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Reglamento Municipal para el funcionamiento del Albergue Municipal


Enviado por   •  20 de Enero de 2025  •  Trabajo  •  1.025 Palabras (5 Páginas)  •  50 Visitas

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REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL ALBERGUE MUNICIPAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto del Reglamento
Este reglamento establece las normas y lineamientos para la operación, uso y administración del Albergue Municipal, con el objetivo de brindar refugio temporal, seguro y digno a personas en situación de emergencia, vulnerabilidad o necesidad extrema.

Artículo 2. Principios Rectores
El Albergue Municipal se regirá por los principios de respeto a la dignidad humana, equidad, solidaridad, inclusión y no discriminación, garantizando un trato humanitario y sin prejuicios.

Artículo 3. Ámbito de Aplicación
Este reglamento es de observancia obligatoria para todas las personas alojadas, personal operativo, administrativo y de apoyo del Albergue Municipal.

Artículo 4. Definiciones

  1. Albergue Municipal: Espacio gestionado por el Ayuntamiento para proporcionar alojamiento temporal a personas en situaciones críticas.
  2. Persona alojada: Cualquier individuo que reciba servicios del albergue.
  3. Personal del albergue: Personas encargadas de la operación, administración y supervisión del albergue.

CAPÍTULO II

DEL ACCESO Y PERMANENCIA

Artículo 5. Requisitos de Ingreso
Podrán ingresar al albergue:

  1. Personas en situación de vulnerabilidad o emergencia, como desamparo, desastres naturales, violencia o desplazamiento forzado.
  2. Personas referidas por instancias gubernamentales, organizaciones civiles o cuerpos de emergencia.

Artículo 6. Restricciones de Ingreso
No podrán ingresar:

  1. Personas que representen un riesgo para la seguridad del albergue, como aquellas con conductas violentas o bajo influencia de sustancias tóxicas.
  2. Personas que no acepten cumplir las normas establecidas.

Artículo 7. Documentación para el Ingreso

  1. Se solicitará identificación oficial, si está disponible.
  2. Se recabará información básica de la persona ingresada, incluyendo nombre, edad, contacto de emergencia y motivo de ingreso.
  3. La firma de un consentimiento para cumplir con las normas del albergue.

Artículo 8. Duración de la Estancia

  1. La estancia inicial será de hasta tres (3) días consecutivos para personas en buen estado de salud y sin impedimentos para retomar su actividad habitual.
  2. En caso de urgencia o necesidad justificada, la permanencia podrá ser extendida, previa evaluación del personal del albergue y la aprobación de las autoridades municipales competentes.
  3. Las extensiones deberán revisarse periódicamente para garantizar que continúan siendo necesarias.

Artículo 9. Obligación de Salida

  1. Las personas que hayan concluido su periodo de permanencia, o para quienes se determine que ya no requieren los servicios del albergue, deberán abandonarlo en los horarios establecidos.
  2. Las personas tendrán que firmar su salida voluntaria antes de salir del albergue municipal.
  3. El personal del albergue proporcionará orientación para facilitar una transición segura a recursos externos si es necesario.

Artículo 10. Condiciones Especiales
Las personas con condiciones médicas graves o necesidades especiales serán referidas a instituciones correspondientes para su atención.

CAPÍTULO III

DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Artículo 11. Conducta y Respeto

  1. Todos los alojados deberán mantener una conducta respetuosa hacia las demás personas y el personal del albergue.
  2. Se fomentará un ambiente de tolerancia y colaboración mutua.

Artículo 12. Uso Adecuado de las Instalaciones

  1. Las instalaciones deben ser utilizadas de manera responsable y exclusivamente para los fines designados.
  2. Las áreas comunes deben mantenerse limpias y ordenadas, y el mobiliario debe ser cuidado.

Artículo 13. Prohibiciones
Queda estrictamente prohibido:

  1. Consumir alcohol, drogas u otras sustancias prohibidas.
  2. Portar armas, objetos peligrosos o inflamables.
  3. Participar en actos violentos, discriminatorios o ilegales.
  4. Dañar las instalaciones o mobiliario.

Artículo 14. Horarios y Rutinas

  1. El horario de acceso y salida será determinado por la administración del albergue.
  2. Se establecerán rutinas diarias que incluyan horarios para alimentación, descanso y actividades, cuando aplique.

CAPÍTULO IV

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 15. Derechos de las Personas Alojadas
Las personas alojadas tendrán derecho a:

  1. Un espacio seguro, digno y limpio para su estancia.
  2. Acceso a servicios básicos, como alimentación, atención médica primaria y facilidades de higiene personal.
  3. Un trato respetuoso y sin discriminación.
  4. Recibir información clara sobre las normas y procedimientos del albergue.

Artículo 16. Protección de Datos Personales

  1. Toda la información proporcionada por las personas alojadas será tratada de manera confidencial.
  2. El albergue deberá cumplir con las disposiciones de la Ley de Protección de Datos Personales.

Artículo 17. Obligaciones de las Personas Alojadas
Las personas alojadas deberán:

  1. Cumplir con las normas del albergue.
  2. Respetar los horarios y las indicaciones del personal.
  3. Informar cualquier incidente o situación que afecte la convivencia.
  4. Participar, si es solicitado, en actividades de limpieza o mantenimiento menores.

CAPÍTULO V

DE LA SALIDA VOLUNTARIA

Artículo 18. Procedimiento de Salida Voluntaria

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