Cual es el Poder, violencia y conflicto
Enviado por ANABELEN13 • 12 de Junio de 2017 • Ensayo • 1.467 Palabras (6 Páginas) • 206 Visitas
TEMA: Violencia, poder, conflicto y derecho penal.
Existe alrededor de los tiempos una relación directa e irrevocable entre la existencia de violencia dentro del conglomerado humano como nación, y el desarrollo jurídico de las grandes instituciones del Derecho, incluido el penal. Parecería pues, que una de las grandes fundamentaciones para la existencia del Estado, es justamente, la violencia programática en la que vivía el hombre. Rousseau decía que el amor del bienestar es el único móvil de las acciones humanas, pudo distinguir las raras ocasiones en que, por interés común, debía contar con la ayuda de sus semejantes, y aquellas otras, más raras aún, en que la concurrencia debía hacerle desconfiar de ellos.[1] Cuando se habla del Estado de naturaleza, se habla por excelencia del momento histórico donde, no existen ninguna regulación ética, moral o peor jurídica; la ley del más fuerte como una ley natural era la única que regía.
Así, el ser humano en su necesidad imperante de regular sus relaciones entre iguales crea el derecho, o más bien dicho las leyes y la ciencia jurídica, donde se encamina su objeto a regulación de la conducta humana según las disposiciones de la sociedad, recordemos que el jurista estudia el sentido del hecho aquí y ahora. Este sentido es un deber ser, un deber hacer de un hombre en relación a otro (…) sentido precisado y fijado en definitiva por la comunidad, la que no sólo se expresa en términos genéricos, sino que también individualiza sus juicios, por intermedio de órganos adecuados, en los casos particulares ocurrentes (…)[2]. Sin embargo recordemos que existe un acuerdo fundamental previo al derecho, una necesidad de asociación en defensa colectiva que permita el igual ejercicio de derechos, iguales protecciones de la violencia y la regulación de una vida en sociedad más vivible, así en este mismo acto de asociación convierte al instante la persona particular de cada contratante en un cuerpo moral y colectivo, compuesto de tantos miembros como voces tiene la asamblea; cuyo cuerpo recibe del mismo acto su unidad, su ser común, su vida y su voluntad. Esta persona pública, que se constituye como producto de la unión de todas las otras, recibía antiguamente el nombre de Civitas (4), y ahora el de República o de Cuerpo Político, denominándosela Estado cuando es pasivo, soberano cuando es activo, y potencia cuando es comparada con sus semejantes[3].
A tal Contrato Social que hemos todos cedido nuestras libertades a un ente inexistente físicamente que nos protege del abuso del más fuerte por las leyes de la naturaleza, responde obviamente el Derecho Penal; herramienta ineludible de las sociedades modernas.
El Derecho Penal como rama del Derecho que cumple una doble finalidad: amparar determinados bienes de la vida de la comunidad, tales como la existencia del Estado, la vida, la salud, la libertad, la propiedad, etc. (los llamados bienes jurídicos) y (…) fijando pena a los actos que se apartan realmente de un actuar conforme al derecho, ampara, al mismo tiempo, los bienes jurídicos, sancionando el disvalor del acto correlativo; así, asegurando la fidelidad para con el Estado, protege al Estado; asegurando el respeto por la personalidad humana, protege la vida, la salud, el honor del prójimo; con la honradez, el respeto a La propiedad ajena, etc. pena a la traición y a la alta traición, ampara la existencia del Estado; con la pena para el perjurio, asegura la verdad de la prueba; etc[4].
Podría decirse entonces que el derecho penal responde al Contrato Social, es decir; dentro de las prerrogativas que establecemos para el accionar del Estado, se encuentran aquellos principios que son considerados por la sociedad como injustos, ilegítimos, por lo que concede al Estado la facultad de, en pro de mantener la falsa quietud que se ha creado con la existencia de este ente jurídico, proteger a los individuos de actos que menoscaben, mermen o embaracen el goce y ejercicio de sus derechos durante su vida cotidiana.
Por lo cual encontramos la relación directa entre la violencia programática dentro de primero la justificación en la existencia del Estado; y después del fin del derecho penal que es justamente la rectificación de la existencia del Contrato Social frente a actos que lesionen derechos, y nieguen el acuerdo fundamental.
A esta capacidad del Derecho Penal de sancionar a quienes incurran en una de las acciones consideradas como prohibidas por la comunidad social se lo denominará como poder, poder punitivo o ius punendi comprendiendo a tal derecho como la facultad o potestad del Estado de exigir bajo castigo el realizar o no ciertos actos considerados destructivos del orden social vigente[5] regulada también por el conjunto de normas expedidas por el órgano legislativo del Estado, a través de las cuales se regula el ejercicio del ius punendi, estableciendo delitos y sus penas correspondientes[6].
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