Conceptos.
Enviado por fayucos • 5 de Febrero de 2015 • 369 Palabras (2 Páginas) • 229 Visitas
Teoría del delito.
Nombre: Alejandro Briones Sinecio.
Actividad: Wiki.
Homicidio: es la privación de la vida de una persona causada por otra u otras personas.
Delito: es una acción u omisión típicamente antijurídica, imputable, culpable y punible.
Quien es el sujeto activo de la acción: el inculpado.
Que es comparecencia: es una medida provisional personal que presume una mínima constricción posible de la libertad personal.
Sentencia: es la resolución final que se dicta en un procedimiento judicial.
Prueba: es la demostración de la verdad de una afirmación, de la existencia de una cosa o de la realidad de un hecho.
Perito: es el especialista conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio.
El indulto: es por el ejecutivo, presidente de la república.
Culpabilidad: consiste en la desaprobación que merece la conducta de una persona por haber obrado diferente a lo que establece el derecho.
Lesiones graves: los que pone en peligro inminente la vida de la victima; los que mutilan un miembro u órgano principal de cuerpo; los que infiere cualquier otro daño a la integridad corTeoría del delito.
Nombre: Alejandro Briones Sinecio.
Actividad: Wiki.
Homicidio: es la privación de la vida de una persona causada por otra u otras personas.
Delito: es una acción u omisión típicamente antijurídica, imputable, culpable y punible.
Quien es el sujeto activo de la acción: el inculpado.
Que es comparecencia: es una medida provisional personal que presume una mínima constricción posible de la libertad personal.
Sentencia: es la resolución final que se dicta en un procedimiento judicial.
Prueba: es la demostración de la verdad de una afirmación, de la existencia de una cosa o de la realidad de un hecho.
Perito: es el especialista conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio.
El indulto: es por el ejecutivo, presidente de la república.
Culpabilidad: consiste en la desaprobación que merece la conducta de una persona por haber obrado diferente a lo que establece el derecho.
Lesiones graves: los que pone en peligro inminente la vida de la victima; los que mutilan un miembro u órgano principal de cuerpo; los que infiere cualquier otro daño a la integridad corporal.
Lesiones leves: el que causa daño y requiere asistencia médica, cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión.
poral.
Lesiones leves: el que causa daño y requiere asistencia médica, cuando la víctima muere a consecuencia de la lesión.
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