Acuerdo de paz, convivencia escolar y comunitaria
Enviado por Felipedroedwpe • 21 de Noviembre de 2023 • Ensayo • 5.315 Palabras (22 Páginas) • 159 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
ESCUELA NACIONAL “BARLOVENTO”
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN
ZONA EDUCATIVA BRIÓN – BUROZ
ACUERDO DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR
Y
COMUNITARIA
Tacarigua, Octubre 2022
Introducción
El presente reglamente establece las directrices y las bases del funcionamiento interno del plantel en lo que respecta a los derechos y deberes a cumplir por cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa, conforme establece las disposiciones contempladas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Ley Orgánica de Educación, Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, Ley Orgánica del Trabajo, Reglamento de la Ley del Trabajo, Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente y cualquier otra disposición que no colida con la supra mencionadas. Los acuerdos de convivencia escolar son de aplicación general y de carácter obligatorio, es necesario que sean públicas, es decir del conocimiento de todas las personas que integran el Sistema Educativo, sin embargo su ignorancia no excusa de su incumplimiento y sus disposiciones no tienen efecto retroactivo. Por consiguiente, se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar que todo el personal directivo, docente, estudiantes, padres, madres o representantes, administrativo, obrero y cualquier otro tengan conocimiento de las mismas; a través de cualquier espacio de difusión tales como reuniones, talleres, asambleas, etc.
Presentación o Enfoque
La Escuela Nacional “Barlovento”, es una institución donde se imparten clases de Educación Básica, ubicada en el calvario, Parroquia Tacarigua del Municipio Brión del Estado Miranda. Enmarcado dentro del contexto educativo tiene como objetivo:
- Iniciar en el niño y niña una formación integral en cuanto a hábitos, habilidades, destrezas, actitudes y valores basados en la identidad local, regional, nacional, mediante el desarrollo de sus potencialidades y el pleno ejercicio de sus derechos con personas en formación atendiendo a la diversidad e interculturalidad.
- Que el niño y la niña desarrollen una dimensión Ético-Moral inspirada en los valores básicos para la vida y para la convivencia, en un sistema de valores dirigidos a fomentar una actitud democrática responsable, tolerante que favorezca la participación activa y solidaria en la sociedad a objeto de propiciar niveles cada vez más altos de libertad, igualdad y justicia social a través de las actividades planteadas por parte de los docentes y la incorporación de las sugerencias realizadas por los padres y representantes, niños, y niñas.
- Cultivar en el niño y la niña una convivencia ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente y de la calidad de vida para el uso racional de los recursos naturales , mediante del desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica, humanista y artística mediante el desarrollo de actividades proyectadas en el plan de acción del P.E.I.C; Los Proyectos de Aprendizajes y los Planes Especiales diseñados por los docentes de cada grado y de acuerdo a los contenidos reflejados en el sub sistema de Educación Básica.
- Desarrollar e implementar, administrar, evaluar innovaciones académicas, administrativas que incrementen el rendimiento académico y optimicen la efectividad de los recursos y los valores nacionales y regionales proyectando su acción a través del desarrollo de las artes escénicas, la música, la pintura, el folklore local, regional y nacional.
CAPÍTULO ÚNICO
CONSTRUCCIÓN COLECTIVA DE LOS ACUERDOS DE PAZ, CONVIVENCIA ESCOLAR Y COMUNITARIA.
PERSONAL DIRECTIVO
El personal directivo del plantel, debe garantizar el derecho a la educación a los niños, niñas y adolescentes; en consecuencia no podrán impedir indebidamente su inscripción o ingreso a la escuela, plantel o instituto educativo, así como su permanencia en los mismos hasta tanto no culmine el año escolar. La educación será gratuita, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento jurídico:
Son atribuciones del Director(a):
- Coordinar el trabajo del personal a su cargo.
- Intervenir en la elaboración del informe anual de actuación del personal, docente, administrativo y subalterno, en la organización, administración y supervisión de la institución.
- Organizar el control de la conservación de la planta física, del mobiliario y del material didáctico.
- Planificar las actividades del Consejo de Docentes y en otras que conlleven la participación del personal Directivo.
- Velar por el estricto cumplimiento de los deberes y derechos del personal del plantel.
- Supervisar y controlar la asistencia, solicitudes de licencias, puntualidad y desempeño del personal que labora en el plantel, así como los trámites administrativos que de ellos procedan.
- Supervisar y controlar todas las dependencias internas del plantel y otras que imponga la Ley.
- Organizar las asambleas de padres y representantes y cumplir con los compromisos que en ella se asuman.
- Recibir y entregar bajo minucioso control de inventario el material de enseñanza, los muebles, libros, archivos y demás pertenencias de la institución, así como la conservación de la estructura de la planta física en el que se encuentra.
- Celebrar periódicamente asambleas generales (padres, madres, representantes y responsables), para enterarlos del funcionamiento del plantel e instruirlos sobre la colaboración específica que deben prestar a la labor educativa.
- Conocer la administración e inversión del presupuesto y demás fondos de la
Institución.
- Dar cumplimiento a otras disposiciones señaladas en la Ley Orgánica de Educación, en sus reglamentos y en las Normas de Convivencia establecidas por el plantel.
- el rendimiento de los y las estudiantes garantizando la eficiencia del proceso educativo.
- Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos no renovables del planeta.
SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA:
Son atribuciones del Subdirector(a):
- Planificar los lineamientos en materia política y educativa, emanados de la Dirección y el Consejo Directivo.
- Elaborar el plan anual de la Subdirección conjuntamente con el Consejo Directivo y los Coordinadores de departamentos.
- Ajustar la planificación de acuerdo con las circunstancias (flexibilidad).
- Convocar a reuniones a los docentes y coordinadores de asignaturas.
- Asesorar a la Dirección del plantel en todo lo relacionado con la formación y capacitación profesional.
- Gestionar ante los organismos públicos y privados, la participación de los docentes en cursos, seminarios, talleres, entre otros relacionados con la capacitación docente que estos impartirán.
- Coordinar el desarrollo de la programación de las diferentes unidades, dependencias bajo su cargo para el logro de los objetivos trazados.
- Establecer los mecanismos de control y orientación de la labor educativa.
- Verificar la continuidad programática de las asignaturas.
- Orientar y supervisar al personal docente, administrativo y obrero.
- Elaborar inventario con la colaboración de los jefes del Departamento.
- Evaluar el plan de actividades a realizar durante el lapso académico.
COODINACIÓN:
Las coordinaciones son el órgano asesor inmediato de los docentes. Está conformado por docente en función de coordinador, la comunicación permanente de los miembros de esta coordinación con el equipo directivo es imprescindible para mantener y proyectar las relaciones entre el personal docente y lograr así un desarrollo armónico y verdadero del proyecto educativo del plantel.
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