De La Disolucion Del Matrimonio Y La Separacion De Cuerpos
Enviado por olitza73 • 29 de Septiembre de 2013 • 576 Palabras (3 Páginas) • 483 Visitas
DE LA DISOLUCION DEL MATRIMONIO Y DE LA SEPARACION DE CUERPOS
El divorcio en Venezuela está regulado en el capitulo XII (Artículos 184-196) del Código Civil.
Según el derecho venezolano el matrimonio se disuelve por la muerte de una de las partes o por divorcio. El derecho venezolano también preveé la anulación del matrimonio en el capitulo IX (Artículos 117-130) del Código Civil.
QUE ES EL DIVORCIO?
El divorcio (del latín divortĭum) es la disolución del matrimonio, mientras que, en un sentido amplio, se refiere al proceso que tiene como intención dar término a una unión conyugal.
Por otro lado, no se debe confundir con la anulación del matrimonio, que no es más que el declarar que el matrimonio nunca existió, y que no sólo se encuentra normado en el ordenamiento jurídico de algunos países, sino que, además, se encuentra regulado en el derecho canónico con larga data.
Son causales de divorcio en Venezuela de conformidad con el artículo 185, 185-A y 189 las siguientes:
• El adulterio.
• El abandono voluntario.
• Los excesos, sevicia e injurias graves que hagan imposible la vida en común.
• El conato de uno de los cónyuges para corromper o prostituir al otro cónyuge, o a sus hijos, así como la connivencia en su corrupción o prostitución.
• La condenación a presidio.
• La adicción alcohólica u otras formas de farmaco dependencia que hagan imposible la vida en común.
• La interdicción por causa de perturbaciones psiquiátricas graves que imposibiliten la vida en común.
• Separación por más de 5 anos.
• Separación de cuerpos por más de un año sin haber ocurrido reconciliación alguna.
Cuando es un extranjero quien solicita el divorcio o la separación de cuerpos por la causal “separación prolongada por más de 5 años”, debe este acreditar residencia en el país por más de 10 años.
El divorcio pone fin a matrimonio y conllevan directamente el cese de la vida en común, la extinción del régimen económico de bienes gananciales, la revocación de los poderes de representación (si los hubiere), el uso y disfrute del domicilio conyugal para uno de los cónyuges, la patria potestad de los hijos menores, así como la guarda y custodia y, finalmente el establecimiento de las pensiones de alimentos a favor de los hijos habidos en el matrimonio y la pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges, si procediese.
SEPARACION DE CUERPOS
La separación de cuerpos es una institución del Derecho de Familia que consiste en la interrupción de la vida conyugal por decisión judicial que suspende los deberes relativos al lecho y habitación, y pone fin al régimen patrimonial de la sociedad de gananciales
La Separación de Cuerpos está contemplada en nuestro Código Civil Venezolano en los artículos
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