Relatoría. Facultad de Derecho y Criminología
Enviado por Alen1 • 26 de Febrero de 2023 • Ensayo • 3.800 Palabras (16 Páginas) • 63 Visitas
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Relatoría
Docente: Edna Rocío López Mata
Alumna: Judith Arletth De León Moreno
Aula: OP9/221
Mi equipo y yo empezamos a exponer sobre el tema de las Referencias Históricas de los Derechos Humanos y el primero que empezó exponiendo fue mi compañero Óscar Durante y de ahí seguimos con los demás integrantes.
Nombre del relator: Óscar Duarte
Sede: Aula OP9/221
Fecha: 01/02/2023
Hora de inicio: 1:40 Hora Final: 2:30
Lugar del evento: Facultad de Derecho y Criminología
La presentación inicio con mi compañero Óscar Durante exponiendo el tema Periodo inicial el resalto que, durante la infancia de la humanidad, conocida como la era del salvajismo y la Barbarie, no se establecieron los principios y garantías de los derechos humanos. Y que esto se debe a que en tiempos de barbarie, sobre la base de las instituciones básicas del matriarcado y el patriarcado, prevalecía y se defendía el principio básico de la desigualdad entre los derechos de las madres y los padres. El poder de una padre conquista y corrompe a una mujer hasta el punto en que tiene derecho a quitarle la vida. También resalto que en la época de la barbarie se conjugaron los proverbios, los principios y valores, otros privilegios y mayores desigualdades de diversas características entre los pueblos para instaurar la esclavitud humana. Como si el padre de familia tuviera mujer, hijos y cierto número de esclavos a su cargo, con custodia y todos los derechos de vida y muerte. Una era en la historia humana sin valores y principios básicos de derechos humanos.
Mi compañero también expuso también el tema de Los Pueblos del Oriente y en el tema el resalto que, hoy el ordenamiento jurídico ha regido a los pueblos de Oriente desde tiempos bárbaros estableciendo la esclavitud y los privilegios de ciertas clases sociales, así una persona que reconoce los derechos humanos. Gobernó principalmente sobre ciudades-estado como Siria, Babilonia, Egipto, India y China. También resalto que en un sistema de sacerdocio gobernado por una casta sacerdotal en la que existe la voluntad del monarca, el predominio se considera conferido en forma compartida, y sus facultades se ejercen por: El nombre del dios antes mencionado que impone sus propias reglas en la sociedad. Por ejemplo, en Babilonia había un sistema legal introducido por el rey Hammurabi, en la cual los aspectos jurídicos del derecho de familia, derecho penal y derecho administrativo patrimonial que fue emitido en 1753 a.C., quien estableció la esclavitud y, por lo tanto, no reconoció la libertad de los hombres, tampoco proporciona un medio para proteger las acciones de las autoridades públicas o de quienes se les oponen.
Nombre del relator: Óscar García
Sede: Aula OP9/221
Fecha: 01/02/2023
Hora de inicio: 1:40 Hora Final: 2:30
Lugar del evento: Facultad de Derecho y Criminología
Mi compañero Óscar García expuso el tema de Grecia Antigua en el cual el resalta que la ciudad-estado se conoce como Quíos, donde se fundó el primer gobierno democrático en el siglo VI. La capital, Atenas, se destacó como el pináculo del desarrollo de esta forma de gobierno y la participación de los hombres es gratuita aquí tanto en las decisiones, en la elección de gobernantes, como en la vida pública las mujeres, los jóvenes, los extranjeros y los esclavos no pueden ser ignorados.
Mi compañero también expuso el tema de Roma Antigua y resalto que las tribus Plebis formaban una organización que cumplía la función de respetar los derechos de los ciudadanos comunes, los cuales obtenían a través de formas legales de arbitraje, mediante las cuales se suspendía o efectuaba la ejecución de los actos de los derechos civiles. Los derechos reconocidos funcionan a favor de algunos usuarios gratuitos, por lo que no funcionan a favor de todos.
Nombre del relator: Mildreth García
Sede: Aula OP9/221
Fecha: 08/02/2023
Hora de inicio: 12:50 Hora Final: 2:30
Lugar del evento: Facultad de Derecho y Criminología
Mi compañera Mildreth García expuso el tema de España a lo cual ella nos resalta en el tema que España tiene una historia de reconocimiento de los derechos humanos tanto en la Edad Media como en la época moderna y que, en este período histórico de la Edad Media, se destacó el sistema legal de Argón de gran justicia y el libro de jueces. El Juez Argón es uno de los órganos judiciales que tutela los derechos del pueblo, y el Juez actúa como intermediario entre el Rey y sus súbditos, con el objeto de abolir los actos del Rey contrarios a los derechos de sus súbditos. También nos dice que el juez superior de justicia de Argón ha conocido cuatro recursos los cuales son: El recurso de manifestación, El recurso firma iuris, El recurso de aprehensión y El recurso de Merced. El Fuero juzgo o Libro de Jueces es otro órgano normativo que garantiza la seguridad jurídica de las personas.
Nombre del relator: Arletth De León
Sede: Aula OP9/221
Fecha: 08/02/2023
Hora de inicio: 12:50 Hora Final: 2:30
Lugar del evento: Facultad de Derecho y Criminología
Yo fui la que seguí después de que expuso mi compañera con el tema de los hechos históricos de Inglaterra y resalte que lo más relevante fue el desarrollo histórico de Inglaterra en la Edad Media sienta un precedente para el reconocimiento legal de los derechos individuales. Este fue originalmente el producto de una solicitud al monarca. Entre las órdenes prescriptivas dictadas se encuentran la Carta Magna, Ley de Reforma del Habeas Corpus, y el Testimonio de Derechos, Carta Magna dictada el 15 de junio de 1215, Expedida el 19 y encomendada 63 preceptos. La citada Carta Magna reconocía ciertos derechos humanos, cuya observancia estaba garantizada por la Familia Real Británica. La Enmienda de la Ley de Enmienda, que entró en vigor el 26 de mayo de 1679, es el llamado recurso judicial de hábeas corpus, que fue útil en la Inglaterra medieval como medio para salvaguardar la independencia del tránsito. Los derechos humanos establecidos en estas posiciones legales siguen destinados a regir el habeas corpus como se establece. Ley sobre la Prueba de Derechos o Prueba de los Derechos y Libertades de los Súbditos y el Establecimiento de la Sucesión al Trono, emitida en Inglaterra el 13 de febrero de 1689.
También expuse el tema de Francia y relaté que las ideas de la ley natural, la teoría política y la Revolución Francesa del siglo XVIII se combinaron para provocar cambios en la monarquía absoluta para la República Democrática Francesa, así como el reconocimiento de los derechos civiles y políticos individuales, enunciados en el testimonio de los Derechos del Hombre y El ciudadano en el año 1789. En general, las iniciativas fundamentales de derechos humanos en la teoría del derecho natural se consideran inherentes a la naturaleza humana.
En la teoría política destacaron pensadores de la Ilustración como Voltaire, enciclopedistas como Denis Diderot y D'Alambert; Además, se destacan Montesquieu y Rousseau, que abogan por una corriente crítica de censura a las empresas sociales y gobiernos despóticos y absolutistas, a partir de realidades de derechos humanos y civiles identificadas. También explique que Rousseau, en El contrato social (1762), aborda el problema de la sociedad desde una revisión de los equilibrios naturales humanos hacia la igualdad política integral igualitaria. Uno obedece como persona (súbdito) leyes vetadas por la sociedad política, y otro participa como ciudadano en la voluntad general, es decir, en una sociedad política en la que es soberano. Las personas como individuos obedecen leyes que son vetadas por sociedad política, que es una expresión de la voluntad general que puede organizar y determinar el poder soberano a través del cual los individuos pueden encontrar la independencia, la moralidad y el beneficio. Puntos que sin duda siguen teniendo un importante predominio en el reconocimiento de los derechos humanos en el actual sistema constitucional y así hasta ahora. Cosas que sin duda tienen un dominio considerable reconocimiento de los derechos humanos en el sistema constitucional vigente y más allá hasta la fecha.
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