Derecho Internacional Y Medios De Solución De Conflictos
Enviado por dina3 • 26 de Junio de 2011 • 2.745 Palabras (11 Páginas) • 4.200 Visitas
Trabajo De Derecho Internacional Medios de Solución De Conflictos
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ALDEA INES FUGET DE PEÑA
V SEMESTRE
ESTUDIOS JURIDICOS
REALIZADO POR:
Grupo 1
Álvarez, Chelita C.I. 4.789.958
Arenas, Luz Mila C.I.4.793.978
Rodríguez, Diana C.I. 9.586.646
Miquilena, Wilfredo C.I. 3.682.117
Medina, Walsy C.I. 19.837.137
Junio Del 2011
Trabajo De Derecho Internacional Medios de Solución De Conflictos
Derecho Internacional Público tiene como función salvaguardar la paz, seguridad y el orden público internacional. Los Conflictos Internacionales son intrínsecos a la humanidad; sin embargo en la actualidad, la Diplomacia Internacional cumple parcialmente sus objetivos, porque minimiza las consecuencias (humanitarias, materiales, etc.) de éstos conflictos. En todo conflicto internacional debe agotarse los medios pacíficos diplomáticos de solución de conflictos, para evitar el enfrentamiento bélico.
Es por ello que el Derecho Internacional Público prevé formas para solucionar las controversias internacionales a través de los medios pacíficos diplomáticos (negociación, buenos oficios, mediación, investigación y conciliación); de los medios pacíficos jurídicos (arbitraje y arreglo judicial) y los medios violentos o coactivos (retorsión, ruptura de relaciones diplomáticas, represalia, bloqueo, ultimátum y la guerra) para la solución del conflicto que se presente.
Lo deseable es que cuando se presente un conflicto entre los Estados éste se resuelva conforme a los medios pacíficos de solución de conflicto.
Concepto de Conflicto Internacional
La Corte de la Haya en el caso de las concesiones Mavrommatis en Palestina en el año 1924 señaló que un conflicto "es una controversia o un desacuerdo sobre un punto de derecho o de hecho, una contradicción, una oposición de tesis jurídicas o de intereses entre dos Estados"
Se debe señalarse que para que exista un conflicto es necesario la presencia de, por lo menos, dos entes (sujetos de Derecho Internacional Público).
El interés del Derecho Internacional Público como disciplina jurídica, puede tener diversos campos de acción:
-Campo Internacional: Si el conflicto transciende las fronteras de los Estados, lo que implica la intervención de varios sujetos (Estados, Organizaciones Internacionales) en el mismo.
-Campo Interno: Sería para aquellas fricciones que se desarrollan en un solo ente sin la intervención de terceros; ocurre mucho en las guerras civiles, o cuando se sublevan las fuerzas armadas del Estado de que se trate.
Tipos de Conflictos Internacionales
• Conflictos de Orden Jurídico: Para Rousseau, estos conflictos "son aquellos en los cuales las partes están en desacuerdos sobre la aplicación o la interpretación del derecho existente.
• Conflictos de Orden Político: Concebidos como aquellos que se refieren a los conflictos de índole político, militar, diplomático, religioso, cultural que no son susceptibles de resolverse por la vía jurisdiccional, sino a través de los medios diplomáticos o políticos.
Se considera que la mayoría de los conflictos internacionales tienen matices jurídicos, políticos, económicos, sociales; por lo que pudieran utilizarse para darles solución la vía jurisdiccional, tanto para los de tipo político como los jurídicos.
En relación a esto encontramos que la Corte Internacional de Justicia, en el caso de Nicaragua Vs. Estados Unidos de América señaló:
"..... ninguna disposición del Estatuto del Reglamento contempla que la Corte debe negarse a conocer de un aspecto de una controversia, simplemente porque ella tiene otros aspectos, aunque sean importantes.
.... es probable que ocurran, por su misma naturaleza, controversias jurídicas entre estados soberanos en los contextos políticos, y a menudo forman solamente un elemento en una controversia política más amplia y de muchos años entre los estados de que se trate. Sin embargo, nunca se había presentado la opinión de que, debido a que una controversia jurídica sometida a la Corte que tenga un aspecto político, la Corte debe negarse a resolver para las partes las cuestiones jurídicas en litigio entre ellas. Si la Corte adoptara tal opinión impondría una restricción injustificada al papel que desempeña en la solución pacífica de las controversias internacionales..."
Podemos concluir, que un mismo conflicto internacional presente diversas dimensiones, y a todas habrá que darle tratamiento en los diversos campos (jurídico, político) a fin de garantizar una verdadera solución integral al problema, no tomar esto en cuenta, podría significar un retardo en la solución del mismo, e incluso se podría perpetuar la conflictividad y no resolverse nunca, generando mayores daños a la comunidad internacional.
Derecho Internacional Público dispone de "Medios de Solución”
Como consecuencia de la gran disparidad y desequilibrio de fuerzas e intereses políticos, económicos, militares, sociales, no es difícil que se genere el desacuerdo o divergencia entre los miembros de la comunidad internacional.
Para dirimir estas fricciones internacionales; el Derecho Internacional Público dispone de "Medios de Solución”, considerados como las formas, modos y maneras que esta disciplina jurídica pone a disposición de las partes interesadas para resolver eficaz y de la mejor manera posible sus diferencias, constituyendo este tópico el eje central para el Derecho Internacional Público,
Medios Pacíficos de Solución de Conflictos Internacionales
El Derecho Internacional Público, establece los mecanismos idóneos que se deben utilizar para resolver un conflicto internacional. La doctrina internacional estudia dos tipos de medios de solución de conflictos, los medios pacíficos (diplomáticos y jurídicos) y los medios violentos.
La comunidad internacional está consciente que ante la presencia de un conflicto internacional deben agotarse los medios pacíficos de solución de conflicto y evitar el empleo de los medios violentos.
La Carta de las Naciones Unidas tiene como uno de sus propósitos y principios el arreglo pacífico de las controversias (art. 1º numeral 1 y art. 2º numeral 3) y la abstención del uso de la fuerza que ponga en peligro la paz y seguridad internacional (art. 2 numeral 4). La Carta de los Estados Americanos en el literal b del art. 2º y en los literales f y g del art. 3º. La Carta de las Naciones
...