Resumen: Sentencias solucion alterna a los conflictos
Enviado por charlesqweasd • 4 de Octubre de 2023 • Resumen • 1.081 Palabras (5 Páginas) • 62 Visitas
RESUMEN SENTENCIAS SOLUCION ALTERNA A LOS CONFLICTOS
ESTUDIANTE: JUAN ESTEBAN GRANADOS NÚÑEZ
UNIVERSIDAD LIBRE SECCIONAL SOCORRO
SOLUCION ALTERNA A LOS CONFLICTOS
DERECHO
2023
Resumen Sentencia SU 091/00:
¿Qué es una amigable composición?
Una amigable composición es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por medio del cual, dos o más partes delegan en un tercero, llamado amigable componedor, la facultad de definir, con fuerza vinculante para ellas, una controversia contractual de libre disposición. Es decir, es una forma de resolver un problema sin acudir a un juez, sino a un experto en la materia que las partes eligen de común acuerdo. La decisión del amigable componedor tiene los mismos efectos de una transacción, es decir, que pone fin al conflicto y no admite recursos. La amigable composición es un procedimiento sencillo, flexible y económico, que permite a las partes solucionar sus diferencias de manera rápida y eficaz.
La sentencia se refiere a una acción de tutela interpuesta por la Empresa de Transporte Masivo del Valle de Aburrá contra la Cámara de Comercio de Medellín y el Consorcio Hispano Alemán, por la designación de un amigable componedor para resolver una controversia contractual entre las partes.
-La ETMVA alegó que la designación del amigable componedor violaba su derecho al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, pues existía una duda sobre la vigencia de la cláusula contractual que establecía ese mecanismo, y que el juez competente debía resolver previamente esa cuestión.
La Corte Constitucional concedió el amparo solicitado por la ETMVA, como medida transitoria, y ordenó suspender el funcionamiento de la amigable composición hasta que el juez competente resolviera la controversia sobre la vía idónea para decidir los reclamos formulados por el Consorcio Hispano Alemán.
La Corte Constitucional explicó las diferencias entre la amigable composición y el arbitramento, y señaló que la primera no es una actividad pública que trasunte ejercicio de funciones administrativas o la prestación de servicio público, sino un procedimiento contractual de autocomposición que concluye en un acuerdo o convención que tiene los efectos de transacción.
La Corte considera que la acción de tutela no procede contra la Cámara de Comercio de Medellín, por ser una entidad privada que no ejerce funciones administrativas ni presta servicios públicos, y que la designación del amigable componedor fue una actividad contractual que no trasunta ejercicio de función pública.
La Corte Constitucional consideró que la puesta en marcha de la amigable composición, estando pendiente de resolver por el juez competente la petición sobre definición de la vía idónea para decidir los reclamos formulados por el Consorcio Hispano Alemán, acarreaba un perjuicio irremediable en contra de los derechos constitucionales fundamentales de la ETMVA al debido proceso y de acceso a la administración de justicia, que ameritaba, como medida transitoria, que se accediera al amparo y se adoptaran con ese carácter medidas que suspendan el funcionamiento de la amigable composición.
La Corte concede la acción de tutela de manera transitoria contra el Consorcio Hispano Alemán, por considerar que la puesta en marcha de la amigable composición, estando pendiente de resolver por el juez competente la petición sobre definición de la vía idónea para decidir los reclamos formulados por el Consorcio, acarrea un perjuicio irremediable en contra de los derechos fundamentales de la ETMVA al debido proceso y de acceso a la administración de justicia. Por lo tanto, la Corte ordena suspender el funcionamiento de la amigable composición hasta que el juez competente resuelva la cuestión prejudicial planteada por la ETMVA.
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