ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Taller N°2 Derecho tributario


Enviado por   •  5 de Junio de 2023  •  Ensayo  •  414 Palabras (2 Páginas)  •  54 Visitas

Página 1 de 2

[pic 1]

TALLER N°2 DERECHO TRIBUTARIO

NOMBRES

Ignacia Artus Meza

Bernarda Hernández Muñoz

Lucas Moraga Tapia

Yanneli Saavedra Jara

Alexandra Yáñez Morales

FECHA DE ENTREGA

06 de Junio del 2023

I.- En relación con el taller y en específico, en relación con el giro de impuestos:

1.- En caso de no estar de acuerdo con el giro de impuestos emitido por el SII, ¿Qué acciones puede realizar para impugnar la determinación del fijo?

2.- ¿Cuál es el procedimiento para poder impugnar o reclamar respecto al giro?

Para impugnar un giro emitido por el SII, el contribuyente dispondrá de 90 días contando desde que ocurrió la notificación. Acudir al departamento de tribunal fiscal correspondiente al consejo de área de servicio que se distó el acto administrativo contra el cual se interpuso la demanda o al departamento que tenga jurisdicción en el territorio donde resida el infractor, en cado de reclamo. Las declaraciones tributarias se tramitan bajo el procedimiento de reclamación o aplicación sancionadora con sujeción a la normativa aplicable al tipo de reclamación.

La notificación de la sentencia para resolver una reclamación se realizará en la forma prevista en el procedimiento de reclamación o solicitud de sanción aplicable. Para el procedimiento general de reclamación contenido en los artículos 123 a 148 del Código Tributario, el aviso de sentencia es el siguiente:

  1. Como regla general, los reclamantes serán notificados por correo certificado.
  2. En caso excepcionales, se notificará al tribunal mediante certificado cuando el tribunal ordene a petición del reclamante durante la tramitación de la demanda. Para ello, el interesado deberá fijar un domicilio en la ciudad donde se encuentra la sede de la oficina regional. Si no se cumple esta obligación, el tribunal no concederá la solicitud y la sentencia se notificará por correo certificado.
  3. Asimismo, se notificará personalmente o mediante documento cuando correos devuelva una carta certificada por cualquier causa.

3.- Ante que órgano se interpone el reclamo y que recursos proceden en caso de que no acoja su reclamación

II.- Con respecto al reevalúo de bienes raíces que se adjunta realice las siguientes acciones:

1.- Si usted estima que el revaluó notificado es excesivo, que puede realizar para impugnar el reevaluó

2.- Cual es el procedimiento que debe realizar y ante que órgano debe reclamar respecto del aumento del avalúo

III.- Elabore un supuesto respecto al cual usted desee impugnar respecto de alguna resolución del SII y utilizando el formulario que se adjunta, llene el formulario establecido cual es el motivo del reclamo y la o las solicitudes que solicitara que sean sometidas a decisión.

 

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb) pdf (64 Kb) docx (49 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com