Además, el poseedor deberá presentar pruebas fehacientes que respalden su reclamo, como documentos que demuestren la posesión continua del inmueble durante el período de tiempo requerido por la ley.

El poseedor interesado deberá proceder con diligencia en la recopilación y presentación de todas las pruebas necesarias que respalden su reclamo de adquisición de la propiedad mediante usucapión. Es crucial que todas las pruebas sean presentadas de manera exhaustiva y que estén respaldadas por la documentación adecuada.

Tanto el notario como el juez encargado del caso llevarán a cabo una evaluación rigurosa de todas las pruebas presentadas. Este proceso incluirá un análisis detallado para verificar si se han cumplido todos los requisitos legales estipulados para la adquisición de la propiedad por prescripción adquisitiva, tal como lo establece el Artículo 950 del Código Civil.

Por lo tanto, si el notario o el juez determinan que el poseedor ha cumplido con todos los criterios legales requeridos, podría emitirse un fallo favorable para la adquisición de la propiedad mediante usucapión. Este fallo estaría en concordancia con lo dispuesto en el mencionado Artículo 950 del CC, y conferiría al poseedor el derecho legalmente reconocido de propiedad sobre el inmueble en cuestión.

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