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Cumplimiento De Obligaciones


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  211 Visitas

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TEMA 5. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES

CONCEPTO

El cumplimiento de la obligación es también denominado en doctrina pago de la obligación. En este sentido, el pago de la obligación no consiste solamente en la transferencia de una suma de dinero del deudor al acreedor, ello no es más que el pago de un determinado tipo de obligaciones, aquellas que tienen por objeto una suma de dinero- sino en la ejecución de la obligación asumida.

FUNDAMENTO LEGAL

El cumplimiento de la obligación está regido por el artículo 1264 del Código Civil que enuncia el principio general en esa materia.

"Las obligaciones deben cumplirse exactamente como han sido contraídas. El deudor es responsable de daños y perjuicios, en caso de contravención."

MODOS GENERALES DE REALIZAR EL CUMPLIMIENTO:

EN ESPECIE

La ejecución en especie consiste en la ejecución de la obligación exactamente como se ha contraído. La prestación se cumple en el terreno de la realidad del mismo modo y forma como se contrajo.

Principios que rigen el cumplimiento o ejecución en especie.

La doctrina ha estructurado dos principios básicos en materia de ejecución en especie:

a) Principio de identidad: El cumplimiento debe ser idéntico a la prestación pactada y por lo tanto el deudor no puede ejecutar una prestación diferente a la prometida, aun cuando aquella prestación sea equivalente o mayor que ésta y aun cuando satisfaga igual o mejor al acreedor. Este principio de identidad está contemplado en el artículo 1290 del Código Civil:

"No puede obligarse al acreedor a recibir una cosa distinta de la que se le debe, aunque el valor de la cosa ofrecida sea igual o aún superior al de aquella".

b) Principio de integridad: El cumplimiento debe ser completo o íntegro, es decir, debe comprender toda la prestación prometida; por lo tanto, el deudor no puede cumplir menos de lo debido ni el acreedor exigir más de lo acordado. El principio de integridad está contemplado en el artículo 1291 del Código Civil

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Suscríbase

, que establece:

"El deudor no puede constreñir al acreedor a recibir en parte el pago de una deuda, aunque ésta fuere divisible".

EQUIVALENTE

Consiste en la realización, por parte del deudor, de una prestación distinta de la prometida y con la cual resarce al acreedor del no cumplimiento en especie de la obligación pactada. Esa prestación distinta que ejecuta el deudor viene a compensar al acreedor de la falta de ejecución en especie, equivale a ese cumplimiento en especie y por ello recibe el nombre de prestación compensatoria o equivalente. De allí la denominación de cumplimiento o ejecución por

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