ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DEMANDA DE ALIMENTOS


Enviado por   •  21 de Enero de 2014  •  6.711 Palabras (27 Páginas)  •  304 Visitas

Página 1 de 27

EXPEDIENTE NUMERO: 1171/2013

MARCO POLO ARM ENTA SOTO

VS

JOSE RODRIGUEZ LOPEZ. JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

C. JUEZ CUARTO DE PRIMERA

INSTANCIA DEL RAMO CIVIL

DE CULIACAN, SINALOA

PRESENTE.-

JOSE RODRIGUEZ LOPEZ. MEXICANO. MAYOR DE EDAD, POR MI PROPIO DERECHO, CON DOMICILIO PAILA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES EN EL UBICADO EN AVENIDA RODOLFO G. ROBLES NUMERO 271 AL SUR DE LA COLONIA JORGE ALMADA Y SEÑALANDO PARA LOS MISMOS EFECTOS SEGÚN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 1069 PARRAFO TERCERO DEL CÓDIGO DE COMERCIO A LOS C.C. LICS. SAUL ANGULO QUINTERO Y/O JOSE MANUEL CARRILLO HERNANDEZ, ANTE USTED C. JUEZ CON EL DEBIDO RESPETO COMPAREZCO PARA EXPONER:

QUE POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO Y EN FORMA

AD-CAUTELAM, VENGO A DAR CONTESTACIÓN A LA DEMANDA INTERPUESTA EN NUESTRA MI CONTRA. LO CUAL SE HACE DENTRO DEL TERMINO DE LEY OTORGADO, EN LOS TÉRMINOS QUE QUEDARAN EXPRESADOS MAS ADELANTE.

EN ESTRECHA RELACIÓN CON LAS EXCEPCIONES DIVERSAS QUE SE PLANTEARON EN EL CAPITULO CORRESPONDIENTE, NIEGO El DERECHO DE LA ACTORA PARA RECLAMAR LAS PRESTACIONES QUE RECLAMA, Y QUE MAS ADELANTE SE MENCIONARA DETALLADAMENTE.

SE ME TENGA POR PRESENTADO EN TIEMPO Y FORMA, OPONIENDO LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA EN LOS TERMINOS SIGUIENTES:

SE OPONE LA EXCEPCION DE INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO FRACCION I DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA El ESTADO DE SINALOA Y EN TAL VIRTUD DEBE ESTARSE EN ATENCIÓN A QUE El SUSCRITO CONSIDERO QUE PRIMERO DEBE RESOLVERSELA EXCEPCIÓN PLANTEADA Y REMITIR LOS AUTOS DEL JUICIO, EN SU CASO AL C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL EN QUE DEBE RECAER LA COMPETENCIA.

MÁXIME QUE LA DEMANDA SE EJERCITA CON APOYO A LO QUE DISPONE EL CODIGO DE COMERCIO.EL CUAL ES UNA LEY DE CARÁCTER FEDERAL Y IA ACTIVIDAD HABITUAL DE DICHA EMPRESA ACTORA LA EJERCE EN VIRTUD DE CONCESION OTORGADA POR LA INSTITUCIÓN FEDERAL DENOMINADA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO; DE LO CUAL SE ADVIERTE OUE EL ÓRGANO JURISDICCIONAL COMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE JUICIO LO ES EL JUZGADO DE DISIRIIO EN TURNO, CON DOMICILIO EN ESTA CIUDAD PRECISAMENTE EN ESTE DISTRITO JUDICIAL OTRO HECHO PARA INVOCAR LA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA MENCIONADA, LO ES QUE LA ACTORA INVOCA LOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO. EL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, ORDENAMIENTOS JURÍDICOS ESTOS QUE EMANAN DEL H. CONGRESO DE I.A UNIÓN. ES DECIR. DE UN PODER FEDERAL Y SI BASA SU DEMANDA LA ACCIONANTE EN TALES LEYES FEDERALES LA COMPETENCIA DEL NEGOCIO JURÍDICO PLANTEADO, DEBE RECAER EN UN JUEZ FEDERAL, PRECISAMENTE EL C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN ESTA CIUDAD.

EN FORMA RELACIONADA A CADA HECHO. Y SIN QUE ELLO IMPLIQUE EL RECONOCIMIENTO DE LA DEUDA POR LOS CODEMANDADOS. SE EXPONEN LAS CONSIDERACIONES Y RAZONAMIENTOS DE LOS QUE EMERGE LA VERDAD Y LA LEGALIDAD DE LOS HECHOS A TITULO DE;

CONTESTACION DE DEMANDA

#1.- EN RELACION AL PUNTO NUMERO UNO DE HECHOS DE LA DEMANDA QUE SE CONTESTA MANIFIESTO QUE ES FALSO LO MANIFESTADO POR LA PARTE ACTORA. YA QUE SI BIEN ES CIERTO QUE EL SUSCRITO CUENTO CON UNA DEUDA CON LA PARTE ACTORA. FALSO ES QUE ESTA SEA DERIVADA DE UN PAGARE YA QUE EL SUSCRITO EN NINGUN MOMENTO EL HOY DEMANDADO AUTORICE O DI MI CONSENTIMIENTO ES MAS AUN EL SUSCRITONUNCA SIGNE EL DOCUMENTO QUE HOY EXHIBE LA PARTE ACTORA. IMPORTANTE ES CITAR QUE CIERTAMENTE EL SUSCRITO TIENE UN ADEUDO REGISTRADO PERO EL MISMO FUE POR UNA CANTIDAD COMPLETAMENTE DIFERENTE A LA QUE VIENE HACIENDO MENCION LA PARTE ACTORA YA QUE LA CANTIDAD QUE EL SUSCRITO ADEUDADA ES INFERIOR A LA HOY RECLAMADA Y NUNCA POR UN HECHO DE CARÁCTER COMERCIAL COMO LO ES LA FIRMA DEL DOCUMENTO BASE DE LA ACCION EL CUAL DESDE ESTE MOMENTO VENGO OBJETANDO YA QUE LA FIRMA DEL SUSCRITO NUNCA FUEPLASMADA DENTRO DE UN DOCUMENTO DE LOS DENOMINADOS PAGARES TAL Y COMO SE DEMOSTRARA EN SU MOMENTO LEGAL OPORTUNO PUESTO QUE LA REALIDAD DE LAS COSAS ES QUE LA FIRMA QUE SE ENCUENTRA EN EL FRENTE DE DICHO DOCUMENTO FUE HECHA EN UN TIEMPO DISTINTO AL LLENADO DEL MISMO, SITUACION LO CUAL QUEDARA MAS QUE COMPROBADO CON LA PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE CALIGRAFIA PARA ACREDITAR QUE EL DOCUMENTO BASE DE LA ACCION FUE ALTERADO EN SU CONTENIDO ASI COMO EN SU TIEMPO DE LLENADO.

AHORA BIEN ES IMPORTANTE DESTACAR QUE SE TURNA DUDOSA LO PROCEDENCIA DEL TITULO DE CREDITO QUE HACE ALEGAR LA PARTE ACTORA YA QUE EL MISMO ES CLARO DE DISTINGUIR QUE ESTA HECHO CON DIFERENTES TIPOS DE LETRAS ASI COMO DE DIFERENTES TIPOS DE TINTA. LO CUAL HACE PRESUMIR CLARAMENTE LA ALTERACION DE DICHO DOCUMENTO

POR SER EL UNICO ESTADIO PROCESAL DE DISCUSION ANALISIS Y CONTROVERSIA, ALEGO LA FALTA DE LITERALIDAD DE LOS SUPUESTOSINTERESES PACTADOS, EN LOS DOCUMENTOS BASE DE LA ACCION, SE VISUALIZA EN FORMA CLARA QUE LA ACREDITANTE A SU ANTOJO Y

ENTERA LIBERTAD PRETENDE HABER PACTADO INTERESES A LA TASA INDETERMINADA E IMPRECISA, ADEMÁS DE IMPREVISIBLE QUE MENCIONA.

POR LO QUE EL SUSCRITO TIENE SOSPECHA FUNDADA DE QUE EN EL SUPUESTO DE. TENER EN CUENTA LA BASE VARIABLE MENSUAL PARA DETERMINAR LOS INTERESES EN ESTE CASO EXAGERA LA ACREDITANTE LOS NUMEROS, LOS CUALES NO CORRESPONDEN ADEMÁS A LA REALIDAD COMO ASÍ QUEDAR DEMOSTRADO EN SU OPORTUNIDAD ESA INFORMACIÓN QUE NOS PROPORCIONE LA SECRETARIA DE HACIENDA O BANCO DE MEXICO.

LO ANTERIOR HACE PROCEDENTE EL ALEGATO VERTIDO, Y LA CORRELATIVA EXCEPCIÓN DE FALTA DE LITERALIDAD DEL PACTO DE INTERESES, SUPUESTAMENTE AFIRMADO POR LA ACTOR A. ADEMAS EN TAL SITUACIÓN ASI COMO SE DETALLA. EL SUSCRITO ESTA INDEFENSO Y CARENTE DE DE INFORMACIÓN PARA CONOCER Y ESTABLECER, CQN CERTEZA EL CONOCIMIENTO DE TALES TASAS DE INTERÉS, QUE SUPUESTAMENTE SE APLICABAN.

RESULTAN EXACTAMENTE APLICABLES LAS TESIS JURISPRUDENCIALES QUE ME PERMITO TRANSCRIBIR:

INTERESES DESPROPORCIONADOS. BASTA QUE SE ACREDITE QUE LO SON PARA QUE IPSO FACTO OPERE PRESUNCION, EN FAVOR DEL DEUDOR, DE QUE EL ACREEDOR ABUSO DE SU APURO PECUNIARIO, DE SU INEXPERIENCIA O DE SU IGNORANCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO) - COMO TRATÁNDOSE DE LA REDUCCIÓN DE LOS ÍNTERESES PACTADOS CON VENCIONAI.MENTE, TANTO EL ARTICULO 2313 DEL CODIGO CIVIL DE JALISCO, COMO SU CORRELATIVO 2395 DEL DISTRITO FEDERAL, ESTABLECEN QUE DEMOSTRADA LA DESPROPORCIÓN CON RESPECTO AL INTERES LEGAI. ELLO HACE "FUNDAMENTALMENTE CREER" QUE SI HA ABUSADO DEL APURO PECUNIARIO, DE LA INEXPERIENCIA O DE LA IGNORANCIA DEL DEUDOR, SE DEDUCE QUE IPSO FACTO SURGE UNA PRESUNCIÓN EN FAVOR DEL DEUDOR DE QUE EXISTIÓ TAL ABUSO, POR LO QUE EN BASE A SU PETICION, Y SIEMPRE QUE LA PRESUNCION

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (41 Kb)
Leer 26 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com