Sistema Tributario Venezolano
Enviado por HONEYSUGAR • 3 de Mayo de 2023 • Monografía • 16.678 Palabras (67 Páginas) • 47 Visitas
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
El sistema tributario es el conjunto de normas y organismos que rigen la fiscalización, control y recaudación de los tributos de un Estado en una época o periodo determinado, en forma lógica, coherente y armónicamente relacionado entre sí. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad contributiva de los contribuyentes, de acuerdo con los principios de generalidad, progresividad, legalidad, no confiscatoriedad y la prohibición de obligaciones tributarias pagaderas con servicios personales.
Los tributos son una parte sustancial de los ingresos públicos del Estados; no obstante, para poder dar una idea más clara sobre este término, se debe aclarar primero que existe una diferencia entre lo que puede ser considerado como ingreso público y lo que es la contribución, siendo la primera todas las percepciones que recibe el Estado (tanto en efectivo, como en especie o servicio) y la otra es una parte integrante de los ingresos públicos, incluyendo en este los aportes de particulares; lo que significa en definitiva que los impuestos forman parte de las contribuciones y estas a su vez forman parte del ingreso público.
El Sistema Tributario Venezolano, ha sostenido una constante transformación significativa donde se destacan diversas reformas, debido a un esfuerzo de modernización del Estado cuyo principal objetivo fue buscar soluciones a la dificultades presentadas en el sistema de las finanzas, para lo cual surgieron una serie de políticas impositivas y de administración tributaria, que consistía en reducir drásticamente los elevados índices de evasión fiscal y consolidar un sistema de finanzas públicas, fundamentado básicamente en los impuestos derivados de la actividad productiva.
Para tales fines el sistema tributario impulsa y promueve la regulación de la actividad de los sujetos pasivos sobre aquellos impuestos que hayan sido creados para la recaudación de los ingresos que contribuyen a cumplir con las funciones propias del Estado. Es así como este sistema es ejercido por un conjunto de órganos, entre ellos, la Administración Tributaria, cuyas funciones principales son asegurar las metas de recaudación y efectuar un seguimiento continuo a los contribuyentes, suponiendo una ordenada legislación de armonización y coordinación tributaria, que permita la coexistencia y articulación entre los entes políticos territoriales con potestad tributaria propia y las distintas entidades autónomas con competencias de recaudación y control sobre los tributos.
A través de las reformas realizadas a nuestro Código Orgánico Tributario en el tiempo, el Estado en su poder de imperio busca establecer más mecanismos para que el sujeto pasivo en su carácter de deudor frente al sujeto activo en su figura de acreedor, en el contexto del entorno que genera la relación jurídico tributaria, estableciendo medidas donde se busca implementar políticas fiscales transversales en la cual el Estado puede obtener mejores ingresos y así de esta forma cubrir las necesidades que requiera el país. Donde del mismo modo se promueve una sólida base en el proceso en los cuales se quiere llegar a un equilibrio de la relación jurídico-tributaria.
Es entonces donde los procedimientos Administrativos Tributarios como mecanismos a través de los cuales la Administración Tributaria conforma su voluntad, tienen por objetivo gestionar, inspeccionar, recaudar y revisar los tributos, siendo regidos por el Código Orgánico Tributario (COT), y se lleva a cabo mediante un Acto Administrativo declarativo, constitutivo, extintivo y autorizado, sometidos al principio de legalidad administrativa y pueden iniciarse de oficio o a solicitud de los particulares.
Del mismo modo sobre las generalidades de los Procedimientos Administrativos Tributarios en la acción procesal se encuentran establecidos en el COT, en el cual se especifican Comparecencias y Representaciones para las actuaciones ante de la Administración Tributaria y también el lapso que tiene la Administración para dar repuesta de toda petición, determinando del procedimiento de perención de las solicitudes, que es cuando en el escrito recibido por la Administración Tributaria falta cualquiera de los requisitos exigidos en las leyes y demás disposiciones.
La mayoría de los hechos con relevancia tributaria, necesarios para la constatación de los elementos esenciales de la obligación tributaria, así como de la procedencia de un reintegro o una devolución de impuestos soportados, de la comisión de hechos ilícitos tributarios o de la causación de daños patrimoniales por las actuaciones u omisiones de la Administración Tributaria, constan en documentos. En un sentido muy amplio, el documento es un objeto elaborado por el hombre que puede ser aprehendido mediante el uso de los sentidos y que tiene la capacidad de hacer una representación histórica e indirecta de un hecho.
La importancia de la prueba documental en materia tributaria radica fundamentalmente en que los procedimientos de fiscalización, determinación y recaudación de los tributos así como el resto de los procedimientos administrativos tributarios se promueven y desarrollan documentalmente, en primer término porque la actividad administrativa está regida por el principio de acuerdo con el cual todas las actuaciones de los entes públicos deben constar por escrito, aunque esa constancia repose en documentos electrónicos o desmaterializados, y en segundo lugar, porque como hemos dicho, la mayoría de los hechos relevantes para fines tributarios llevados a cabo por los sujetos pasivos, constan en documentos que deben ser aportados o al menos exhibidos por éstos a la autoridad tributaria.
Puede tratarse de facturas y comprobantes de toda índole; declaraciones juradas con fines tributarios; contratos y acuerdos con implicaciones tributarias; libros de comercio (diario, mayor e inventario) libros especiales del Impuesto al Valor Agregado (compras y ventas); y en general, de cualquier clase de documento público, privado o administrativo que contenga datos trascendentes para resolver una disputa entre los justiciables y la Administración Tributaria.
En realidad, si bien las normas que establecen requisitos formales para ciertos documentos con relevancia tributaria, son necesarias y prudentes sobre todo con miras a facilitar las labores de control tributario y disuadir los intentos de simular negocios inexistentes o alterar los efectos tributarios de los efectivamente realizados, no debe olvidarse bajo ningún respecto que cuando la ley impone estas formalidades lo hace para que un documento sea capaz de demostrar de manera fehaciente e incontrovertible determinado hecho y no para impedir que la demostración de tal hecho pueda hacerse a través de otro medio de prueba legal, pertinente y conducente.
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