Como se Enuncia los sujetos que conforman la obligación real y ¿cuál es el objeto?
Enviado por fernova001 • 19 de Octubre de 2015 • Reseña • 777 Palabras (4 Páginas) • 257 Visitas
1. Enuncie los sujetos que conforman la obligación real y ¿cuál es el objeto?
R= Sujeto activo (Titular) = Es la persona en quien por provocarse la conjunción del derecho en ella adquiere el derecho real.
Sujeto pasivo (deudor)= Esta constituido por la sociedad total la cual debe respetar el ejercicio del derecho.
El objeto es la cosa sobre la cual se establece la relación inmediata por lo la sociedad o comunidad toda queda obligada a respetar su ejercicio.
Por lo cual se podria decir que derecho real es la relación jurídica entre la persona y la cosa.
2. Enuncie los sujetos que conforman la obligación personal y ¿cuál es el objeto?
R= Acreedor (Sujeto activo): Tiene derecho a exigir una conducta determinada de la otra.
Deudor (Sujeto pasivo): Ha de sufrir la reclamación del acreedor, debe cumplir cuanto debe.
El objeto es la prestación misma que debe hacer el deudor a favor del acreedor que colocan al deudor en la necesidad de dar, hacer o no hacer una sola cosa. Un ejemplo seria dar una suma de dinero, entregar un carro, abstenerse de abrir un establecimiento una tienda, etc...
3. Explique en ¿qué consiste la prestación de dar? Funde su respuesta, puede ser de conformidad con el Código Civil para el Distrito Federal o con el Código Civil para el Estado de México.
R= CCDF Articulo 2011. La prestación de cosa puede consistir:
I. En la traslación de dominio de cosa cierta;
II. En la entrega temporal del uso y/o goce de cosa cierta;
III. En la restitución de cosa ajena o pago de cosa debida.
De acuerdo al articulo anterior dice que la prestación de dar puede consistir en el traslado del dominio de una cosa cierta o en la enajenación temporal de su uso y goce, o en la restitución de un objeto ajeno, o en el pago de la cosa que se debe.
4. Explique en ¿qué consiste la prestación de hacer? Funde su respuesta, puede ser de conformidad con el Código Civil para el Distrito Federal o con el Código Civil para el Estado de México.
R=CCDF Articulo 2027.- Si el obligado a prestar un hecho, no lo hiciere, el acreedor tiene derecho de pedir que a costa de aquel se ejecute por otro, cuando la substitución sea posible.
Esto mismo se observará si no lo hiciere de la manera convenida. En este caso el acreedor podrá́ pedir que se deshaga lo mal hecho.
Podría definirlo como que son las que cuyo objeto consiste en realizar alguna acción a favor del acreedor la prestación de un servicio y las que tienen por objeto la entrega de una cosa, como la que debe hacer el arrendador al arrendatario o el depositario al depositante, el abogado que debe defender a su cliente o el maestro que debe enseñar a sus alumnos, etc…
5. Explique en ¿qué consiste la abstención de no hacer? Funde su respuesta, puede ser de conformidad con el Código Civil para el Distrito Federal o con el Código Civil para el Estado de México.
...